NIC 8 - Políticas
Contables, Cambios en estimaciones contables y Errores
IAS
8 - Accounting Policies, Changes in Accounting Estimates and Errors
Vigencia
|
Enero de 2005
|
Cuerpo de la NIC
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Párrafos 1 al 56
|
Material oficial que no es parte de la NIC
|
Guía para implementación
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Versión original
|
1978 / 1993
|
Modificación más reciente
|
2003
|
Acerca de esta NIC
La NIC 8 define los requerimientos que una entidad debe seguir al
preparar sus estados financieros y notas, cuando ocurren cambios de política
contable, cambios en sus estimaciones contables o cuando encuentra errores de
periodos previos. Los requerimientos buscan asegurar la comparabilidad, para
que los usuarios puedan entender la magnitud de los cambios o correcciones efectuados.
Como se explica en el resumen que sigue, los errores de periodos previos
requieren la reexpresión retroactiva de los estados financieros y notas, y por
lo tanto no está de acuerdo a NIIF presentar los errores como cargos o abonos
al patrimonio, sino que debe reexpresarse los estados financieros.
La modificación de cifras de EF reportados en periodos previos tiene 2
términos:
·
Reexpresión retroactiva, originada por errores
(retrospective restatement)
·
Aplicación retroactiva, originada por cambio de
política contable (retrospective application)
NIC 8 también establece los requerimientos para que una entidad defina
y/o cambie sus políticas contables.
El Marco
Conceptual y las NIC 1, 7, 8 y 10, contienen los fundamentos y requerimientos
para la preparación de estados financieros.
Para
fines prácticos, en este resumen usamos el término “transacción” o
“transacciones”, sin embargo, NIC 8 siempre se refiere a “transacciones, otros
eventos o condiciones”
Este Resumen está en el mismo
orden de la norma, haciendo referencia al párrafo respectivo, por ejemplo el
párrafo 20, es p20. Asimismo, para una mejor comprensión y navegación hemos
agregado Títulos en cursiva
cuando lo consideramos necesario.
INICIO
OBJETIVO DE LA NIC 8, p1
·
Prescribir
los criterios para seleccionar y cambiar políticas contables
·
Prescribir
el tratamiento contable y las revelaciones respectivas cuando ocurren:
o
Cambios
en políticas contables
o
Cambios
en estimaciones contables
o
Correcciones
de errores
·
Reforzar
la Relevancia y Confianza de los EF
·
Reforzar
la Comparabilidad de los EF en el tiempo y la Comparabilidad con los EF de
otras entidades.
Sobre la
revelación de políticas contables: p2
·
Los
requerimientos generales están en la NIC 1
·
Los
requerimientos, cuando hay cambios en políticas contables, están en esta NIC 8
ALCANCE DE LA NIC 8
La NIC 8
aplica en los siguientes casos: p3
·
Selección
y aplicación de políticas contables
·
Tratamiento
contable de cambios en políticas
contables
·
Tratamiento
contable de cambios en estimaciones
contables
·
Tratamiento
contable de las correcciones de errores
de periodos previos
Los
efectos en impuestos que se derivan de los cambios se rigen por la NIC 12, p4
* *
* *
DEFINICIONES
Políticas contables - Son los principios básicos, convenciones, reglas y
prácticas aplicadas por una entidad al preparar y presentar sus EF, p5
Cambio en estimación contable - Es un ajuste a:
·
El
valor contable de un Activo o Pasivo, o
·
El
importe del consumo periódico de un activo
Que
resulta de la evaluación de:
·
La
situación actual de los Activos y Pasivos
·
Los
Beneficios futuros esperados & Obligaciones, asociados con activos y pasivos
Los Cambios
en estimaciones contables no pueden considerarse una Corrección de error (un
Cambio en estimación contable resulta de nueva información o nuevos avances) p5
Omisiones significativas o
Imprecisiones significativas - La Omisión
de o la Imprecisión en, partidas es significativa si, individualmente o
colectivamente, podrían influenciar las decisiones económicas que los usuarios
tomen basados en los EF, p5
NIC 8 define Imprecisión Significativa (Material
Misstatement), pero no define que es una Imprecisión (Misstatement). Según la
Federación Internacional de Contadores (IFAC), una Imprecisión es un error en
una cifra, clasificación, presentación o revelación en nota, y es muy probable
que el IASB se refiera a lo mismo. Fuente: Glosario del Handbook of
International Quality Control, Auditing, Review, Other Assurance, And Related
Services Pronouncements
La
Materialidad depende del tamaño y naturaleza de la Omisión o Imprecisión
evaluada, sopesada en las circunstancias del entorno, p5
El Tamaño o Naturaleza de la
partida, o una combinación de ambos, son factores determinantes, p5
Usuarios capacitados - El Marco Conceptual señala en el
párrafo 25, que se asume que los usuarios tienen: p6
·
Un
conocimiento razonable de negocios y de actividades económicas
·
Un
conocimiento razonable de contabilidad
·
La
disposición para estudiar la información con diligencia razonable.
En
consecuencia, la evaluación de la materialidad debe tomar en cuenta la
influencia en decisiones económicas de este tipo de usuarios, p6
Errores de periodos previos - Son Omisiones e Imprecisiones al usar información que:
p5
[a] Estaba
disponible cuando se autorizaron los EF para su emisión
[Sobre autorización de EF, recomendamos ver NIC 10,
párrafo 6]
[b] Se
esperaba que se haya obtenido y considerado en la preparación y presentación de
los EF
Los errores
incluyen: p5
·
Errores
matemáticos,
·
Errores
al aplicar las políticas contables
·
Asuntos
que se pasaron por alto o hechos malinterpretados, y
·
Fraude
Aplicación retroactiva - Es la aplicación de una nueva política contable a
transacciones, como si esa política siempre se hubiera aplicado, p5
Se cambia retroactivamente, según aplique, un
reconocimiento, una medición, una presentación o una revelación.
Reexpresión retroactiva - Es la corrección de los importes de elementos de los EF,
como si un Error de periodos previos no hubiera ocurrido, p5
Se reexpresa retroactivamente, según aplique, un
reconocimiento, una medición, una presentación o una revelación.
Impracticable - La aplicación de un requerimiento es impracticable cuando
la entidad no puede aplicarlo después de haber hecho todos los esfuerzos
razonables, p5
Los casos
en que se considera impracticable la Aplicación retroactiva o la Reexpresión
retroactiva, son: p5
[a]
No son determinables los efectos de la Aplicación retroactiva o de la
Reexpresión retroactiva.
[b] La
Aplicación retroactiva o la Reexpresión retroactiva requieren supuestos de cuáles
hubieran sido las intenciones de la gerencia en un periodo pasado, o
[c] La
Aplicación retroactiva o la Reexpresión retroactiva requieren estimaciones
donde es imposible:
[i] distinguir
información que provea evidencia de circunstancias que existían a la fecha en
que las cifras debían reconocerse, medirse o revelarse, y
[ii] distinguir
información que hubiera estado disponible cuando se autorizaron los EF, de otra
información
Ver además párrafo 50
Aplicación prospectiva - Aplicación prospectiva es: p5
[a] En
el caso de un Cambio en política contable : Aplicación de la nueva
política contable a Transacciones ocurridas después de la fecha de adopción de
la política, y
[b] En
el caso de un Cambio en estimación contable : Reconocimiento del efecto
en el periodo corriente y futuros
Como se puede observar, la definición de Aplicación prospectiva se refiere
exclusivamente a Cambios en políticas contables y Cambios en estimaciones
contables (no para Corrección de errores).
Sin embargo, ver casos de Impracticabilidad en párrafos 25 y 45.
* *
* *
POLÍTICAS CONTABLES
Selección y aplicación de políticas
contables
Cuando existe una NIIF específica
Cuando una
NIIF aplica específicamente a una Transacción, la política contable que la
entidad adopte debe aplicar esa NIIF, p7
Cuando NO existe una NIIF específica
Cuando no
existe una NIIF específica a una Transacción, la gerencia debe usar su juicio
para Desarrollar y Aplicar una Política contable que dé como resultado: p10
[a] Información
que es relevante para las decisiones económicas de los usuarios, e
[b] Información
Confiable que:
[i] Refleja
fielmente la posición financiera, el desempeño financiero y los flujos de
efectivo de la Entidad
[ii] Refleja
la sustancia económica de las transacciones y no simplemente la forma legal
[iii] Es
neutral, o sea sin sesgo
[iv] Es
prudente, y
[v] Es
completa en todos sus aspectos significativos
En el
proceso de desarrollo y aplicación de una política contable, la gerencia debe
considerar la aplicabilidad de las siguientes fuentes en orden descendente: p11
[a] Los
requerimientos de NIIFs para asuntos similares, y
[b] El
Marco Conceptual (las definiciones, los criterios de reconocimiento y los
conceptos de medición para activos, pasivos, ingresos y gastos)
Además, la
gerencia también puede considerar las siguientes fuentes, siempre que no haya
conflicto con las NIIF: p12
·
Los
pronunciamientos más recientes de otros comités que emiten normas contables,
que usen un Marco conceptual similar para desarrollar normas contables.
Por ejemplo, el FASB de los Estados Unidos de América.
·
Otra
literatura contable
·
Prácticas
aceptadas en la industria en que opera la entidad
Manejo de cifras
Si bien
las políticas contables no tienen que aplicarse a partidas inmateriales, la NIC
8 aclara que no es apropiado hacer cambios no aceptados por NIIF, o dejar
errores sin corregir, por el hecho de ser inmateriales, y con eso se consiga
una presentación deseada (en la posición financiera, en resultados o en los
flujos de caja), p8
Ver también párrafo 41 líneas abajo
Consistencia de las políticas contables
Una
entidad debe seleccionar y aplicar sus políticas contables
consistentemente en transacciones similares, p13
Si una NIIF
requiere una categorización de transacciones similares, para aplicar
tratamientos diferentes, debe mantenerse la consistencia de esa categorización,
p13
* *
* *
POLÍTICAS CONTABLES (continuación)
Cambios en políticas contables
Una
entidad debe cambiar una política contable solo si: p14
[a] Una
NIIF lo requiere, o
[b] Da
como resultado que los EF proveen información confiable y más relevante sobre
los efectos que las Transacciones tienen en la posición financiera, desempeño
financiero o flujos de efectivo.
La
alternativa [b] es la que se conoce como Cambio
Voluntario de política contable, ver abajo párrafo 21.
No son Cambios en políticas contables:
p16
[a] La
aplicación de una política contable a Transacciones que en sustancia son
diferentes a Transacciones previas.
[b] La
aplicación de una política contable nueva a Transacciones que no existían antes
o no eran significativas.
La aplicación inicial de revaluación prevista en las NIC
16 y NIC 38 es un Cambio en política contable. En estos casos deben seguirse
los requerimientos de esas NICs y no la NIC 8, p17
Aplicando
los Cambios en políticas contables
Los
cambios en políticas contables se aplican de la siguiente manera (si es
Impracticable ver abajo párrafo 23): p19
[a] Cuando
la NIIF contiene disposiciones transitorias - La entidad debe contabilizar el
Cambio en política contable de acuerdo con las disposiciones transitorias, y
[b] Cuando
la NIIF no contiene disposiciones transitorias o Cambio voluntario - La
entidad debe aplicar el Cambio retroactivamente
La adopción anticipada (que por lo
general permiten las NIIFs), no se considera un Cambio voluntario en política
contable, p20
Cambio voluntario en política contable
Los cambios voluntarios en
política contable se originan por la aplicación de los párrafos 14(b) y 21.
El párrafo 21 se da cuando una entidad ha adoptado una
política contable basada en un comité similar al IASB (ver arriba párrafo 12).
Si la entidad cambia sus políticas contables para reflejar las versiones más recientes
de esas normas, se considera un cambio voluntario en política contable.
Aplicación
retroactiva
Para
aplicar retroactivamente un cambio en política contable (ver arriba párrafo
19), debe efectuarse lo siguiente (si es Impracticable ver abajo párrafo 23):
p22
·
Ajustar
los saldos iniciales del periodo previo, afectando los rubros aplicables de
patrimonio
·
Ajustar
las cifras de las notas comparativas respectivas
Como si la
nueva política contable se hubiera aplicado siempre.
Limitaciones
a la aplicación retroactiva (Impracticabilidad)
La
aplicación retroactiva por cambios en políticas contables (ver arriba párrafo 19),
tiene una excepción si resulta impracticable determinar lo siguiente: p23
·
Los
efectos específicos en los periodos, o
·
El
efecto acumulado del cambio
Los
párrafos 50 a 53 contienen orientación sobre cuándo resulta impracticable
aplicar una nueva política contable a uno o más periodos previos, p27
Cuando es impracticable determinar los efectos
específicos para uno o más de los periodos previos, la entidad: p24
·
debe aplicar la nueva política contable (al
valor contable de los activos y pasivos) al inicio del periodo más antiguo para
el cual la aplicación retroactiva es practicable (pudiendo ser el periodo
corriente) y
·
debe ajustar los saldos iniciales de los
componentes del patrimonio.
Si es impracticable determinar los efectos acumulados al
inicio del periodo corriente, la entidad debe ajustar la información
comparativa para aplicar la nueva política prospectivamente desde la
fecha más antigua practicable, p25
Cualquier
otra información sobre períodos previos, tal como resúmenes históricos de datos
financieros, también se ajusta tan hacia atrás como sea practicable, p26
El ajuste
a los componentes de patrimonio es usualmente resultados acumulados, pero
podría ser a otro componente, dependiendo de la partida y NIIF en cuestión, p26
Por ejemplo, alguna partida de Otro resultado integral,
en aplicación de NIC 39.
Revelaciones
Cuando la aplicación
inicial de una NIIF tiene efecto en el periodo corriente o en cualquier
periodo previo, la entidad debe revelar: p28
[a] El
título de la NIIF.
[b] Si
el cambio en política contable se ha hecho siguiendo las disposiciones
transitorias
[c] La
naturaleza del cambio en política contable
[d] Cuando
sea aplicable, una descripción de las disposiciones transitorias
[e] Cuando
sea aplicable, las disposiciones transitorias que tendrán efecto en periodos
futuros.
[f] Por
el periodo corriente y cada periodo previo presentado, en la medida que haya
sido practicable, revelar el ajuste:
[i] por
cada rubro afectado de los EF, y
[ii] el ajuste a la utilidad por acción (si a la
entidad le aplica NIC 33)
[g] El
ajuste a los periodos previos a los presentados, si fuese practicable, y
[h] Si
para algún periodo es impracticable la aplicación retroactiva requerida por el
párrafo 19, debe revelarse las circunstancias que llevaron a esa situación, y
describir (1) cómo y (2) desde cuando, se ha aplicado el cambio en política
contable.
No se
requiere que los EF de periodos subsecuentes repitan estas revelaciones, p28
Revelaciones para Cambios voluntarios
Las
revelaciones para Cambios voluntarios en políticas contables, son las mismas a
las listadas previamente (lógicamente, no aplican los requerimientos de título
de NIIF ni disposiciones transitorias), pero además debe revelarse las razones por las que la nueva política
contable provee información confiable y más relevante, p29
Revelaciones sobre NIIF emitidas pero
no vigentes
La entidad
debe revelar: p30
[a] Revelar
este hecho, y
[b] Información
relevante (conocida o razonablemente estimada) para evaluar el posible impacto
que la nueva NIIF tendrá en los EF.
La revelación
incluirá: p31
[a] El
título de la nueva NIIF
[b] La
naturaleza del cambio inminente en política contable
[c] La
fecha de entrada en vigencia de la NIIF
[d] La
fecha en que se tiene planeado adoptar la NIIF, y
[e] Revelar
[i] narrativa
del impacto esperado en los EF por la aplicación inicial de la NIIF, o
[ii] Si
el impacto no se conoce o no puede estimarse, una declaración al respecto.
* *
* *
CAMBIOS EN
ESTIMACIONES CONTABLES
En los
párrafos 32 y 33, NIC 8 explica conceptos vertidos en otras NIIF o en el Marco
conceptual, como por ejemplo:
·
Varias
partidas de los EF no pueden medirse con precisión, sino solo estimarse
·
Se
requieren estimaciones para cobranza dudosa, obsolescencia de inventarios,
valor razonable de activos financieros y de pasivos financieros, vidas útiles
para depreciar activos, pasivos por garantías
·
El
uso de Estimaciones razonables es una parte indispensable en la preparación de
Estados Financieros, y esto no afecta su confiabilidad (párrafo 4.41 del Marco
conceptual)
Una
Estimación necesita ser actualizada si ocurren cambios en las bases, o como
resultado de nueva información o mayor experiencia, p34
Por su
naturaleza, la actualización de una Estimación no tiene que ver con periodos previos,
y en consecuencia no puede considerarse una Corrección de error, p34
Cambios en políticas contables vs Cambios en estimaciones contables
Cambio en
estimación: Cambio en las circunstancias en las que se basó, p34
Cambio en
política contable: Cambio en las bases de medición, p35
Cuando sea
difícil hacer la distinción, el cambio se tratará como Cambio en estimación
contable, p35
El párrafo
48 amplia la ilustración al decir que las Estimaciones contables, son
aproximaciones que necesitarán actualizaciones conforme se conozca información
adicional. Por ejemplo, la ganancia o pérdida reconocida por el desenlace de
una contingencia, no es Corrección de error, p48
Tratamiento contable
Un Cambio
en estimación contable debe reconocerse prospectivamente en
Resultados: p36
[a] En
el periodo del cambio, si el cambio afecta solo ese periodo, o
[b] En
el periodo del cambio y futuros periodos, si el cambio afecta a ambos
El efecto
en resultados debe tener como contrapartida el cambio respectivo en activos,
pasivos o patrimonio, en el periodo del cambio, p37
Ejemplos:
p38
·
Cambio
en estimación contable que afecta el periodo: Estimación de cobranza dudosa
·
Cambio
en estimación contable que afecta el periodo y futuros: Estimación de la vida
útil de activos fijos
Revelaciones
Una
entidad debe revelar la naturaleza y el importe (del Cambio en estimación
contable) con efecto en el periodo corriente o si se espera que tenga un efecto
en periodos futuros, p39
El efecto
en periodos futuros puede omitirse si es impracticable estimar el efecto, pero
debe declararse este hecho, p40
* *
* *
ERRORES
Los
errores pueden ocurrir: p41
·
En
el reconocimiento
·
En
la medición
·
En
la Presentación de los elementos de los EF, o
·
En
las Revelaciones de los elementos de los EF
Los EF no
cumplen con NIIF si contienen: p41
·
Errores
materiales
·
Errores
inmateriales cometidos intencionalmente para conseguir una presentación deseada
(en la posición financiera, en resultados o en los flujos de caja) (ver arriba párrafo 8)
Una entidad debe corregir retroactivamente los
errores de periodos previos (si es Impracticable ver arriba párrafo 43), p42
La corrección debe hacerse en los primeros EF autorizados
para su emisión, después de su descubrimiento, p42
La corrección
se hará así: p42
[a] Reexpresando
las cifras comparativas del periodo(s) previo(s), en los que ocurrió el error,
o
[b] Si
el error ocurrió antes del periodo previo inmediato, Reexpresando los saldos
iniciales de Activos, Pasivos y Patrimonio del periodo más antiguo que se
presenta.
Limitaciones en la Reexpresión
retroactiva (Impracticabilidad)
La
reexpresión retroactiva para los errores de periodos previos (ver arriba párrafo
42), tiene una excepción si resulta impracticable determinar lo siguiente: p43
·
Los
efectos específicos en los periodos, o
·
El
efecto acumulado del error
Similar a párrafo 23 de Cambios en políticas contables
Los
párrafos 50 a 53 contienen orientación sobre cuándo resulta impracticable
corregir un error para uno o más periodos previos, p47
Cuando es
impracticable determinar los efectos específicos para uno o más de los periodos
previos, la entidad: p44
·
debe reexpresar los saldos iniciales de
Activos, Pasivos y Patrimonio por el periodo más antiguo para el cual la
reexpresión retroactiva es practicable (pudiendo ser el periodo corriente)
Similar a párrafo 24 de Cambios en políticas contables
Si es
impracticable determinar los efectos acumulados al inicio del periodo corriente
(de un error en periodos previos), la entidad debe reexpresar la
información comparativa para corregir el error prospectivamente desde la
fecha más antigua practicable, p45
Similar a párrafo 25 de Cambios en políticas contables
Cualquier
otra información sobre períodos previos, incluyendo resúmenes históricos de
datos financieros, también se ajusta tan hacia atrás como sea practicable, p46
Similar a
párrafo 26 de Cambios en políticas contables
La
corrección de un error de periodos previos no va por Resultados, p46
En el caso de Cambios en
políticas contables, la NIC 8 señala que los cambios se registran contra
resultados acumulados u otro componente del patrimonio (párrafo 26). En el caso
de Corrección de errores, la NIC 8 no puede anticipar de qué naturaleza será un
error, por lo que no menciona los resultados acumulados. Pero sí deja claro que
cualesquiera sean las correcciones necesarias, no debe afectarse los Resultados
del periodo corriente.
Corrección de errores vs Cambios en
Estimaciones contables
Las
Estimaciones contables, son aproximaciones que necesitarán actualizaciones
conforme se conozca información adicional. Por ejemplo, la ganancia o pérdida reconocida
por el desenlace de una contingencia, no es Corrección de error, p48
* *
* *
ERRORES (continuación)
Revelación de Errores de periodos previos
Una
entidad debe revelar lo siguiente: p49
[a] La
naturaleza del error de periodos previos
[b] Por
cada periodo previo presentado, en la medida que haya sido practicable, revelar
el ajuste:
[i] por
cada rubro afectado de los EF, y
[ii] el
ajuste a la utilidad por acción (si a la entidad le aplica NIC 33)
[c] El
importe de la corrección al inicio del periodo más antiguo presentado, y
[d] Si
para algún periodo es impracticable la aplicación retroactiva requerida por el
párrafo 42, debe revelarse las circunstancias que llevaron a esa situación, y
describir (1) cómo y (2) desde cuando, se ha corregido el error.
No se requiere
que los EF de periodos subsecuentes repitan estas revelaciones, p49
* *
* *
IMPRACTICABILIDAD EN
APLICACIÓN RETROACTIVA Y REEXPRESIÓN RETROACTIVA
La NIC 8 usa el término Aplicación retroactiva cuando se trata de Cambios en Políticas
Contables; y Reexpresión retroactiva
cuando se trata de Corrección de errores. En la práctica los procedimientos son
similares.
En ocasiones,
es impracticable ajustar la información comparativa de uno o más periodos previos
para lograr comparabilidad con el periodo actual. Por ejemplo, en periodos previos
los datos pueden no haber sido recolectados de una manera que permitan usarlos
para fines retroactivos, y puede ser impracticable reconstruir la información,
p50
Reflejar las circunstancias existentes
cuando ocurrió la transacción
Hacer estimaciones
para fines retroactivos es potencialmente más difícil debido al tiempo
transcurrido desde que ocurrió la transacción. Sin embargo, el objetivo de una
estimación (para fines retroactivos o actual) siempre es el mismo: Reflejar las
circunstancias existentes cuando ocurrió la transacción, p51
Por lo
tanto, la aplicación retroactiva de una nueva política contable o la corrección
de un error de un periodo previo, exige diferenciar 2 tipos de información: p52
[a] Información
que suministra evidencia de circunstancias existentes en la fecha en que se
produjo la transacción, vs
[b] la
información que hubiera estado disponible cuando los EF de ese periodo previo
fueron autorizados para su emisión
No debe usarse información conocida
posteriormente
No se debe
usar información conocida posteriormente (hindsight) para fines retroactivos,
ya sea en (1) los supuestos sobre las intenciones de la gerencia en un periodo previo,
o (2) para estimar importes reconocidos, medidos o revelados en un período previo,
p53
Ejemplos:
·
Cuando
una entidad corrige un error del periodo previo sobre medición de activos
financieros previamente clasificados como “Inversiones mantenidas hasta el
vencimiento” según NIC 39, no cambiará su base de medición para ese período, si
la gerencia decide posteriormente no mantenerlos hasta su vencimiento, p53
·
Cuando
una entidad corrige un error de periodos previos en el cálculo de los pasivos para empleados por según NIC 19, no tomará en
cuenta una epidemia severa de gripe, cuya información estuvo disponible después
de que los EF del período previo fueron autorizados para su emisión.
* *
* *
FECHA EFECTIVA
1 de enero
de 2005, p54
RETIRO DE OTROS PRONUNCIAMIENTOS
La publicación de NIC 8, descontinuó las siguientes
normas:
·
NIC 8, Utilidad o pérdida neta, errores
fundamentales y cambios en políticas contables (versión 1993)
·
SIC 2, Consistencia – Capitalización de Costos
de financiamiento, y
·
SIC 18, Consistencia – Métodos alternativos
FIN
DE NIC 8
A CONTINUACION SINOPSIS DE GUIA PARA IMPLEMENTACION
Guía para implementación de NIC 8
Esta Guía acompaña, pero no es parte de la NIC 8
La Guía consta de 3 páginas.
Ejemplo 1 –
Reexpresión retroactiva de errores
Se desarrolla un caso y ejemplo de nota.
Ejemplo 2 – Cambio
en política contable con aplicación retroactiva
El texto está en blanco, dice “eliminado”
(deleted).
Ejemplo 3 –
Aplicación prospectiva de un cambio en política contable, cuando la aplicación
retroactiva no es practicable.
Se desarrolla un caso y ejemplo de nota.
Luis R. Espinoza Flores, Derechos Reservados
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