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jueves, 26 de mayo de 2016

NIC 1 - Presentación de Estados Financieros - Resumen




NIC 1 - Presentación de Estados Financieros

IAS 1 - Presentation of Financial Statements

Vigencia
Enero de 2009
Cuerpo de la NIC
Párrafos 1 al 140
Material oficial que no
es parte de la NIC

Guía para implementación
Versión original
1997
Modificación más reciente
2011


Acerca de esta NIC

En esta NIC no hay mediciones o reglas para reconocimiento de transacciones, se enfoca exclusivamente en los requerimientos para la presentación de los estados financieros y las notas.

Comprende asuntos como:
·         Define los estados financieros que conforman un juego completo de estados financieros.
·         Los rubros que conforman cada estado financiero, excepto para el Estado de flujos de efectivo, que está normado por la NIC 7.
·         Presentación del Estado de Situación Financiera en Corriente/No-corriente o por orden de liquidez
·         Presentación de los Gastos por Naturaleza o Función
·         Define qué son los Resultados y qué son los Otros resultados integrales (ORI)
·         Materialidad y pautas para agregaciones (agrupaciones) y para neteos.
·         Comparabilidad
·         Cómo disponer un problema de empresa en marcha
·         Frecuencia de presentación
·         Revelaciones

Normalmente se entienden las Revelaciones, como explicaciones en nota, sin embargo, las revelaciones se refieren también a presentar de manera prominente información en alguno de los 4 estados financieros (ver párrafo 48).

Esta NIC contiene requerimientos mínimos, pero aclara que la entidad debe usar su juicio para revelar asuntos que aunque no están previstos en esta NIC, deben revelarse para un mejor entendimiento del usuario (lo que la NIC 1 llama “información confiable y más relevante”)

En esta página prefiero usar directamente el término inglés Revenue, debido a que en español no existe un término que englobe el concepto (en la literatura técnica usualmente se traduce como “Ingresos de actividades ordinarias”).

Este Resumen está en el mismo orden de la norma, haciendo referencia al párrafo respectivo, por ejemplo el párrafo 20, es p20. Para una mejor comprensión y navegación hemos agregado Títulos en cursiva cuando lo consideramos necesario. Los títulos en bold son los originales de la norma.

INICIO

OBJETIVO
NIC 1 establece la base para la presentación de los estados financieros de propósito general para asegurar: p1
·         La comparabilidad de los estados financieros con períodos anteriores y
·         La comparabilidad con los estados financieros de otras entidades.

Acerca de los estados financieros, NIC 1 establece:
·         Los requerimientos generales para su presentación
·         Las guías para su estructura y
·         Los requerimientos mínimos sobre su contenido.

ALCANCE
Debe aplicarse NIC 1 al preparar y presentar los estados financieros de propósito general, según las NIIFs, p2

Estados financieros intermedios
Se preparan según NIC 34, pero les aplica los párrafos 15 a 35 de esta NIC 1, p4

Estados financieros consolidados y separados
Se presentan según NIIF 10 y NIC 27, pero se les aplicará esta NIC 1, p4

Terminología
NIC 1 aclara que la terminología usada, corresponde a entidades con fines de lucro. Por lo tanto, la terminología deberá ser adaptada en el caso de entidades sin fines de lucro, en el sector privado y público, p5
Debe hacerse lo mismo, en el caso de entidades cuya participación en el capital no es un patrimonio (por ejemplo fondos mutuos y cooperativas), p6

 *  *  *  *  *
DEFINICIONES
Estados financieros de propósito general  (llamados por NIC 1 "estados financieros") Son los estados financieros que tienen la intención de cubrir las necesidades de los usuarios que no están en condiciones de exigir reportes a la medida, para sus necesidades específicas de información, p7

Impracticable – Se considera que un requerimiento es impracticable cuando la entidad no puede aplicarlo, después de efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo, p7

Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs) - Son las Normas e Interpretaciones emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB en inglés). Comprenden: p7
[a]    Las Normas Internacionales de Información Financiera;
[b]    Las Normas Internacionales de Contabilidad;
[c]    Las CINIIF (interpretaciones de las NIIF); y
[d]    Interpretaciones SIC (interpretaciones de las NIC)

Omisiones materiales o Imprecisiones materiales en partidas, son materiales si pueden influir individual o colectivamente, las decisiones económicas que los usuarios toman basados en los estados financieros: p7
·         La materialidad dependerá del tamaño y naturaleza de la omisión o imprecisión, evaluada en las circunstancias.
·         El tamaño o la naturaleza de una partida, o una combinación de ambas, podrían ser un factor determinante.
[NIC 1 define material misstatement, pero no define qué es misstatement, que aquí traducimos como Imprecisión. Según la Federación Internacional de Contadores (IFAC), una Imprecisión es un error en cifras, en clasificaciones, presentación o revelaciones en notas].

Materialidad vs Usuarios, p7
·         Para evaluar si una omisión o imprecisión podrían influir en las decisiones económicas de los usuarios (y entonces ser material), se requiere tomar en cuenta las características de los usuarios
·         El Marco conceptual  señala en el párrafo 25 que se asume que los usuarios tienen un conocimiento razonable de negocios y actividades económicas, de contabilidad, así como la disposición de estudiar la información con razonable diligencia
·         Por lo tanto, la evaluación mencionada, debe tener en cuenta de qué manera podría esperarse razonablemente que, usuarios con esas características se vean influenciados al tomar decisiones económicas.

Notas - Contienen información adicional a la que se presenta en los 4 estados financieros.
Además, las notas suministran descripciones narrativas o desagregaciones de las partidas presentadas en los 4 estados financieros, así como información sobre partidas que no calificaron para su reconocimiento en dichos estados financieros, p7

Otro resultado integral - Comprende partidas de ingresos y gastos (incluyendo ajustes reclasificadores), que no se reconocen en Resultados, según lo requieren o permiten otras NIIFs, p7
Los componentes de Otro resultado integral incluyen:
[a]    Variaciones del excedente de revaluación (ver NIC 16 y NIC 38);
[b]    Las mediciones periódicas de planes de beneficios (ver NIC 19);
[c]    Las ganancias y pérdidas que surgen de la conversión de estados financieros de un negocio en el extranjero (ver NIC 21) [*];
[d]    Las ganancias y pérdidas que surgen de la medición periódica de los activos financieros disponibles para la venta (ver NIC 39);
[e]    La porción efectiva de las ganancias y pérdidas en instrumentos de cobertura en una cobertura de flujos de efectivo (ver NIC 39) [la porción no efectiva se registra en Resultados]
[*] Esto ocurre en estados financieros consolidados

Propietarios  - Son los tenedores de instrumentos que han sido clasificados como patrimonio de la entidad, p7

Resultados (profit or loss) – Es el total de ingresos menos los gastos, excluyendo los componentes de Otro resultado integral, p7

Ajustes reclasificadores  - Son importes reclasificados a Resultados en el período corriente, que  fueron reconocidos en Otro resultado integral en el periodo corriente o anteriores, p7

Resultado integral total – Son las variaciones del periodo ocurridas en el patrimonio, resultantes de las transacciones y otros eventos, distintas de las transacciones con propietarios (como aportes o dividendos).

Resultado integral total = Resultados + Otro resultado integral (ORI)

NIC 1 aclara que si bien emplea términos como Otro resultado integral, Resultados y Resultado integral total, una entidad puede usar otros términos para describir esos totales. Por ejemplo, puede usarse Utilidad neta  para denominar los Resultados, p8

Términos que se describen en NIC 32: p8A
[a]    Instrumento financiero con opción de venta, clasificado como instrumento de patrimonio (descrito en los párrafos 16A y 16B de NIC 32)
[b]    Un instrumento que impone a la entidad una obligación de entregar a otra parte, una participación pro rata de su patrimonio solo si ocurre una liquidación, y se clasifica como instrumento de patrimonio (descrito en párrafos 16C y 16D de NIC 32).

 *  *  *  *  *
ESTADOS FINANCIEROS
Propósito de los estados financieros
Qué son? Son una representación estructurada de (1) la situación financiera y (2) del desempeño financiero de una entidad, p9

Cuál es su objetivo? Suministrar información acerca de (1) la situación financiera, (2) del desempeño financiero y de (3) los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a un amplio rango de usuarios, para tomar decisiones económicas, p9

Para cumplir con este objetivo, los EFs suministran información acerca de: p9
[a]    Activos;
[b]    Pasivos;
[c]    Patrimonio;
[d]    Ingresos y Gastos, incluyendo ganancias y pérdidas (gains and losses);
[e]    Aportes de, y distribuciones a, los propietarios, en su condición de tales; y
[f]     Los flujos de efectivo.

Esta información, junto con las notas, ayudará a los usuarios de los EFs para predecir los flujos de efectivo futuros de la entidad, p9

Juego completo de estados financieros
Un juego completo de EFs comprende lo siguiente: p10
[a]    Un estado de situación financiera;
[b]    Un Estado de-Resultados-y-Otro-resultado-integral;
[c]    Un Estado de cambios en el patrimonio;
[d]    Un Estado de flujos de efectivo;
[e]    Notas, que comprenden las políticas contables significativas y otra información explicativa;
[ea] Información comparativa respecto del periodo precedente (ver párrafos 38 y 38A); y
[f]     Un Estado de situación financiera al inicio del período precedente – Aplicable cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente, o realice una reexpresión  retroactiva de partidas en sus EFs, o cuando reclasifique partidas en sus EFs (según párrafos 40A a 40D)

Estado del Resultado integral (nombre corto)
Los títulos de los estados pueden ser diferentes a los títulos usados en NIC 1. Por ejemplo, puede usarse Estado del Resultado integral en lugar de Estado de-Resultados-y-Otro-resultado-integral, p10

Estado dividido en secciones, p10A
·         Puede presentarse un Estado único de-Resultados-y-Otro-resultado-integral, presentando el Resultado y el Otro resultado integral en 2 secciones
·         Las secciones se presentarán juntas: primero la sección de Resultados, seguida de la sección de Otro resultado integral

Estado de Resultados + Estado de Otro resultado integral, p10A
·         Otra alternativa es presentar la sección de Resultados, en un estado separado de Resultados, y los Otros resultados integrales en otro estado.
·         En ese caso, primero irá el Estado de Resultados, y después los Resultados integrales, que deberá comenzar con los Resultados

Reportes adicionales a los estados financieros
Los reportes y estados que se presenten en adición a los EFs, están fuera del alcance de NIC 1. Ejemplos: análisis financiero elaborado por la administración que describe y explica las principales características del desempeño financiero y la situación financiera de la entidad,
informes y estados tales como informes medioambientales y reportes con valor añadido, p13, p14

Características generales
Presentación razonable y cumplimiento con NIIFs
Los estados financieros deben presentar razonablemente la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de una entidad: p15

Declaración de cumplimiento con NIIFs, p16
·         Una entidad cuyos estados financieros cumplen con NIIFs, efectuará en las notas una declaración explícita y sin reservas de ese cumplimiento.
·         Una entidad no podrá describir que sus estados financieros cumplen con NIIFs, a menos que cumpla con todas sus requerimientos

Qué se requiere para una presentación razonable
Casi siempre, se logrará una presentación razonable, si se cumple con las NIIF aplicables. Una presentación razonable también requiere lo siguiente: p17
[a]    Seleccionar y aplicar políticas contables según NIC 8, la cual establece una prelación que la administración considerará, en ausencia de una NIIF que específicamente se aplique a una partida.
[b]    Presentar información, incluyendo políticas contables, de una manera que proporcione información relevante, confiable, comparable y entendible.
[c]    Proporcionar información adicional cuando, aun cumpliendo con los requerimientos especificados por las NIIFs, resulten insuficientes para permitir a los usuarios entender el impacto de transacciones determinadas, otros eventos y condiciones, sobre la situación financiera y desempeño financiero de la entidad.

Una entidad no podrá rectificar políticas contables inapropiadas, mediante revelación de esas políticas contables usadas, notas u otro material explicativo, p18

Apartamiento de algún requerimiento de las NIIFs
En circunstancias extremadamente raras, en las que la administración concluyera que cumplir con un requerimiento de una NIIF sería tan engañoso que entraría en conflicto con el objetivo de los EFs establecido en el Marco conceptual, entonces la entidad deberá apartarse (departure) de ese requerimiento siguiendo el párrafo 20, siempre que el marco regulatorio relevante requiera, o no prohíba, el apartamiento, p19

A los efectos de los párrafos 19 a 23, una partida de información entraría en conflicto con el objetivo de los EFs, cuando no represente fielmente las transacciones, otros eventos y condiciones que debieran reflejarse (o que razonablemente se espera reflejar) y, en consecuencia, sea probable que influya en las decisiones económicas que tomen los usuarios de los EFs, p24

Ver más sobre este asunto en los párrafos 20 a 24, que no resumimos aquí.

Empresa en marcha
Al elaborar los EFs, la administración debe hacer una evaluación de la capacidad de la entidad para continuar como una empresa en marcha, p25

Si hay empresa en marcha vs No hay empresa en marcha, p25
·         Los EFs deben preparase sobre la base de que la entidad es una empresa en marcha.
·         Los EFs no se podrán preparar sobre la base de empresa en marcha si la administración (1) tiene la intención de liquidar la entidad o cesar el negocio, o (2) no tenga otra alternativa más realista que hacerlo.
·         Cuando una entidad no prepare EFs sobre la base de empresa en marcha, debe revelar (1) ese hecho, (2) las bases sobre las que se prepararon los EFs, y (3) la razón por la cual la entidad no se considera una empresa en marcha.

Cuando hay incertidumbres sobre empresa en marcha
Cuando, al efectuar esta evaluación, la administración sea consciente de incertidumbres materiales, por eventos o condiciones que podrían levantar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en marcha, se debe revelar esas incertidumbres [*], p25
[*] Es decir, los EF se preparan sobre la base de que la entidad es una empresa en marcha, pero haciendo esta revelación.

Evaluación de empresa en marcha, p26
·         Al evaluar si el supuesto de empresa en marcha es apropiado, la administración tendrá en cuenta toda la información disponible sobre el futuro, que es al menos 12 meses a partir del cierre
·         Cuando una entidad tenga un historial de operaciones rentables y fácil acceso a recursos financieros, puede llegar a la conclusión de que es apropiado usar la base de empresa en marcha, sin efectuar análisis detallados.
·         En otros casos, la administración puede necesitar considerar factores relativos a la rentabilidad corriente y esperada, calendarios de amortización de deuda, y fuentes potenciales de financiamiento alternativo.

Base contable del devengado, p27
·         Los EFs debe prepararse usando la base contable del devengado, excepto el flujo de efectivo [el cual se prepara usando la base de efectivo]
·         Cuando se usa la base contable del devengado, las partidas como activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos (los elementos de los estados financieros), se reconocen cuando satisfacen las definiciones y los criterios para reconocimiento para dichos elementos, establecidos en el Marco conceptual, p27

Materialidad y Agregaciones
·         Deberá presentarse separadamente las clases significativas de partidas similares, p29
·         Deberá presentarse separadamente las partidas de diferente naturaleza o función, a menos que sean inmateriales, p29

Explicación
·         Los EFs resultan de procesar un alto número de transacciones u otros eventos, que se agregan en clases de acuerdo con su naturaleza o función, p30
·         La etapa final en el proceso de agregación y clasificación es la presentación de datos condensados ​​y clasificados, que en última instancia forman los rubros (line items) de los EFs, p30
·         Si un rubro no es material individualmente, se agregará con otras partidas, ya sea en los EFs o en las notas. Una partida que no sea suficientemente material como para justificar una presentación separada en los EFs, puede justificar su presentación separada en las notas, p30

Precauciones para las agregaciones - La entidad debe decidir de qué manera agregará la información en los EF (incluyendo notas), y no debe reducir el entendimiento de sus EFs, restando visibilidad a  la información que es material, con información inmaterial o; agregando partidas materiales que tengan diferentes naturalezas o funciones, p30A

Revelaciones específicas - Una entidad no necesita proporcionar una revelación específica requerida por una NIIF si la información no es material / Pero también debe considerar proporcionar revelaciones adicionales cuando los requerimientos específicos de las NIIF, son insuficientes para entender el impacto de determinadas transacciones, p31

Neteos
No deben netearse activos y pasivos o ingresos y gastos, a menos que sea requerido o permitido por una NIIF, p32

Los neteos en el Estado de-Resultados-y-Otro-resultado-integral o en el Estado de situación financiera[*], afectan la capacidad de los usuarios para entender las transacciones, así como para evaluar los flujos de efectivo futuros, p33
[*] excepto cuando el neteo refleje la sustancia de la transacción u otro evento

Los allowances no califican como neteo
No se considerará neteo, los casos en que los activos se miden, netos de correcciones valorativas (valuation allowances). Por ejemplo, allowances por obsolescencia de inventarios, o allowances para cobranzas dudosas, p33

Neteo de ganancias y pérdidas (gains and losses)
Otras transacciones que no generan revenues (que son accesorias a los revenues) se presentarán neteando los ingresos con los gastos relacionados, surgidos en la misma transacción (cuando esta presentación refleje la sustancia de la transacción). Por ejemplo: p34
[a]    Disposición de activos no-corrientes, inversiones y activos operativos - Las ganancias y pérdidas, se presentarán deduciendo del importe recibido por la disposición, el valor contable del activo y los respectivos gastos de comercialización; y
[b]    Provisiones y Reembolsos – Una entidad podrá netear provisiones reconocidas según NIC 37, que serán reembolsadas al amparo de un acuerdo de garantía con un tercero.

También se presentarán netas las ganancias y pérdidas de un grupo de transacciones similares, por ejemplo, ganancias y pérdidas por diferencia en cambio, o ganancias y pérdidas por instrumentos financieros mantenidos para negociar, p35
Sin embargo, dichas ganancias y pérdidas se presentarán separadamente si son materiales, p35

Frecuencia de los informes
El juego completo de EFs (incluyendo información comparativa) debe presentarse al menos anualmente, p36

En los casos inusuales de EF por periodos mayores o menores a un año, ver orientación en párrafos 36 y 37, que no resumimos aquí.

Información comparativa
Información comparativa mínima
Debe presentarse información comparativa en relación con el período precedente, para todos los importes incluidos en los EFs corrientes (excepto los casos en que las NIIF permitan o requieran algo diferente), p38
Esto se aplica también a la información narrativa y descriptiva, p38

Una entidad deberá presentar, como mínimo, lo siguiente: p38A
·         2 estados de Situación financiera,
·         2 estados de-Resultados-y-Otro-resultado-integral,
·         2 estados separados de Resultados (de ser el caso),
·         2 estados de Flujos de efectivo, y
·         2 estados de Cambios en el patrimonio, y
·         Las notas relacionadas.

En algunos casos, la información narrativa suministrada en los EFs del periodo(s) precedente, seguirá siendo relevante en el periodo corriente, p38B
Por ejemplo: una entidad revelará en el periodo corriente los detalles de una disputa legal, cuyo desenlace era incierto al final del período anterior y aún no se ha resuelto, complementando con los pasos tomados durante el periodo, p38B

Información comparativa adicional
Una entidad puede presentar como información adicional a los EFs mínimos, uno o más de los estados mencionados en el párrafo 10, pero no tienen que conformar un juego completo de EFs, p38C
En este caso, se debe presentar en notas la información de los estados adicionales, p38C

Por ejemplo: p38D
·         Una entidad puede presentar un tercer Estado de-Resultados-y-Otro-resultado-integral (presentando así el período corriente, el período precedente y un período comparativo adicional),
·         Sin embargo, no se requiere presentar un tercer Estado de situación financiera, un tercer Estado de flujos de efectivo o un tercer Estado de cambios en el patrimonio (es decir, EFs comparativos adicionales).
NIC 1 requiere que se presente en las notas a los EFs, la información comparativa relacionada con ese estado adicional de-Resultados-y-Otro-resultado integral, p38D

Cambios en política contable / Reexpresión retroactiva o / Reclasificaciones 
Una entidad debe presentar un tercer Estado de situación financiera al principio del período precedente, en estos casos: p40A
[a]    Cuando se ha aplicado retroactivamente un cambio contable / ha efectuado una reexpresión retroactiva de partidas en sus EFs o / reclasificó partidas en sus EFs; Y
[b]    Esos cambios tienen un efecto material en el Estado de situación financiera al inicio del período precedente.

Los 3 estados de situación financiera, serían a estas fechas: p40B
[a]    Al final del período corriente;
[b]    Al final del período precedente; y
[c]    Al inicio del período precedente.

Revelaciones debido al 3er Estado de Situación financiera
·         En el caso de reclasificaciones, se definen en los párrafos 41 a 43, p40C
·         En el caso de Cambios de políticas contables y corrección de error están en NIC 8, p40C, p44
·         No será necesario presentar las notas relacionadas con el Estado de situación financiera al inicio del período precedente, p40C

Reclasificaciones
Si una entidad cambia la presentación o la clasificación de partidas en sus EFs, deberá reclasificar los importes comparativos, a menos que sea impracticable, p41

Cuando se reclasifiquen importes comparativos, debe revelarse lo siguiente (incluyendo al inicio del período precedente): p41
[a]    La naturaleza de la reclasificación;
[b]    El importe reclasificado de cada partida o de cada clase de partidas; y
[c]    El motivo de la reclasificación.

Impracticabilidad
Cuando sea impracticable reclasificar los importes comparativos, debe revelarse: p42
[a]    El motivo para no reclasificar, y
[b]    La naturaleza de los ajustes que se hubieran efectuado

La impracticabilidad puede darse por ejemplo, si una entidad puede no haber recolectado datos en período(s) previo(s) de una manera que permita la reclasificación, y es impracticable reconstruir la información, p43

Consistencia en la presentación
Debe mantenerse la presentación y clasificación de las partidas en los EFs de un periodo a otro, a menos que ocurra lo siguiente: p45
[a]    Es evidente (como resultado de cambios significativos en la naturaleza de las operaciones de la entidad, o debido a  una revisión de EFs), que otra presentación o clasificación serían más apropiadas, teniendo en cuenta los criterios para selección y aplicación de políticas contables de NIC 8; o
[b]    Una NIIF requiera un cambio en la presentación.

La presentación de los EFs se cambiará sólo si suministrará información que sea confiable y más relevante para los usuarios de los EFs, y sea probable que la nueva estructura continuará, de manera que la comparabilidad no se vea afectada, p46

Al realizar tales cambios en la presentación, se reclasificará la información comparativa según los párrafos 41 y 42, p46

 *  *  *  *  *
ESTRUCTURA Y CONTENIDO
Introducción
NIC 1 requiere revelaciones específicas en los 4 EFs, y también requiere revelaciones de otros rubros (line items), ya sea en esos Estados o en las notas, p47

La NIC 7 Estado de flujos de efectivo, establece los requerimientos para la presentación de la información sobre flujos de efectivo, p47

Qué son las revelaciones? p48
·         NIC 1 a menudo usa el término "revelaciones" en un sentido amplio, abarcando las partidas presentadas en los mismos EFs.
·         Otras NIIFs también requieren revelaciones.
·         A menos que se especifique de otra manera en esta NIC 1 u otra NIIF, las revelaciones pueden hacerse en los mismos EFs.

Identificación de los estados financieros
Deberá identificarse claramente los estados financieros y distinguirlos de otra información que se incluya en el mismo documento impreso, p49

·         Es importante hacer una distinción entre la información que se prepara usando las NIIFs, de la información que no se preparó bajo NIIFs, p50
·         Debe identificarse claramente cada estado financiero y las notas, p51

Adicionalmente, debe mostrarse prominentemente la siguiente información, y repetirla cuando sea necesario, para que la información presentada sea entendible: p51
[a]    El nombre de la entidad reportante u otro medio de identificación, y cualquier cambio en esa información, ocurrido desde el final del período precedente;
[b]    Si los estados financieros pertenecen a una entidad individual o a un grupo de entidades;
[c]    La fecha final del período reportado o el período cubierto por el juego de estados financieros o notas;
[d]    La moneda de presentación, tal como se define en NIC 21; y
[e]    El nivel de redondeo usado al presentar los importes.

Estos requerimientos se cumplirán mediante la presentación de encabezados apropiados en las páginas, estados, notas, columnas y similares. Se requerirá de juicio para determinar la mejor manera de presentar dicha información (por ejemplo, cuando se presenta los estados financieros electrónicamente, no siempre existe separación de páginas), p52

Redondeos - A menudo los estados financieros se hacen más entendibles presentando las cifras en miles o en millones de unidades de la moneda de presentación. Esto será aceptable siempre que se revele el nivel de redondeo practicado, p53

*  *  *  *  *
ESTRUCTURA Y CONTENIDO (cont.)
Estado de situación financiera
Información a presentar en el estado de situación financiera
El estado de situación financiera incluirá los siguientes importes: p54
[a]    Propiedad, planta y equipo;
[b]    Propiedad de inversión;
[c]    Activos intangibles;
[d]    Activos financieros (excluyendo los mencionados en [e] [h] [i]);
[e]    Inversiones contabilizadas con el método patrimonial;
[f]     Activos biológicos (dentro del alcance de NIC 41);
[g]    Inventarios;
[h]    Cuentas por cobrar comerciales y Otras cuentas por cobrar;
[i]     Efectivo y equivalentes de efectivo;
[j]     El total de activos clasificados como mantenidos para la venta y activos incluidos en grupos para disposición, clasificados como mantenidos para la venta según NIIF 5;
[k]    Cuentas por pagar comerciales y Otras cuentas por pagar;
[l]     Provisiones;
[m]  Pasivos financieros (excluyendo los mencionados en [k] [l]);
[n]    Pasivos y activos por impuestos corrientes, según se define en NIC 12;
[o]    Pasivos por impuestos diferidos y Activos por impuestos diferidos, como se define en NIC 12;
[p]    Pasivos incluidos en grupos para su disposición, clasificados como mantenidos para la venta según NIIF 5;
[q]    Participaciones no-controladoras, presentadas dentro del patrimonio; y
[r]     Capital emitido y reservas atribuibles a los propietarios de la matriz

Otros
·         Debe presentarse rubros adicionales, encabezados y subtotales en el estado de situación financiera, cuando tal presentación sea relevante para entender la situación financiera de la entidad, p55, p55A
·         Los activos o pasivos por impuesto diferido, no se clasificarán como activos o pasivos corrientes, p56
·         NIC 1 no prescribe ni el orden ni el formato para presentar las partidas. El párrafo 54 simplemente enumera las partidas que son suficientemente diferentes en naturaleza o función, como para justificar una presentación separada en el estado de situación financiera, p57

Consideraciones adicionales: p57
[a]    Se añadirán otros rubros cuando el tamaño, naturaleza o función de una partida o la agregación de partidas similares sean relevantes; y
[b]    Las descripciones usadas y el orden de las partidas o agregación de partidas similares, podrán modificarse de acuerdo con la naturaleza de la entidad y de sus transacciones. Por ejemplo, las instituciones financieras.

Sobre partidas adicionales
Para determinar si se presentará partidas adicionales por separado, se evaluará lo siguiente: p58
[a]    La naturaleza y liquidez de los activos;
[b]    La función de los activos dentro de la entidad; y
[c]    Los importes, naturaleza y calendario de los pasivos.

El uso de diferentes bases de medición para diferentes clases de activos sugiere que su naturaleza o función son diferentes y, por tanto, se presentarán como rubros separados. Por ejemplo, diferentes clases de propiedades, planta y equipo pueden llevarse al costo o revaluados, según NIC 16, p59

Distinción corriente / no-corriente
Orden corriente/no-corriente
Debe presentarse los activos corrientes y no corrientes, y los pasivos corrientes y no corrientes, como clasificaciones separadas en el estado de situación financiera, según los párrafos 66 a 76, excepto cuando la presentación por liquidez proporcione información que sea confiable y más relevante, p60

Para los rubros de activos y pasivos, que contengan importes por recuperar o liquidar en estos plazos, se debe revelar el importe que se espera recuperar o liquidar más allá de 12 meses (independientemente del método de presentación que se adopte): p61
[a]    Hasta 12 meses después del cierre y
[b]    Más de 12 meses después del cierre

Orden de liquidez
Para algunas entidades, tales como instituciones financieras, una presentación de activos y pasivos en orden ascendente o descendente de liquidez, proporciona información confiable y más relevante que una presentación corriente/no-corriente, porque esas entidades no suministran bienes o servicios en un ciclo operativo claramente identificable, p63

Presentación mixta
Al aplicar el párrafo 60, NIC 1 permite presentar algunos de sus activos y pasivos usando la clasificación corriente / no-corriente, y otros en orden de liquidez, cuando esto provea información confiable y más relevante, p64
La presentación mixta podría surgir cuando una entidad tenga operaciones diversificadas, p64

Otra información, p65
·         La NIIF 7 requiere revelaciones de fechas de vencimiento de activos financieros y pasivos financieros
·         La información sobre la expectativa de fechas para la recuperación de activos no-monetarios, tales como inventarios y la expectativa de fechas para la liquidación de pasivos como las provisiones, es también útil, ya sea que los activos y pasivos se clasifiquen como corrientes o no-corrientes
·         Por ejemplo, una entidad revelará el importe de inventarios que espera recuperar más allá de 12 meses después del período que se reporta

Activos corrientes
Se debe clasificar un activo como corriente en estos casos: p66
[a]    El activo se espera realizar, o se tiene la intención de venderlo o consumirlo, en su ciclo operativo normal;
[b]    El activo se mantiene principalmente con fines de negociación;
[c]    El activo se espera realizar dentro de los 12 meses después del cierre; o
[d]    El activo es efectivo o equivalente de efectivo (como se define en NIC 7), a menos que esté restringido para ser intercambiado o usado para liquidar pasivos, por al menos 12 meses después del cierre.

Los demás activos no mencionados aquí, deberán clasificarse como no-corrientes.

Otros
·         NIC 1 usa el término "no-corriente" para incluir los activos a largo plazo, tangibles, intangibles y financieros, p67
·         NIC 1 no prohíbe el uso de descripciones alternativas siempre que su significado sea claro, p67

Ciclo operativo, p68
·         El ciclo operativo de una entidad es el tiempo transcurrido entre la adquisición de activos para su procesamiento, y su realización en efectivo o equivalentes de efectivo
·         Cuando el ciclo operativo normal no sea claramente identificable, se asumirá que es de 12 meses
·         Los activos corrientes incluyen activos (tales como inventarios y cuentas por cobrar comerciales) que se venden, consumen o realizan como parte del ciclo operativo normal, incluso cuando no se espera se realicen dentro de los 12 meses después del cierre
·         Los activos corrientes incluyen también activos que se mantienen principalmente para negociar, y la parte corriente de los activos financieros no-corrientes

Pasivos corrientes
Se debe clasificar un pasivo como corriente en estos casos: p69
[a]    El pasivo se espera liquidar en su ciclo operativo normal;
[b]    El pasivo se mantiene principalmente con fines de negociación;
[c]    El pasivo vence dentro de los 12 meses después del cierre; o
[d]    La entidad no tiene ningún derecho incondicional para aplazar la liquidación del pasivo, por plazos de al menos 12 meses después del cierre (ver párrafo 73)
En los casos en que un pasivo pueda liquidarse (a opción de la contraparte), mediante una emisión de instrumentos de patrimonio, su clasificación no se verá afectada.

Los demás pasivos no mencionados aquí, deberán clasificarse como no-corrientes.

Algunos pasivos corrientes, tales como las cuentas por pagar comerciales y obligaciones devengadas con empleados y otros costos operativos, son parte del capital de trabajo usado en el ciclo operativo normal, y se clasificarán como pasivos corrientes, incluso si vencen más allá de 12 meses después del cierre, p70

Ciclo operativo
·         Se aplicará el mismo ciclo operativo normal, para la clasificación de activos y pasivos, p70
·         Cuando el ciclo operativo normal no sea claramente identificable, se asumirá que es de 12 meses, p70
·         Los otros pasivos corrientes no se liquidan como parte del ciclo operativo normal, sino que vencen dentro de los 12 meses posteriores al cierre, o se mantienen principalmente con fines de negociación, p71
Son ejemplos algunos pasivos financieros clasificados como mantenidos para negociar según NIC 39, sobregiros bancarios, y la parte corriente de los pasivos no-corrientes, los dividendos por pagar, impuesto a las ganancias y otras cuentas por pagar no-comerciales, p71

Pasivos financieros
Los pasivos financieros que proporcionan financiamiento a largo plazo (es decir, no son parte del ciclo operativo normal), y no vencen dentro de los 12 meses después del cierre, son pasivos no-corrientes, sujetos a los párrafos 74 y 75, p71

Los pasivos financieros se clasificarán como corrientes cuando venzan dentro de los 12 meses después del cierre, incluso en estos casos: p72
[a]    El plazo original era por un periodo superior a 12 meses, y
[b]    Algún acuerdo de refinanciamiento o de reestructuración de pagos a largo plazo, que se completa después del cierre, pero antes que los EFs se autoricen para su emisión.

Facultad para renovar
Si una entidad espera[*], y tiene la facultad de, refinanciar o renovar una obligación por al menos 12 meses después del cierre, en virtud de una facilidad crediticia, entonces clasificará la obligación como no-corriente, incluso si vencía dentro un menor período, p73
[*] Debe entenderse como tiene la intención

Sin embargo, cuando la refinanciación o renovación de la obligación no es facultad de la entidad (por ejemplo, no hay acuerdos de refinanciación), se clasificará la obligación como corriente, p73

Infracciones
Cuando una entidad incurra en infracción (breach) al cierre, sobre un contrato de préstamo a largo plazo, teniendo como efecto que el pasivo se convierta en exigible, el pasivo se clasificará como corriente, incluso si el prestamista consintió (después del cierre, pero antes de la autorización para su emisión), no exigir el pago por infracción, p74

El pasivo se clasificará como corriente porque, al cierre, no tiene un derecho incondicional a aplazar su liquidación por al menos 12 meses después del cierre, p74

Sin embargo, el pasivo se clasificará como no-corriente si al cierre el prestamista consiente en otorgar un período de gracia que finalice al menos 12 meses después del cierre, dentro del cual: la entidad podrá rectificar la infracción y el prestamista no podrá exigir el repago inmediato, p75

Eventos no-ajustadores
En el caso de préstamos clasificados como pasivos corrientes, si los siguientes eventos ocurren entre el final del período que se reporta y la fecha en que los EFs se autorizan para emisión, estos eventos se revelarán como eventos no-ajustadores (según NIC 10): p76
[a]    Refinanciamientos a largo plazo;
[b]    Rectificación de infracciones en un acuerdo de préstamo a largo plazo; y
[c]    El otorgamiento por parte del prestamista, de un periodo de gracia para rectificar la infracción en un contrato de préstamo a largo plazo, que finaliza al menos 12 meses después del cierre.

Información a presentar en el Estado de situación financiera o en las notas
Deben revelarse, ya sea en el Estado de situación financiera o en las notas, subclasificaciones adicionales de los rubros presentados, clasificadas de una manera que sea apropiada a las operaciones de la entidad, p77

Los factores establecidos en el párrafo 58 también se usarán para decidir los criterios de subclasificación, p78

Ejemplos -  Las revelaciones variarán para cada partida, por ejemplo: p78
[a]    Las partidas de propiedad, planta y equipo se desagregan en clases según NIC 16;
[b]    Las cuentas por cobrar se desagregan en importes por cobrar comerciales, relacionadas, anticipos y otras;
[c]    Los inventarios se desagregan, según NIC 2, en clasificaciones como mercaderías, materias primas, materiales, productos en curso y productos terminados;
[d]    Las provisiones se desagregan en provisiones por beneficios a los trabajadores y otras partidas; y
[e]    El capital patrimonial y las reservas se desagregan en varias clases, tales como capital pagado, primas de emisión y reservas.

Revelaciones sobre el patrimonio
Debe revelarse la siguiente información, ya sea en el Estado de situación financiera o en el Estado de cambios en el patrimonio, o en notas: p79
[a]    Para cada clase de capital social:
[i]     El número de acciones autorizadas;
[ii]    El número de acciones emitidas y pagadas totalmente, así como las emitidas pero no pagadas totalmente;
[iii]   El valor nominal por acción, o que las acciones no tienen valor nominal;
[iv]   Una conciliación del número de acciones en circulación al inicio y al final del período;
[v]    Los derechos, preferencias y restricciones por cada clase, incluyendo restricciones a la distribución de dividendos y repago de capital;
[vi]   Las acciones de la entidad en poder de la entidad o, en poder de sus subsidiarias o asociadas; y
[vii]  Las acciones reservadas para emisión bajo opciones y contratos para la venta de acciones, revelando además las condiciones e importes; y
[b]    Una descripción de la naturaleza y propósito de cada reserva del patrimonio.

Una entidad sin capital social, tales como un asociación (partnership) o fideicomiso (trust), debe revelar información equivalente a la requerida por el párrafo 79[a], p80

Reclasificaciones entre pasivos financieros y patrimonio
Si una entidad ha reclasificado las siguientes partidas entre pasivos financieros y patrimonio, deberá revelar el importe reclasificado dentro y fuera de cada categoría (pasivos financieros o patrimonio), así como las fechas y razones de esa reclasificación: p80A
[a]    Instrumento financiero con opción de venta (puttable) - clasificado como instrumento de patrimonio, o
[b]    Un instrumento que impone a la entidad una obligación de entregar a otra parte, una partición pro rata del patrimonio de la entidad, solo si se liquida la entidad -  clasificado como instrumento de patrimonio

*  *  *  *  *
ESTRUCTURA Y CONTENIDO (cont.)
Estado de-Resultados-y-Otro-resultado-integral
El Estado de-Resultados-y-Otro-resultado-integral (Estado de Resultado integral) debe presentar lo siguiente, en adición a las secciones de  Resultados y de Otro resultado integral: p81A
[a]    Los Resultados (profit or loss);
[b]    El Otro resultado integral total;
[c]    El Resultado integral del periodo, que equivale a: Resultados + Otro resultado integral.

Si una entidad presenta un Estado separado de Resultados [párrafo 10A], no presentará la sección Resultados en el estado donde presente el Resultado integral, p81A

Deben presentarse las siguientes partidas, en adición a las secciones de Resultados y de Otro resultado integral, como una asignación de los Resultados y del Otro resultado integral: p81B
[a]    Resultados atribuibles a:
[i]     Las participaciones no-controladoras, y
[ii]    Los propietarios de la matriz.
[b]    El Resultado integral atribuible a:
[i]     Las participaciones no-controladoras, y
[ii]    Los propietarios de la matriz.

Si una entidad presenta los Resultados en un estado separado, deberá presentar [a] en ese estado, p81B

Información a presentar en la Sección de Resultados, o en el Estado de Resultados
En adición a las partidas requeridas por otras NIIFs, la sección de Resultados, o el Estado de Resultados debe incluir rubros que presenten los siguientes importes: p82
[a]    Revenues;
[b]    Costos financieros;
[c]    Partición (share) de los Resultados de Asociadas y Ventures conjuntos, contabilizadas con el método patrimonial;
[d]    Impuesto a las ganancias;
[e]    [eliminado]
[ea] Un importe único para el total de operaciones descontinuadas (ver NIIF 5).

Información a presentar en la Sección Otro resultado integral
Los rubros de la Sección Otro resultado integral (ORI) deben presentar las siguientes partidas: p82A
[a]    Partidas clasificadas por su naturaleza, y agrupando aquellas que (i) posteriormente no serán reclasificadas a Resultados y (ii) las que posteriormente serán reclasificadas a Resultados, al cumplir condiciones específicas.
[b]    La participación que la entidad tiene en el ORI de Asociadas y Ventures conjuntos, contabilizada con el Método patrimonial. También debe agruparse como en (i) y (ii) anteriormente indicado.
[Sobre la reclasificación a Resultados, ver párrafo 92]

Otras consideraciones, cuando sea necesario, p85, p85A, 85B, p86
·         Debe presentarse rubros adicionales, encabezados y subtotales en el estado(s) que presenten los Resultados y el Otro resultado integral
·         Se incluirán rubros adicionales en el estado(s) que presente los Resultados y el Otro resultado integral, y se modificarán las descripciones usadas y el orden de las partidas (cuando sea necesario, para explicar los elementos del desempeño financiero)
·         Se considerará diversos factores, incluyendo la materialidad y la naturaleza y función de las partidas de ingresos y gastos

No se netearán ingresos y gastos, a menos que sea requerido o permitido por una NIIF (párrafo 32), p86

Partidas extraordinarias
No deben presentarse partidas de ingresos o gastos como partidas extraordinarias, en el estado(s) donde se presenten los Resultados y el Otro resultado integral, o en las notas, p87

Resultados (profit or loss)
Todas las partidas de Ingresos y Gastos deben reconocerse en Resultados, a menos que una NIIF requiera o permita que se reconozcan fuera de Resultados, p88

Explicación, p89
·         Algunas NIIF especifican las circunstancias en las que se reconocerán determinadas partidas fuera de Resultados
·         NIC 8 especifica dos de tales circunstancias: (1) corrección de errores y (2) el efecto de cambios en políticas contables
·         Otras NIIF requieren o permiten que componentes de Otro resultado integral (que cumplen la definición del Marco conceptual de ingresos o gastos), sean excluidos de Resultados (ver párrafo 7).

Otro resultado integral
Efectos tributarios - NIC 1 señala 2 alternativas para revelar los efectos tributarios de las partidas de Otro resultado integral: p91
[a]    Presentar las partidas netas de sus efectos tributarios, o
[b]    Presentar las partidas antes de sus efectos tributarios, y luego un importe único agregado, del impuesto a las ganancias relacionado con esas partidas.

Si se elige la alternativa [b], deberá asignarse los efectos tributarios entre aquellos que podrán reclasificarse posteriormente a la Sección Resultados, y los que no, p91

Ajustes reclasificadores
Una entidad debe revelar los ajustes reclasificadores efectuados para los componentes de Otro resultado integral, p92
·         Otras NIIF especifican si y cuándo los importes previamente reconocidos en Otro resultado integral, se reclasificarán a Resultados, p93
·         Esas reclasificaciones se denominan en NIC 1, ajustes reclasificadores, p93
·         Un ajuste reclasificador afecta los componentes de Otro resultado integral, en el periodo que algún concepto se reclasifica a Resultados (por ejemplo, las ganancias por la disposición de activos financieros disponibles para la venta, que se incluyen en Resultados del período corriente) , p93
·         Esos importes pueden haberse reconocido en Otro resultado integral como ganancias no realizadas, en el periodo corriente o previos, p93

Los ajustes reclasificadores pueden presentarse:  p94
·         En el estado(s) de-Resultados-y-Otro-Resultado-integral
·         En las notas – En cuyo caso, las partidas de Otro resultado integral se presentarán netas de sus ajustes reclasificadores.

Cuándo surgen ajustes reclasificadores?
Los ajustes reclasificadores surgen, por ejemplo, en la disposición de un negocio en el extranjero (ver NIC 21), al desreconocer activos financieros disponibles para la venta (ver NIC 39) y cuando una transacción-prevista coberturada afecta Resultados (ver párrafo 100 de NIC 39 en relación con coberturas de flujos de efectivo), p95

Cuándo no surgen ajustes reclasificadores? , p96
·         No surgen ajustes reclasificadores por variaciones de excedentes de revaluación, reconocidos según NIC 16 o NIC 38, o en las mediciones periódicas de los planes de beneficios reconocidos según NIC 19
·         Dichos componentes se reconocen en Otro resultado integral pero nunca se reclasificarán a Resultados, p96
·         Las variaciones en excedente de revaluación pueden transferirse a Resultados acumulados en períodos posteriores a medida que se usa el activo, o cuando se desreconoce (ver NIC 16 y NIC 38), p96

Información a presentar en el Estado(s) de-Resultados-y-Otro-resultado-integral, o en las notas
Cuando las partidas de Ingresos o Gastos sean materiales, se debe revelar su naturaleza e importe por separado, p97

Entre las circunstancias que darían lugar a revelaciones separadas de partidas de Ingresos y Gastos están las siguientes: p98
[a]    Reducciones al saldo (write-down) de (1) inventarios hasta su valor neto realizable, o (2) de propiedad, planta y equipo hasta su importe recuperable; así como la reversión de tales reducciones;
[b]    La reestructuración de las actividades de una entidad, y la reversión de provisiones para la misma;
[c]    Disposición de ítems de propiedad, planta y equipo;
[d]    Disposición de inversiones;
[e]    Operaciones descontinuadas;
[f]     Liquidación de litigios; y
[g]    Otras reversiones de provisiones.

Gastos por Naturaleza o Función
·         Una entidad debe presentar un análisis de los gastos reconocidos en Resultados, usando una clasificación basada en su naturaleza o su función dentro de la entidad, usando la que mejor proporcione información confiable y más relevante, p99
·         NIC 1 invoca presentar el análisis del párrafo 99 en el Estado(s) de-Resultados-y-Otro-Resultado integral [o sea que prefiere en el estado y no en notas], p100
·         Los gastos se subclasificarán para destacar los componentes del desempeño financiero que sean diferentes en cuanto a su frecuencia, potencial de ganancias o pérdidas y predictibilidad. Este análisis se proporciona en una de dos formas: Naturaleza o Función, p101

Método de Gastos por Naturaleza
En este caso una entidad agrega[*] los gastos dentro de Resultados según su naturaleza (por ejemplo depreciación, compras de materiales, costos de transporte, beneficios de trabajadores y costos de publicidad) y no los reasigna a funciones dentro de la entidad, p102
[*] Lo opuesto de desagregar

Este método puede ser simple de aplicar, porque no es necesario una asignación de gastos a ninguna clasificación por funciones. Ejemplo: p102

Revenues                                                                  x
Otros ingresos                                                          x
Variación de prod terminados
 y trabajo en curso                                           x
Materia prima y suministros consumidos        x
Gastos por beneficios de empleados               x
Gastos por depreciación y amortización          x
Otros gastos                                                    x
Total gastos                                                              (x)
Utilidad antes de impuestos                                       x

Método de Gastos por Función
La segunda forma de análisis es el método de la función de los gastos o del costo de ventas, que clasifica los gastos de acuerdo con su función en el costo de ventas o, por ejemplo, en los costos de distribución o administrativos,p103

Como mínimo, la entidad revelará su costo de ventas bajo esta modalidad, por separado de otros gastos, p103

Este método puede proporcionar más información relevante para los usuarios, que la clasificación de gastos por naturaleza, pero la asignación de costos a funciones puede requerir asignaciones arbitrarias, e involucrar un juicio considerable, p103

Un ejemplo de clasificación con el método de la función de los gastos es el siguiente: p103

Revenues (Ingresos de actividades ordinarias)                           x
Costo de ventas                                                                          (x)
Margen bruto                                                                               x
Otros ingresos                                                                              x
Costos de distribución                                                                 (x)
Gastos administrativos                                                                (x)
Otros gastos                                                                                 (x)
Utilidad antes de impuestos                                                          x

Clasificando por función, aun requiere información por naturaleza
Una entidad que clasifique los gastos por función debe revelar información adicional sobre la naturaleza de los gastos, incluidos los gastos por depreciación y amortización, y los gastos de personal, p104

Método de la función de los gastos vs. Método de la naturaleza de los gastos, p105
·         La elección entre estos 2 métodos, dependerá de factores históricos y de la industria, y de la naturaleza de la entidad
·         Ambos métodos proporcionan indicadores de los costos que podrían variar, directa o indirectamente, con el nivel de ventas o de producción de la entidad
·         Puesto que cada método de presentación tiene ventajas para diferentes tipos de entidades, NIC 1 requiere que la administración seleccione la presentación que sea confiable y más relevante
·         Sin embargo, debido a que la información sobre la naturaleza de los gastos es útil para predecir los flujos de efectivo, se requiere revelaciones adicionales cuando se use la función de los gastos

*  *  *  *  *
ESTRUCTURA Y CONTENIDO (cont.)
Estado de cambios en el patrimonio
Información a presentar en el estado de cambios en el patrimonio
Una entidad debe presentar un Estado de cambios en el patrimonio, como lo requiere el párrafo 10, p106

El Estado de cambios en el patrimonio incluirá la siguiente información: p106
[a]    El Resultado integral total, mostrando separadamente los importes atribuibles a los propietarios de la Matriz, y a las participaciones no-controladoras;
[b]    Para cada componente del patrimonio, revelar los efectos de la aplicación retroactiva, o de la reexpresión retroactiva, reconocidas según NIC 8; y
[c]    [eliminado]
[d]    Para cada componente del patrimonio, presentar una conciliación entre los valores contables al inicio y al final del período, revelando por separado las variaciones de los siguientes conceptos:
[i]     Los resultados (utilidad o pérdida);
[ii]    Otro resultado integral; y
[iii]   Las transacciones con propietarios en su condición de tales, mostrando por separado los aportes de, y las distribuciones a, propietarios; así como las variaciones en la participación en subsidiarias, que no dieron lugar a una pérdida de control.

Información a presentar en el Estado de cambios en el patrimonio, o en las notas
·         Para cada componente del patrimonio, debe presentarse, ya sea en el Estado de cambios en el patrimonio o en las notas, un análisis del Otro resultado integral por partida (ver párrafo 106[d][ii]), p106A
·         Debe presentarse, ya sea en el estado de cambios en el patrimonio o en las notas, el importe de dividendos reconocido como distribuciones a propietarios durante el período, así como el importe de dividendos por acción, p107

Ajustes retroactivos / Reexpresiones, p110
·         Los Ajustes retroactivos y las Reexpresiones retroactivas (NIC 8) no se consideran variaciones en el patrimonio, sino que son ajustes al saldo inicial de Resultados acumulados, excepto cuando una NIIF requiera el ajuste retroactivo de otro componente del patrimonio
·         Dichos ajustes se revelarán, por cada periodo anterior y al inicio del período

*  *  *  *  *
ESTRUCTURA Y CONTENIDO (cont.)
Estado de flujo de efectivo
NIC 7 establece los requerimientos para la presentación y revelaciones sobre la información de flujo de efectivo, p111

*  *  *  *  *
ESTRUCTURA Y CONTENIDO (cont.)
Notas
Estructura
Las notas deben: p112
[a]    Presentar información sobre las bases usadas para  preparar los EFs y las políticas contables específicas usadas, según los párrafos 117 a 124;
[b]    Revelar la información requerida por NIIFs (si no se presenta en los EFs); y
[c]    Proporcionar información que no se esté presentando en los EFs, pero es relevante para entenderlos.

Cuando sea practicable, debe presentarse las notas de una manera sistemática, p113

Debe efectuarse referencias cruzadas para cada partida de los 4 estados financieros, con las notas, p113

Ejemplos de ordenamiento sistemático o agrupación de las notas: p114
[a]    Dar prominencia a las actividades que la entidad considera son las más relevantes para entender su desempeño financiero y su situación financiera, por ejemplo agrupando información sobre actividades operativas particulares;
[b]    Agrupar información sobre partidas que se miden de manera similar, tales como activos medidos a valor razonable; O
[c]    Siguiendo el orden de los rubros del Estado de Resultado integral y del Estado de Situación financiera, tales como:
[i]     Declaración de cumplimiento con NIIF (ver párrafo 16);
[ii]    Políticas contables significativas aplicadas (ver párrafo 117);
[iii]   Información de soporte para las partidas presentadas en los 4 estados, en el orden en que se presenta cada estado y cada rubro; Y
[iv]   Otras revelaciones, incluyendo:
[1]    Pasivos contingentes (ver NIC 37) y compromisos contractuales sin reconocer; Y
[2]    Revelaciones no-financieras, por ejemplo, los objetivos y políticas de la gestión de riesgos financieros (ver NIIF 7).

Las notas que proporcionan información sobre las bases de preparación de los EFs, y políticas contables específicas, pueden presentarse como una sección separada de los EFs, p116

Revelación de políticas contables
Una entidad debe revelar sus políticas contables significativas, comprendiendo: p117
[a]    La base (o bases) de medición usadas para preparar los EFs, y
[b]    Las demás políticas contables usadas, que sean relevantes para entender los EFs

Bases de medición
·         Es importante informar las bases de medición usadas en los EFs (por ejemplo, costo histórico, costo corriente, valor neto realizable, valor razonable o importe recuperable), debido a que la bases usadas afectan el análisis de los usuarios, p118
·         Se informa haciendo una indicación de las bases de medición aplicadas a las categorías de activos y pasivos, p118

Políticas contables particulares
·         La revelación de alguna política contable particular, dependerá de si ayudaría a los usuarios a entender cómo se reflejan las transacciones en el desempeño financiero y en la situación financiera, p119
·         Revelación de políticas contables requeridas específicamente por NIIFs, incluyendo cuál fue la elección entre diferentes políticas permitidas. Por ejemplo, el valor razonable o el modelo del costo, en las propiedades de inversión (NIC 40), o las bases de medición usadas para las clases de propiedad, planta y equipo  (NIC 16), p119
·         Cada entidad considerará la naturaleza de sus operaciones y las políticas que los usuarios esperarían que se revelasen, p119
·         Una política contable podría ser significativa debido a la naturaleza de las operaciones de la entidad, incluso si los importes del periodo actual y anteriores no sean materiales, p121
·         También es apropiado revelar las políticas contables significativas que no sean requeridas específicamente por las NIIFs, pero que se seleccionaron y aplican según NIC 8, p121

Jucios
Las notas deben revelar los juicios que ha efectuado la administración, distintos de las estimaciones (ver párrafo 125), en el proceso de aplicar las políticas contables de la entidad, y que tengan el efecto más significativo, sobre los importes reconocidos en los EFs, p122

Ejemplos de juicios efectuados: p123
[a]    Si algún activo financiero es una inversión mantenida hasta su vencimiento;
[b]    Cuando todos los riesgos y recompensas significativos de poseer los activos financieros y activos arrendados, se han transferido a otras entidades; y
[c]    Si algunas ventas de bienes son acuerdos de financiamiento, y por consiguiente no dan lugar a revenues.

Algunas de las revelaciones del párrafo 122 son requeridas por otras NIIFs. Por ejemplo: p124
·         NIIF 12  requiere que una entidad revele los juicios efectuados para determinar si controla otra entidad
·         NIC 40 requiere revelar los criterios desarrollados por la entidad para distinguir las propiedades de inversión, de las propiedades ocupadas por el propietario, cuando la clasificación de las propiedades sea difícil

Estimaciones que son Fuente de incertidumbres
Una entidad debe revelar información sobre (1) supuestos efectuados acerca del futuro y (2) otras estimaciones que son fuente de incertidumbres al final del período; que tengan un riesgo significativo de ocasionar ajustes materiales al valor contable de los activos y pasivos, dentro el próximo año financiero, p125

Para esos activos y pasivos, las notas deben incluir detalles sobre[*]: p125
[a]    Su naturaleza, y
[b]    Su valor contable al final del periodo.
[*] No aplica para activos y pasivos que se miden al valor razonable usando un precio cotizado en un mercado activo para un activo o pasivo idéntico, p128

Este requerimiento se debe a que la determinación del valor contable de algunos activos y pasivos requiere una estimación del efecto de eventos futuros que son inciertos, al final del período, p126

Ejemplos - el importe recuperable de alguna clase de propiedad, planta y equipo, el efecto de la obsolescencia tecnológica sobre inventarios, provisiones para litigios en curso, p126

A medida que aumente el número de variables y supuestos, que afectan la incertidumbre, los juicios se volverán más subjetivos y complejos, aumentando así la posibilidad de que se produzcan ajustes materiales a los valores contables de los activos y pasivos, p128

Las revelaciones del párrafo 125 deben permitir entender los juicios de la administración, sobre el futuro y sobre otras estimaciones que son fuente de incertidumbres. Por ejemplo: p129
[a]    La naturaleza de los supuestos u otras incertidumbres en la estimaciones;
[b]    La sensibilidad de los valores contables a los métodos, supuestos y estimaciones subyacentes en el cálculo, incluyendo las razones de tal sensibilidad;
[c]    La resolución esperada de una incertidumbre, y el rango de desenlaces razonablemente posibles, dentro del siguiente año financiero, para los valores contables de los activos y pasivos afectados; y
[d]    Explicación de los cambios efectuados a los supuestos pasados, ​​referentes a activos y pasivos, si la incertidumbre continúa sin resolver.

NIC 1 no requiere revelar información presupuestaria o previsiones (forecasts), p130

Impracticabilidad para revelar los efectos
En tales casos, se revelará que es razonablemente posible que los desenlaces que ocurran el siguiente año financiero, que sean diferentes de los supuestos, podrían requerir ajustes materiales al valor contable del activo o pasivo afectado, p131

En todos los casos, se revelará la naturaleza y valor contable de los activos o pasivos específicos, afectados por los supuestos, p131

Otros - Otras NIIF también requieren revelaciones de supuestos, por ejemplo:  p133
·         En circunstancias específicas, NIC 37 requiere revelar supuestos de gran magnitud sobre eventos futuros que afectan las provisiones.
·         NIIF 13 requiere revelar los supuestos significativos (incluyendo técnicas de valoración e inputs) que se usan al medir los valores razonables de los activos y pasivos que se llevan al valor razonable

Capital
Debe revelarse información que permita a los usuarios de los EFs evaluar los objetivos, políticas y los procesos para gestión de capital de la entidad, p134

Para cumplir con el párrafo 134, se revelará lo siguiente: p135
[a]    Información cualitativa sobre sus objetivos, políticas y procesos de gestión de capital, incluyendo:
[i]     Una descripción de lo que administra como capital;
[ii]    Cuando una entidad es sujeta de requerimientos de capital por imposiciones externas, revelará la naturaleza de dichos requerimientos y la forma en que se incorporan a la gestión de capital; y
[iii]   De qué manera cumple sus objetivos de gestión de capital.
[b]    Un resumen de los datos cuantitativos de lo que se gestiona como capital.
Algunas entidades consideran pasivos financieros (por ejemplo, deuda subordinada) como parte del capital.
Otras entidades excluyen del capital algunos componentes del patrimonio (por ejemplo, los componentes por coberturas de flujos de efectivo).
[c]    Las variaciones en [a] y [b] desde el período anterior.
[d]    Si durante el período se han cumplido con los requerimientos de capital por imposiciones externas, a las que la entidad está sujeta.
[e]    Cuando la entidad no ha cumplido con los requerimientos de [d], revelará las consecuencias del no-cumplimiento.

La entidad basará estas revelaciones en la información que suministra internamente al personal clave de la administración, p135

Instrumentos financieros con opción de venta, clasificados como patrimonio
Ver detalle de los requerimientos para estos instrumentos en el párrafo 136A, que no resumimos aquí.

Otras revelaciones
Debe revelarse en notas lo siguiente:
[a]    El importe de dividendos propuestos o declarados, antes que los EFs se autoricen para su emisión, pero que no se han reconocido como distribución a los propietarios durante el período, y el respectivo importe de dividendos por acción; y
[b]    El importe de cualquier dividendo preferente de carácter acumulativo no reconocido.

Además, debe revelarse lo siguiente:
[a]    El domicilio y forma legal de la entidad, el país de constitución y la dirección de su sede social (o lugar principal de actividad, si es diferente de la sede social);
[b]    Una descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad y de sus principales actividades;
[c]    El nombre de la matriz y de la matriz final del grupo; y
[d]    Si se trata de una entidad de vida limitada, revelar su duración

 *  *  *  *  *
TRANSICIÓN Y FECHA DE VIGENCIA
1 de enero de 2009

DEROGACIÓN DE NIC 1 (VERSIÓN 2003)
Esta NIC 1, versión 2005, reemplazó la versión 2003.

APÉNDICE
Modificaciones a otros pronunciamientos

Este Apéndice está en blanco, debido a que desde que se publicó esta NIC, las modificaciones se han incorporado a las NIIF aplicables.


FIN



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Luis R. Espinoza Flores, Derechos Reservados





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