NIC 39 - Instrumentos Financieros: Reconocimiento y
Medición
IAS 39 - Financial Instruments:
Recognition and Measurement
Vigencia
|
Enero de 2005 – Diciembre
2017
(Discontinuada por NIIF 9)
|
Cuerpo de la NIC
|
-Párrafos 1 al 110, y
-Apéndice A (Guía para
aplicación)
|
Material oficial que no
es parte de la NIC
|
-Ejemplo ilustrativo, y
-Guía para implementación
|
Versión original
|
1998
|
Modificación más reciente
|
Marzo 2009
|
Norma asociada
|
NIIF 7 y 9
NIC 32
CINIIF 9, 16 y 19
|
Acerca de esta
NIC
Parte 1 de 2
Ver parte 2,
Contabilidad de coberturas, aquí
El concepto de
Instrumentos financieros es tan amplio que los requerimientos están en 3
normas:
Medición y Reconocimiento NIC
39 / NIIF 9
Revelaciones NIIF
7
Presentación NIC
32
Sobre la NIC 39,
actualmente hay 2 versiones:
·
NIC 39 completa
(Libro Azul), Vigente
·
NIC 39 recortada
(Libro Rojo), aplicable solo si se adopta anticipadamente NIIF 9
La NIIF 9, que
entra en vigencia el 1 de enero de 2018, descontinuará la NIC 39-completa y
deja como opcional una NIC 39-recortada. La NIC 39-recortada (no contiene los
párrafos 10 a 70) podrá seguir aplicándose, aún si una entidad aplica la NIIF
9. Ver más detalles en el párrafo 71 de la NIC 39-recortada (Libro Rojo).
Este resumen sin
embargo, trata de la NIC 39-completa (Libro Azul), o simplemente NIC 39.
En la NIC 39 se definen
las 4 categorías de Instrumentos financieros:
·
Valor
Razonable vía Resultados (VRVR)
·
Inversiones
Mantenidas hasta su vencimiento (IMHV)
·
Préstamos
& Cuentas por cobrar (P&CC)
·
ActFin
disponibles para la venta (ADPV)
Esta NIC 39 define
los requerimientos para los Instrumentos financieros:
·
La
Medición inicial
·
La
Medición posterior de Activos financieros: Valor razonable, Costo amortizado y Costo
·
La
Medición posterior de Pasivos financieros: Costo amortizado, Valor razonable, Otras
bases como NIC 18 y NIC 37
·
Deterioros
(Impairment)
Deterioro e Incobrabilidad de activos financieros – Este
asunto se encuentra en los párrafos 58 a 70, también en los párrafos AG84 a
AG93 (Guía para aplicación). Dichos párrafos tocan específicamente las pautas
para los activos financieros en general, incluyendo la estimación de incobrabilidad.
El párrafo AG92 aclara que cualquiera que sea el modelo
que adopte una entidad para estimar el deterioro, éste no debe contemplar
reconocer una pérdida por incobrabilidad en el momento del reconocimiento inicial
del Activo financiero.
Continuación del involucramiento - Esta NIC 39 tiene un
apartado sobre activos financieros transferidos, donde el involucramiento de
una entidad no ha cesado sino que continúa, o sea hay una continuación del involucramiento. Ver párrafo 30 de NIC 39 y NIIF
7.
Tomar en cuenta también, que cuando NIC 39 o NIIF 7
hablan de activos “transferidos” se refieren a una venta, titulización o
factoring, por ejemplo, pero prefieren usar el término “transferido” o
“transferencia” para poder abarcar todas las formas posibles en que una entidad
puede desprenderse de, o aprovechar, un activo financiero.
Comentarios acerca de la traducción:
·
Los “embedded derivatives” se traducen como
“derivados implícitos” en la traducción oficial de NIC 39, sin embargo, en este
resumen preferimos llamarlos “derivados alojados”.
·
También, en esta
página preferimos usar el término “desreconocimiento” con la misma
intención que en inglés se usa “derecognition”, es decir, para usar un término
que abarque cualquier motivo que conduce a remover de los libros un activo o
pasivo (venta, disposición, castigo, condonación, etc.)
·
Disposición – En
inglés disposal es un término amplio para
referirse a desprenderse de un activo, ya sea por venta, donación, intercambio,
u otra forma, con participación activa de la entidad.
·
Neteos – La traducción
oficial de NIC 39 para Offset es compensar o compensación. Aquí prefiero traducir como netear o neteo.
La NIC 39 se apoya extensamente en la Guía para
aplicación del Apéndice A, haciendo referencia en muchas ocasiones a los
párrafos AG de ese Apéndice (AG = Application Guidance). El Apéndice A es tan
extenso como el cuerpo de la propia NIC, y en esta página no lo resumimos
totalmente, pero al final presentamos una sinopsis como orientación.
Este
Resumen está en el mismo orden de la norma, haciendo referencia al párrafo
respectivo, por ejemplo el párrafo 20, es p20. Para una mejor comprensión y
navegación hemos agregado Títulos
en cursiva cuando lo consideramos necesario. Los títulos en bold son
los originales de la norma.
INICIO
OBJETIVO DE LA NIC 39
Establecer los
principios para el Reconocimiento y Medición de los: p1
·
Activos
Financieros (ActFin)
·
Pasivos
Financieros (PasFin)
·
Algunos
contratos para comprar o vender partidas No-financieras
* *
* *
ALCANCE DE LA NIC 39
Aplica a todas
las entidades, para todo tipo de InstFin, excepto: p2
[a] Participación
en Subsidiarias, Asociadas y Ventures conjuntos, a las cuales les aplica NIIF
10, NIC 27 o NIC 28.
[b] Para
los Derechos y obligaciones según NIC 17, es parcialmente aplicable debido a
que algunas disposiciones de esta NIC aplican a:
[i] Las
cuentas por cobrar por arrendamiento, reconocidos por el arrendador;
[ii] Cuotas
por pagar por arrendamiento financiero reconocidas por el arrendatario; y
[iii] Derivados
alojados en contratos de arrendamiento.
[c] Derechos
y Obligaciones de planes de beneficios para empleados, según NIC 19.
[d] InstFin
emitidos por una entidad, que reúnen la definición de un instrumento de patrimonio
según NIC 32.
[e] Derechos
y Obligaciones resultantes de un contrato de seguros, según se define en la NIIF
4.
[f] Eliminada
[g] Cualquier
contrato de futuro que resultará en una combinación de negocios bajo el alcance
de NIIF 3.
[h] Para
los compromisos de prestar que se registran según NIC 37, es parcialmente
aplicable debido a que algunas disposiciones de esta NIC aplican al
desreconocimiento.
[i] InstFin,
contratos y obligaciones según transacciones de Pagos Basados en Acciones, a
las cuales les aplica NIIF 2.
[j] Derecho
a recibir el reembolso de desembolsos que una entidad está obligada a hacer
para liquidar un pasivo, reconocido según NIC 37.
* *
* *
DEFINICIONES
Definición de las 4 categorías de Instrumentos
financieros, son:
[1] Valor
Razonable vía Resultados (VRVR)
Valor razonable
vía resultados (VRVR), se refiere a InstFin que se valorizan a su Valor
razonable, y las variaciones en cada cierre se reconocen en los Resultados del
periodo (fair value through profit or
loss)
Un ActFin o un PasFin
expresado a VRVR es un ActFin o PasFin que reúne cualquiera de las siguientes
condiciones: p9
[a] La entidad lo ha clasificado como Mantenido para
negociar. Un ActFin o PasFin se clasifica como Mantenido para negociar, si: p9
[i] Se
adquiere o se incurre principalmente con el propósito de venderlo o recomprarlo
en un plazo cercano.
[ii] Al
momento del reconocimiento inicial del ActFin o PasFin, es parte de un
portafolio de InstFin identificables que se gestionan juntos y para los cuales
hay evidencia de un patrón reciente de toma de ganancias en plazos cortos, O
[iii] Es
un Derivado.
Pero un Derivado que no se usa para coberturar riesgos, porque a éstos les
aplica la Contabilidad de Coberturas.
[aa] Es
una contraprestación contingente para quien tiene la condición de comprador, en
una combinación de negocios, a la cual se aplica NIIF 3.
[b] Al
momento de su reconocimiento inicial, la Entidad ha designado el ActFin o
PasFin como VRVR.
Una entidad puede designar un InstFin como VRVR, si:
·
Es
compatible con el párrafo 11A (Derivados alojados)
·
Porque
designándolo como VRVR resulta en una información más relevante, por cualquiera
de estos motivos:
[i] Con
una designación a VRVR se elimina o se reduce significativamente una
inconsistencia de registro o una inconsistencia de medición (llamados mismatch
contables), O
[ii] Un
grupo (de ActFin, PasFin o ambos) se gestiona y su desempeño se evalúa al Valor
razonable (VR), de acuerdo con una gestión documentada del riesgo o con
una estrategia documentada de inversión. Además, la información de ese grupo al
VR, se circula al personal gerencial clave.
La NIIF 7 requiere revelaciones sobre ActFin y PasFin que se han
designado a VRVR, y la manera en que se han satisfecho las exigencias de documentación
recién mencionadas, p9
Las acciones para las que no existe precios publicados en un mercado
activo, y cuyo VR no pueda ser medido confiablemente, no deben designarse a VRVR,
p9
La NIIF 13 (Medición del Valor Razonable) define los requerimientos para
medición al VR, p9
[2] Inversiones
Mantenidas hasta su vencimiento (IMHV)
Las IMHV son ActFin
no-derivados con pagos fijos o determinables y, vencimientos fijos, para las
que la entidad tiene la intención y capacidad de mantener hasta su vencimiento
(Ver párrafos AG16 a AG25 de Apéndice A). No se consideran IMHV: p9
[a] Aquellas
que al momento de su reconocimiento inicial, la entidad las designa a VRVR,
[b] Aquellas
que la entidad designa como Activos Disponibles para la venta (ADPV), Y
[c] Aquellas
que reúnen la definición de Préstamos & Cuentas por cobrar (P&CC)
Como si fuera una
“sanción”, NIC 39 aclara que una entidad no debe clasificar ningún ActFin como mantenido
hasta su vencimiento, si en los 2 años anteriores o en el año corriente, no mantuvo
hasta su vencimiento inversiones que había clasificado como IMHV, ya sea porque
las vendió o las reclasificó a otra categoría de InstFin, p9
Estos casos no
caen en la “sanción”: p9
[a] Las
ventas o reclasificaciones se hacen cerca de su vencimiento o cerca del call
date del ActFin, por ejemplo menos de 3 meses de su vencimiento.
[b] Las
ventas o reclasificaciones ocurren después que la entidad cobró casi todo el
principal del ActFin, O
[c] Las
ventas o reclasificaciones se atribuyen a un evento aislado, fuera del control
de la entidad, no recurrente, que no pudo anticiparse razonablemente.
[3] Préstamos
& Cuentas por cobrar (P&CC)
P&CC
son ActFin no-derivados con pagos fijos o determinables, para los que no existen
precios publicados en un mercado activo, p9
No se consideran
P&CC: p9
[a] Aquellos
ActFin que la entidad:
·
Tiene la
intención de vender inmediatamente o en un plazo cercano. Estos deben
clasificarse como Mantenido para negociar, es decir, se considerarán VRVR.
·
Al
momento de su reconocimiento inicial, los designa como VRVR
[b] Aquellos
ActFin que la entidad, al momento de su reconocimiento inicial, los designa como
ADPV, O
[c] Aquellos
ActFin por los que la entidad puede no recuperar lo invertido, los cuales deben
clasificarse como ADPV.
[4][ ActFin
disponibles para la venta (ADPV)
Los ADPV son (a)
ActFin que no son derivados que se designan como ADPV, o (b) no son P&CC, IMHV o ActFin a VRVR, p9
O sea, ADPV es
una categoría residual, algo así como los “Otros” del grupo de 4 categorías
definidas en NIC 39, p9
* *
* *
DEFINICIONES (continuación)
Definición de Contrato
de garantía financiera
Un contrato de
garantía financiera es un contrato que requiere que el emisor haga pagos
específicos para reembolsar al titular por alguna pérdida, debido a que un
deudor especificado incumplió un pago, p9
Definiciones
relacionadas al Reconocimiento y Medición
Costo amortizado de un ActFin o de un PasFin – p9
·
Es el
importe al cual el ActFin o el PasFin se miden al momento del reconocimiento
inicial, aplicando el método del interés efectivo a cualquier diferencia entre
el importe inicial y el importe al vencimiento
·
El costo
amortizado se reduce por las amortizaciones del principal (lógicamente), así
como también por los deterioros o
incobrables, p9
Método del interés efectivo - Es el método para calcular el Costo amortizado (de un ActFin o de un
PasFin), y que permite asignar el ingreso por interés o el gasto por interés,
en los periodos respectivos, p9
La tasa de
interés efectiva (TIE), es la tasa que descuenta exactamente los pagos o
cobranzas futuros de efectivo, al valor
contable neto del ActFin o PasFin, p9
Para calcular la
TIE, deben estimarse los flujos de efectivo considerando todas las condiciones
contractuales del InstFin, sin considerar en esas estimaciones las pérdidas
crediticias, p9
Desreconocimiento - Es la remoción del Estado de Situación Financiera de un ActFin o PasFin
previamente reconocido, p9
Valor razonable - Es el precio (a la fecha de medición) que se recibiría por vender
un activo o se pagaría para transferir un pasivo, en una transacción ordenada
entre Participantes del mercado (ver NIIF 13), p9
Compra o venta de manera regular -Es una compra o venta de un ActFin según un
contrato cuyos términos requieren la entrega del activo dentro del plazo generalmente
establecido por regulaciones o convención del mercado en cuestión, p9
Costos de transacción - Son los costos incrementales atribuidos directamente a la adquisición,
emisión o disposición de un ActFin o PasFin (ver párrafo AG13 en Apéndice A),
p9
Costo incremental
significa que no se hubiera incurrido, si la entidad no hubiera adquirido, emitido
o dispuesto del InstFin, p9
* *
* *
DERIVADOS ALOJADOS (Embedded derivatives)
Como mencionamos
al inicio de este Resumen, los derivados alojados se traducen como “derivados
implícitos” en la traducción oficial de NIC 39.
Un Derivado
alojado es un componente de un instrumento híbrido o combinado, que incluye un
Contrato anfitrión, que no es un Derivado pero se comporta como tal. Es decir, una
parte de los flujos de efectivo de ese instrumento combinado, cambia de una
manera similar a un Derivado independiente, p10
Un Derivado
alojado genera que los flujos de efectivo del contrato anfitrión puedan
modificarse por una tasa de interés, el precio de un InstFin, el precio de un
commodity, tipo de cambio, u otra variable, p10
Un Derivado
alojado debe separarse del Contrato anfitrión, y contabilizado como un Derivado,
si : p11
[a] Las
características económicas y los riesgos del Derivado alojado y del Contrato
anfitrión, no están estrechamente relacionados (Ver párrafos AG30 y AG33).
[b] Un
instrumento separado con las mismas condiciones del Derivado alojado, reuniría
la definición de un Derivado, Y
[c] El
instrumento híbrido no se mide al Valor razonable, ni se reconocen esas
variaciones en Resultados (en otras palabras, no se separará el derivado alojado
que se lleva como VRVR).
Si el Derivado
alojado se separa, [lo que quede en] el Contrato anfitrión, se registrará
usando las NIIF aplicables (incluyendo esta NIC 39), según los términos del
contrato, p11
*
* * *
RECONOCIMIENTO Y
DESRECONOCIMIENTO
Reconocimiento inicial
Una entidad debe
reconocer un ActFin o un PasFin en el Estado de Situación Financiera, solo
cuando, la entidad se convierte en parte de las condiciones contractuales del
instrumento (ver párrafo 38), p14
Desreconocimiento de un
ActFin
(Más adelante hay
un apartado para Desreconocimiento de un PasFin)
En la práctica,
el desreconocimiento de un ActFin puede ser algo sencillo, por ejemplo, cuando
se cobra una factura o cuando se venden acciones, se está desreconociendo un
ActFin. Pero este apartado de NIC 39, contempla casos especializados o
complejos, en donde el desreconocimiento puede no ser claro, por eso todas las
precauciones que se resumen a continuación.
Los
requerimientos de Desreconocimiento se aplican a nivel de EF consolidados (en
el caso que la entidad prepare EF consolidados), p15
Antes de evaluar
si es apropiado el desreconocimiento y en qué medida, una entidad determina de
la siguiente manera si los párrafos 17 a 23 debieran aplicarse a un ActFin entero
o a una parte
de un ActFin: p16
[a] Los
párrafos 17 a 23 se aplicarán a parte de un ActFin (o grupo de ActFin),
solamente si reúne 3 condiciones:
[i] La
parte bajo evaluación comprende únicamente flujos de efectivo de un ActFin identificados
específicamente.
[ii] La
parte bajo evaluación comprende únicamente una parte proporcional (tipo
prorrata) del flujo de efectivo de un ActFin (o grupo de ActFin).
[iii] La
parte bajo evaluación comprende únicamente una parte proporcional (tipo
prorrata) de un flujo de efectivo específico de un ActFin (o grupo de ActFin).
[b] Los
párrafos 17 a 23 se aplicarán al ActFin entero (o grupos de ActFin), en los demás
casos, distintos a los descritos en [a].
Cuándo se desreconoce un ActFin
Una entidad debe desreconocer
un ActFin, solo si: p17
[a] Expiran
los derechos contractuales de recibir el flujo de efectivo del ActFin, O
[b] Transfiere
el ActFin con las pautas definidas en los párrafos 18 y 19, y la transferencia
califica como desreconocimiento según las pautas del párrafo 20 (Evaluación de
si la entidad retiene los Riesgos & Recompensas)
(Ver párrafo 38, venta regular de ActFin)
Cuándo se considera que hay Transferencia de
un ActFin
Una entidad
transfiere un ActFin en cualquiera de estos 2 casos: p18
[a] Transfiere
sus derechos contractuales de recibir el flujo de efectivo respectivo, O
[b] Retiene
los derechos contractuales de recibir el flujo de efectivo respectivo, PERO
asume una obligación de pagar ese flujo de efectivo a uno o más perceptores, en
un acuerdo que reúne las condiciones del párrafo 19 (ver abajo).
Cuando una
entidad retiene los derechos contractuales
de recibir el flujo de efectivo del ActFin (el activo original), pero asume una
obligación de pagar ese flujo de efectivo a uno o más perceptores (los perceptores
eventuales), entonces la entidad trata esa transacción como una transferencia
de ActFin, solamente si se reúnen las siguientes 3 condiciones: p19
[a] La
entidad no tiene obligación de pagar a los Perceptores eventuales, excepto si
cobra importes equivalentes del activo original.
[b] El
contrato de transferencia prohíbe a la entidad, vender o dar en garantía el
Activo original.
[c] La
entidad tiene la obligación de entregar los flujos de efectivo que cobra por
cuenta de los Perceptores eventuales, sin demoras importantes.
Evaluación de si la entidad retiene los
Riesgos & Recompensas
Cuando una
entidad transfiere un ActFin, debe evaluar la medida en la que retiene los Riesgos
& Recompensas de poseer el ActFin. Se pueden dar estos escenarios: p20
[a] Si
la entidad transfiere sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas de
poseer el ActFin, debe desreconocerlo, y reconocer por separado cualquier
activo o pasivo que surge de la transferencia [1].
[b] Si
la entidad retiene sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas de
poseer el ActFin, debe continuar reconociéndolo [2].
[c] Si
la entidad no transfiere ni retiene sustancialmente todos los Riesgos &
Recompensas de poseer el ActFin, entonces la entidad debe determinar si retiene
el Control del ActFin. Se pueden dar estos escenarios:
[i] Si
la entidad no ha retenido el control, debe desreconocer el ActFin y reconocer por
separado cualquier activo o pasivo que surge de la transferencia [1].
[ii] Si
la entidad sí ha retenido el control, debe
continuar reconociendo el ActFin, en la medida de su involucramiento en
el ActFin. Ver apartado “Continúa el Involucramiento en los activos
transferidos” en párrafo 30 [3].
[1]
Ver párrafo 24 / [2] Ver párrafo 29 / [3] Ver párrafo 30
A menudo
resultará obvio si una entidad ha transferido o retenido sustancialmente todos
los Riesgos & Recompensas de la posesión y no habrá necesidad de realizar
ningún cálculo. En otros casos, será necesario calcular y comparar la
exposición de la entidad a la variabilidad en el valor presente de los flujos
de efectivo netos, antes y después de la transferencia, p22
*
* * *
RECONOCIMIENTO Y
DESRECONOCIMIENTO (cont.)
Desreconocimiento de un
ActFin (cont.)
Transferencias que
califican para ser desreconocidas
[Este apartado
aplica a los casos descritos líneas arriba, en párrafos 20(a) y 20(c)(i) ]
Cuando la entidad presta un servicio de
mantenimiento a un ActFin transferido
Si una entidad
transfiere un ActFin entero, pero retiene el derecho de prestar el servicio de mantenimiento
del activo, por un honorario, debe reconocer (1) un activo por mantenimiento o
un (2) pasivo por ese contrato de mantenimiento, p24.
Si el honorario a
recibir no compensará adecuadamente el servicio que prestará la entidad, debe
reconocerse un pasivo por la obligación de prestar el servicio, al Valor
razonable, p24
Si el honorario a
recibir compensa más que adecuadamente el servicio que prestará la entidad, debe
reconocerse un activo por el derecho de prestar el servicio, por un importe
determinado en base a la asignación del valor contable del ActFin explicado abajo
en párrafo 27, p24
Si como resultado
de una transferencia, se desreconoce un ActFin entero, pero como consecuencia
la entidad obtiene un nuevo ActFin o asume un nuevo PasFin, o un pasivo por
servicio de mantenimiento, entonces la entidad debe reconocer el nuevo ActFin,
PasFin o pasivo por el servicio de mantenimiento, al Valor razonable, p25
Tratamiento contable del
desreconocimiento de un ActFin
Al momento del desreconocimiento
de un ActFin entero, la diferencia entre los siguientes importes, debe
reconocerse en Resultados: p26
[a] El
valor contable, Y
[b] La
suma de:
[i] La
contraprestación recibida (incluyendo cualquier nuevo ActFin, menos cualquier
nuevo PasFin asumido), Y
[ii] Cualquier
ganancia o pérdida acumulada que había sido reconocida en Otro Resultado
integral (siguiendo las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas en
párrafo 55b).
Tratamiento contable del
desreconocimiento de parte de un ActFin
Si el activo
transferido es parte de una ActFin más grande, y la parte transferida califica
para desreconocimiento entero, entonces el valor contable del ActFin más
grande, debe asignarse entre: la parte que continúa siendo reconocida y la
parte que se está desreconociendo, basado en sus valores razonables relativos,
a la fecha de la transferencia, p27
Para este fin, cualquier
activo por el derecho de prestar el servicio, debe tratarse como la parte que
continúa siendo reconocida, p27
La diferencia
entre los siguientes importes, debe reconocerse en
Resultados: p27
[a] El
valor contable asignado a la parte desreconocida, Y
[b] La
suma de:
[i] La
contraprestación recibida por la parte desreconocida (incluyendo cualquier
nuevo ActFin, menos cualquier nuevo PasFin asumido), Y
[ii] Cualquier
ganancia o pérdida acumulada, que había sido reconocida en Otro Resultado
integral (siguiendo las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, en
párrafo 55b).
*
* * * *
RECONOCIMIENTO Y
DESRECONOCIMIENTO (cont.)
Desreconocimiento de un
ActFin (cont.)
Transferencias que no
califican para ser desreconocidas
[Este apartado
aplica al caso descrito líneas arriba, en párrafo 20(b) ]
Si una transferencia
no resulta en desreconocimiento porque la entidad ha retenido sustancialmente
todos los Riesgos & Recompensas de poseer el activo, la entidad debe
continuar reconociendo el activo transferido enteramente, y debe reconocer un PasFin
por la contraprestación recibida, p29
En periodos
posteriores, la entidad debe reconocer cualquier ingreso por el activo
transferido, y cualquier gasto incurrido por el PasFin, p29
Continúa el Involucramiento
en los activos transferidos
[Este apartado
aplica al caso descrito líneas arriba, en párrafo 20(c)(ii) ]
Si una entidad no
transfiere ni retiene sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas del activo
transferido, y además retiene el Control del activo transferido, entonces la
entidad continúa reconociendo el activo
transferido, en la misma medida que continúe su
involucramiento, p30
Medida en que la entidad continua involucrada
en el activo transferido,
es aquella en la cual está expuesta a los cambios en el valor del activo
transferido. Por ejemplo, en una garantía sobre un activo transferido, la
medida del involucramiento es el menor entre: (i) el importe del activo y (ii) la contraprestación recibida, el máximo
importe que podrían exigirle a la entidad que devuelva (“el importe
garantizado”), p30
La entidad debe
continuar reconociendo los ingresos del activo transferido en la medida que
continúa su involucramiento, y debe reconocer cualquier gasto incurrido por
algún pasivo asociado, p32
Para propósitos
de mediciones subsecuentes, los cambios reconocidos en el Valor razonable del
activo transferido y algún pasivo asociado, son contabilizados según las pautas
generales del apartado Ganancias y Pérdidas (párrafo 55), y no deben ser neteados,
p33
Si la entidad
continúa involucrada en solo una parte del ActFin, el valor contable del
ActFin, debe asignarse entre: la parte que continúa reconociendo, porque
continúa su involucramiento, Y la parte desreconocida, basado en sus Valores
razonables relativos, a la fecha de la transferencia, p34
Tratamiento contable
La diferencia
entre [a] y [b], debe reconocerse en Resultados:
p34
[a] El
valor contable asignado a la parte desreconocida, Y
[b] La
suma de:
[i] La
contraprestación recibida por la parte desreconocida, Y
[ii] Cualquier
ganancia o pérdida acumulada, que había sido reconocida en Otro Resultado
integral, según la pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo
55(b)
Aplicable a todas las
transferencias de ActFin
Neteos
Si un activo
transferido continúa siendo reconocido, el activo y el pasivo asociado, no
deben netearse (offset), p36
Del mismo modo,
la entidad no debe netear ningún ingreso que surge del activo transferido, con
ningún gasto incurrido por el pasivo asociado (ver NIC 32, párrafo 42), p36
Colaterales
Si la
transferente entrega a la transferida colaterales que no son en efectivo (por
ejemplo, bonos o acciones), la contabilización del colateral para la
transferente y la transferida depende de si (1) la transferida tiene derecho de
vender o poder usar el colateral como garantía, y, si (2) la transferente tiene
incumplimientos, p37
La transferente y
la transferida deben contabilizar el colateral de la siguiente manera: p37
[a] Si
la transferida tiene el derecho por contrato o uso, de vender o poder usar el
colateral como garantía, entonces la transferente debe reclasificar ese activo
en su estado de situación financiera en un rubro separado de activo. Por ejemplo,
activos prestados, instrumentos en garantía.
[b] Si
la transferida vende el colateral que recibió en garantía, debe reconocer la
venta y un pasivo al Valor razonable, por su obligación de devolver el
colateral.
[c] Si
la transferente incumple el contrato, y ya no tiene derecho a recuperar el
colateral, debe desreconocer el colateral, y la transferida debe reconocer el
colateral como activo suyo, inicialmente medido a valor razonable, o, si ya
vendió el colateral, desreconocer la obligación de devolverlo.
[d] Excepto
por lo señalado en [c], el transferente debe continuar arrastrando el colateral
como activo suyo, y la transferida no debe reconocer el colateral como un
activo.
*
* * *
RECONOCIMIENTO Y
DESRECONOCIMIENTO (cont.)
Compra o Venta de
manera regular, de un ActFin
Una Compra o Venta
de manera regular de ActFin’s debe reconocerse y desreconocerse, usando (1) la Contabilización
de la Fecha de negociación o (2) la Contabilización de la Fecha de liquidación
(Guía para aplicación en Apéndice A, párrafos AG53–AG56), p38
Las 2 alternativas mencionadas se explican en la Guía para aplicación,
párrafos AG53 a AG56:
·
Fecha de
negociación – Es la fecha en que la entidad se compromete a comprar o vender un
activo.
·
Fecha de
liquidación – Es el día en que el activo es entregado a/por la entidad.
Desreconocimiento de un
PasFin
(Líneas arriba
hay un apartado para desreconocimiento de ActFin)
Una entidad debe
remover de su Estado de Situación Financiera un PasFin (o parte de un PasFin), únicamente
cuando se ha extinguido, es decir, cuando la obligación especificada en el
contrato se ha pagado, revocado o expirado (discharged
or cancelled or expires), p39
·
Un
intercambio de instrumentos de deuda entre un prestamista y un prestatario,
cambiando sustancialmente las condiciones originales, debe contabilizarse como
extinción del PasFin original, y el reconocimiento de un nuevo PasFin, p40
·
Una
modificación sustancial de las condiciones de un PasFin existente, o a una
parte de él, debe contabilizarse como una extinción del PasFin original y el reconocimiento
de un nuevo PasFin, p40
Tratamiento contable
La diferencia
entre (1) el valor contable de un PasFin (o parte de él), extinguido o
transferido a terceros, y (2) la contraprestación pagada, debe reconocerse en Resultados, p41
Recompra parcial de un PasFin
Si una entidad
recompra parte de un PasFin, debe asignar el valor contable del PasFin
existente, entre la parte que continúa siendo reconocida, y la parte que se desreconoce,
basada en el Valor razonable relativo de dichas partes a la fecha de la
recompra, p42
La diferencia
entre los siguientes importes, debe reconocerse en
Resultados: p42
[a] El
valor contable asignado a la parte desreconocida, Y
[b] La
contraprestación pagada por la parte desreconocida
*
* * *
MEDICIÓN
Medición Inicial de
ActFin’s y PasFin’s
En el
reconocimiento inicial, un ActFin o un PasFin deben medirse de la siguiente
manera: p43
·
Los
ActFin y los PasFin designados a VRVR (Valor razonable vía Resultados): Al
Valor Razonable
·
El resto
de ActFin y PasFin: Se miden al Valor Razonable
+ Costo de Transacción
Sin embargo, si
en el momento del reconocimiento inicial, el Valor razonable del ActFin o del
PasFin es diferente del precio de la transacción, la entidad debe aplicar la
orientación del párrafo AG76, p43A
Si una entidad usa
la Fecha de liquidación, para contabilizar un activo que posteriormente se
medirá al Costo o al Costo Amortizado, entonces, el activo se reconoce
inicialmente a su Valor razonable en la Fecha de negociación, p44
Fecha de Negociación y Fecha de Liquidación se definen en los párrafos
AG53-AG56:
Fecha de negociación – Es la fecha en que la
entidad se compromete a comprar o vender un activo.
Fecha de liquidación – Es el día en que el activo es entregado a/por la
entidad
*
* * *
MEDICIÓN (cont.)
Medición posterior de
Activos Financieros
Después del
reconocimiento inicial, las siguientes 4 categorías se miden como sigue.
La NIC 39 aclara
que las siguientes categorías se usan para fines de medición y reconocimiento
en Resultados, pero la entidad puede usar otras descripciones en sus EF: p45 y
p46
[a] ActFin al VRVR (Valor razonable vía resultados)
Se
miden al Valor razonable
Aplica
para derivados o No-Derivados
[b] IMHV (Inversiones mantenidas hasta su vencimiento)
Se
miden al Costo amortizado, usando el método del interés efectivo
[c] P&CC (Préstamos & Cuentas por cobrar)
Se
miden al Costo amortizado, usando el método del interés efectivo
[d] ADPV (ActFin disponibles para la venta)
Se
miden al Valor razonable
Se
miden al Costo en los casos de acciones que no tienen precios publicados en un
mercado activo y su Valor razonable tampoco puede medirse confiablemente,
p46(c)
Inversiones en acciones
Las inversiones
en acciones, por sus características solo pueden clasificarse como VRVR o ADPV (lógicamente, no pueden clasificarse
como IMHV ni P&CC, porque una acción no tiene vencimiento ni pagos
determinables).
Pero en el caso
de acciones que no tienen precios publicados en un mercado activo, y, su Valor
razonable tampoco puede medirse confiablemente, deben medirse al Costo (es
decir, se descarta clasificarlo como VRVR) (ver AG80 y AG81), p46(c).
Activos financieros que se usan para
coberturar riesgos
Los ActFin que se
han designado como Instrumentos de cobertura, se miden con un juego de reglas
especial: Contabilidad de coberturas (párrafos 89-102), p46
Deterioro
Todos los ActFin’s,
excepto a los medidos a VRVR, están sujetos a revisión por deterioro de acuerdo
con los párrafos 58-70 y AG84-AG93, p46
*
* * *
MEDICIÓN (cont.)
Medición posterior de
Pasivos Financieros
Después del
reconocimiento inicial, una entidad debe medir todos los PasFin’s al Costo amortizado, usando el método del interés
efectivo, excepto en estos casos: p47
[a] PasFin a VRVR
Se
miden al Valor razonable
Aplica
para derivados o No-Derivados
[b] PasFin que surgen de una transferencia de ActFin
Se
miden según el apartado de transferencias. Ver arriba párrafos 29 a 31.
[c] Contratos de garantía financiera
Se
miden al mayor entre estos dos valores:
[i] El
importe determinado según NIC 37, Y
[ii] El
importe reconocido inicialmente (ver párrafo 43), y, de ser aplicable, menos las
amortizaciones acumuladas reconocidas según NIC 18.
[d] Compromisos para proveer un préstamo a una tasa de interés por
debajo del mercado
Se miden al mayor entre estos dos valores:
[i] El
importe determinado según NIC 37
[ii] El
importe reconocido inicialmente (ver párrafo 43), y, de ser aplicable, menos las
amortizaciones acumuladas reconocidas según NIC 18.
Pasivos financieros que son Partidas
coberturadas
Los PasFin
designados como Partidas coberturadas, se miden con un juego de reglas
especial: Contabilidad de coberturas (párrafos 89-102), p47
*
* * *
MEDICIÓN (cont.)
Reclasificaciones
La normatividad
sobre Reclasificaciones de la NIC 39 está más orientada a restringir las reclasificaciones
que a permitirlas. En el texto es frecuente
encontrar “una entidad no debe”.
Una entidad: p50
[a] No
debe reclasificar un derivado fuera de la categoría VRVR,
[b] No
debe reclasificar ningún InstFin fuera de la categoría VRVR, si en el momento
del reconocimiento inicial fue designado por la entidad como VRVR, Y
[c] Puede
reclasificar un ActFin fuera de VRVR, si:
·
Ya no
mantiene ese ActFin con la intención de venderlo o recomprarlo en un plazo
cercano, y
·
Reúne
los requerimientos de lo que se considera raros casos en que se produce una
reclasificación, explicados en párrafos 50B o 50D.
Además, una
entidad no debe reclasificar ningún InstFin dentro de la categoría VRVR,
después del reconocimiento inicial, p50
Cambios en circunstancias vs Reclasificaciones
Los siguientes
son Cambios en circunstancias, o sea no son Reclasificación de categorías: p50A
[a] Un
derivado que previamente fue un Instrumento de Cobertura designado y efectivo
(de Flujo de Efectivo o de Inversión neta en un negocio en el extranjero), pero
que deja de calificar para tal función.
[b] Un
derivado se convierte en un Instrumento de Cobertura designado y efectivo (en
este caso lógicamente, empezará a aplicarse la Contabilidad de Coberturas).
[c] En
una compañía de seguros, reclasificación de ActFin’s cuando cambia sus
políticas contables, según el párrafo 45 de NIIF 4.
Raros casos en que se produce una
reclasificación
Reclasificar un
ActFin fuera de la categoría VRVR, es una rara circunstancia, p50B
Pero NIC 39 no da ejemplos de cuáles pueden ser esos casos.
Reclasificación fuera de VRVR
Pero, si se dan
esas raras circunstancias en que un ActFin sale de la categoría VRVR, debe
observarse lo siguiente: p50C
·
El
ActFin debe reclasificarse al Valor razonable del día de la reclasificación.
·
El Valor
razonable del día de la reclasificación de ese ActFin, se convierte en su nuevo
Costo o Costo amortizado.
·
Cualquier
ganancia o pérdida que se reconoció en Resultados, no debe reversarse
Reclasificación de VRVR a P&CC
Cuando la
reclasificación es porque el ActFin reúne la definición de P&CC:
·
Puede
reclasificarse fuera de VRVR, si la entidad tiene la intención y capacidad de
mantener el ActFin en un futuro previsible, o hasta su vencimiento, p50D
·
La
reclasificación debe hacerse al Valor razonable de la fecha de reclasificación,
p50F
·
Cualquier
ganancia o pérdida que ya fue reconocida en Resultados, no debe reversarse,
p50F
·
El Valor
razonable se convierte en el nuevo Costo amortizado, p50F
Reclasificación de ADPV a P&CC
Un ActFin
clasificado como ADPV, que haya reunido la definición de P&CC:
·
Puede
reclasificarse fuera de la categoría ADPV a la categoría P&CC, si la
entidad tiene la intención y capacidad de mantener el ActFin en un futuro
previsible, o hasta su vencimiento, p50E
·
La
reclasificación debe hacerse al Valor razonable de la fecha de reclasificación,
p50F
·
El Valor
razonable se convierte en el nuevo Costo amortizado, p50F
·
Cualquier
ganancia o pérdida que fue reconocida en Otro Resultado integral (según las
pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo 55b), debe
contabilizarse según las reglas en párrafo 54, p50F
Párrafos aplicables a IMHV
Si, como
resultado de un cambio en la intención o capacidad, ya no es apropiado
clasificar una inversión como IMHV, debe reclasificarse como ADPV, y medida a
su Valor razonable, y la diferencia entre el Valor contable y el Valor
razonable debe contabilizarse según las pautas generales del apartado Ganancias
y Pérdidas, párrafo 55b, p51
Sanción
Si se incumplen
los requerimientos de las IMHV (párrafo 9), debido a ventas o reclasificaciones,
entonces el saldo restante de IMHV debe reclasificarse como ADPV. La diferencia
entre el valor contable y el valor razonable debe contabilizarse según las
pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo 55b, p52
La Información para medición confiable ya
está disponible
Si una medición
confiable ya está disponible para un ActFin o un PasFin, donde previamente no
estaba disponible, y se requiere que el Activo o Pasivo se mida a Valor
razonable (ver párrafos 46(c) y 47), el Activo o Pasivo debe entonces volver a ser medido, esta vez a
Valor razonable, y la diferencia entre el Valor contable y ese Valor razonable,
debe contabilizarse según las pautas generales del apartado Ganancias y
Pérdidas, párrafo 55, p53
Casos en que llevar al Costo o Costo
amortizado es más apropiado
Si debido a los
siguiente casos, resulta más apropiado llevar un ActFin o un PasFin al Costo o
Costo amortizado en reemplazo del Valor razonable, entonces el Valor razonable
se convierte en el nuevo Costo o Costo amortizado del ActFin o del PasFin: p54
·
Como
resultado de un cambio en la intención o capacidad
·
En la
rara circunstancia que una medición confiable a valor razonable ya no esté
disponible (ver párrafos 46(c) y 47)
·
Porque en
el caso de una IMHV, han transcurrido los 2 años de “sanción” establecidos en
el párrafo 9.
Cualquier previa
ganancia o pérdida en el activo, que se reconoció en Otro Resultado Integral (según
las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas del párrafo 55b), deberá
contabilizarse según las pautas del párrafo 54 (que no resumimos aquí).
*
* * *
MEDICIÓN (cont.)
Ganancias y Pérdidas (gains and losses)
Reconocimiento de los cambios en los Valores
razonables
Una ganancia o
pérdida que surge de cambios en el Valor razonable de un ActFin o de un PasFin debe
reconocerse de la siguiente manera (para coberturas, aplica Contabilidad de
coberturas): p55
[a] Para
los clasificados como VRVR – Las ganancias o
pérdidas por cambios en el Valor razonable, deben reconocerse en Resultados.
[b] Para
los clasificados como ADPV -
·
Las
ganancias o pérdidas por cambios en el Valor razonable, deben reconocerse en Otro Resultado Integral (hasta que el ActFin se
desreconozca)
·
Las
pérdidas por deterioro, en Resultados (ver
párrafos 67 a 70)
·
Las
diferencias en cambio, en Resultados (ver
AG83)
Cuando se desreconoce un ADPV, la ganancia o pérdida acumulada,
previamente reconocida en ORI, debe reclasificarse de
Patrimonio a Resultados vía Ajuste reclasificador (ver explicación de
ajustes reclasificadores en párrafo 93 de NIC 1).
Intereses y Dividendos
Los intereses calculados de un ADPV usando el método del interés efectivo,
se reconocen en Resultados (ver NIC 18).
Los dividendos de acciones en ADPV se reconocen en
Resultados, cuando el derecho a recibir el pago se ha establecido (ver
NIC 18).
InstFin que se llevan al Costo amortizado
Para los ActFin y
los PasFin que se llevan al Costo amortizado (ver pautas en párrafos 46 y 47),
se reconoce en Resultados la ganancia o
pérdida cuando el ActFin o PasFin es desreconocido, o deteriorado, y también a
través del proceso de amortización, p56
Sin embargo, para
los ActFin o PasFin que están en calidad de Partidas coberturadas, la
contabilización de las ganancias o pérdidas se hace usando las reglas de la Contabilidad
de coberturas, p56
Cambios entre la Fecha de Negociación y Fecha
de Contabilización
Para activos que se llevan al Costo o al Costo amortizado
Si una entidad
reconoce los ActFin usando la contabilización de la Fecha de liquidación, cualquier cambio en el Valor razonable entre la
Fecha de negociación y la Fecha de liquidación, no
se reconoce si se trata de activos que se llevan al Costo o al Costo
amortizado, p57
Cambios entre la Fecha de Negociación y Fecha
de Contabilización
Para activos que se llevan al Valor razonable
En cambio, para
activos que se llevan al Valor razonable, el cambio en el Valor razonable debe reconocerse en
Resultados o en Otro Resultado Integral,
según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, del párrafo 55.
*
* * *
MEDICIÓN (cont.)
Deterioro e
Incobrabilidad de ActFin’s
Al final de cada periodo
de reporte, una entidad debe evaluar si existe evidencia objetiva de que algún
ActFin o un Grupo de ActFin, esté deteriorado, p58
Si esa evidencia
existe, para determinar la pérdida por deterioro, la entidad debe aplicar los
siguientes párrafos: p58
·
Para ActFin’s
llevados al Costo amortizado, párrafo 63
·
Para ActFin’s
llevados al Costo, párrafo 66
·
Para ADPV,
párrafo 67
Existe deterioro
en un ActFin o en un grupo de ActFin, únicamente si: p59
·
Hay
evidencia objetiva de deterioro como resultado de uno o más eventos ocurridos
después del reconocimiento inicial, al que NIC 39 llama el “Evento de pérdida”,
Y
·
El
impacto de ese Evento (o eventos) puede medirse confiablemente
Ejemplos de Eventos de pérdida: p59
[a] Dificultades
financieras importantes del emisor o deudor
[b] Incumplimiento
del contrato, tales como impagos o retrasos, ya sea por intereses o principal
[c] El
prestamista, por razones económicas o legales relacionadas con las dificultades
económicas del deudor, le otorga facilidades que no hubiera considerado en
otras circunstancias.
[d] Se
va haciendo probable que el deudor entrará en bancarrota o en otra
reorganización financiera.
[e] La
desaparición de un mercado activo para el ActFin, debido a dificultades económicas,
O
[f] Data
observable que indica que existe una disminución medible en los flujos de
efectivo estimados, para un grupo de ActFin [*],
desde el reconocimiento inicial de esos Activos, a pesar de que la disminución
no puede todavía ser identificada con los ActFin individuales de ese grupo. En
este concepto se incluye:
[i] Cambios
adversos en los pagos de los deudores del grupo de ActFin. Por ejemplo, aumento
en la cantidad de pagos atrasados o un aumento en la cantidad de tarjetas de
crédito que han alcanzado su límite de crédito, y por eso están pagando el
mínimo importe mensual, O
[ii] Condiciones
económicas locales o nacionales, que se correlacionan con impagos. Por ejemplo,
aumento en la tasa de desempleo, disminución en la venta de propiedades con
hipoteca, disminución en el precio del petróleo (en el caso de préstamos a
empresas de petróleo), o cambios adversos en la industria de los deudores.
[*]
Este descripción usualmente se corresponde con las carteras
de facturas por cobrar con gran número de clientes. Por eso se hace
mención a los activos individuales.
No son evidencia de deterioro, p60
·
La
desaparición de un mercado activo, debido a que los InstFin de una entidad ya
no se negocian públicamente, no es evidencia de deterioro.
·
Una
degradación en el rating crediticio, no es evidencia de deterioro por sí mismo,
pero podría serlo si se considera con otra información disponible.
·
La caída
en el Valor razonable por debajo del Costo o Costo amortizado de un ActFin, no
es necesariamente evidencia de deterioro. Por ejemplo, el caso del Valor
razonable de un bono, que cae por efecto de un aumento en la tasa libre de
riesgo.
Son evidencia de deterioro, p61
·
Se
considera evidencia objetiva de deterioro de acciones, la información sobre
cambios importantes con efecto adverso, ocurridos en el entorno tecnológico, de
mercado, económico o legal, en el que opera el emisor, que puedan indicar que
el costo de esa inversión en acciones puede no recuperarse.
·
También
es evidencia objetiva de deterioro, una caída importante o prolongada en el
Valor razonable, por debajo del Costo de una inversión en acciones.
Uso del juicio, p62
·
En
algunos casos puede haber limitaciones en la información observable requerida
para estimar la pérdida por deterioro de un ActFin, o la información observable
ya no es relevante para las circunstancias actuales. Por ejemplo, el caso de un
deudor con dificultades financieras, en donde hay poca información histórica
disponible de deudores similares. En tales casos, la estimación de la pérdida
por deterioro depende del juicio de la entidad.
·
El uso
del juicio también es aplicable cuando la entidad debe ajustar
información observable [*] a un grupo de ActFin,
para reflejar las circunstancias actuales (ver párrafo AG89 en la Guía para
aplicación del Apéndice A)
[*] Ver NIIF 13, sobre “ajuste de información
observable”. El juicio que hay que aplicar es por supuesto el de los expertos
de la entidad. En el caso de una cartera con gran cantidad de clientes, será
por ejemplo, el responsable de créditos y cobranzas.
*
* * *
MEDICIÓN (cont.)
Deterioro e
Incobrabilidad de ActFin’s (cont.)
ActFin llevados al
Costo amortizado
Cálculo del deterioro
Si hay evidencia
objetiva que existe una pérdida por deterioro en P&CC o en IMHV, que se llevan al Costo amortizado,
la pérdida se determina como la diferencia entre (1) el valor contable y (2) el
Valor presente de los flujos de efectivo estimados, descontados a la tasa
efectiva de interés original del ActFin, p63
Registro
del deterioro
El valor contable
del Activo, debe reducirse, ya sea directamente al saldo o a través de una
cuenta de valuación (allowance account), y debe reconocerse en Resultados, p63
Evaluación individual vs Evaluación colectiva
Una entidad
primero evalúa si existe evidencia objetiva de deterioro (1) individualmente
para ActFin que son importantes individualmente, y (2) individualmente o
colectivamente para ActFin que individualmente no son importantes (ver párrafo
59), p64
Evaluación
individual y colectiva
Si una entidad
determina que no existe evidencia objetiva de deterioro para un ActFin evaluado individualmente, sea importante o no,
incluye ese activo en un grupo de ActFin con características similares de
crédito y los evalúa colectivamente por deterioro, p64
[Ver también párrafo
AG87]
Solo
evaluación individual
Los activos que
son evaluados individualmente por deterioro, y para los cuales se reconoce una
pérdida o se continúa reconociendo una pérdida por deterioro, no se incluyen en
una evaluación colectiva de deterioro, p64
Reversión de deterioros
Si en un periodo
posterior, la pérdida disminuye, y la disminución puede relacionarse
objetivamente con un evento que ocurrió después que se reconoció el deterioro
(por ejemplo, una mejora en el rating crediticio del deudor), la pérdida por
deterioro reconocida previamente, debe reversarse, p65
Esa reversión no
debe resultar en un valor contable del ActFin por encima del valor que hubiera
tenido a la fecha de la reversión, si no se hubiera reconocido un deterioro,
p65
La reversión debe
reconocerse en Resultados, p65
*
* * *
MEDICIÓN (cont.)
Deterioro e
Incobrabilidad de ActFin’s (cont.)
ActFin llevados al
Costo
Cuando exista
evidencia objetiva de deterioro: p66
·
En acciones
que no tienen precios publicados en un mercado activo, y las acciones no se
llevan a Valor razonable porque no puede estimarse confiablemente, O
·
En un
Activo derivado que está ligado a esa acción, que además debe liquidarse
mediante la entrega de esa acción,
La pérdida por
deterioro es la diferencia entre (1) el Valor contable del ActFin y (2) el
Valor presente de los flujos de efectivo estimados, descontados a la tasa de
retorno del mercado para un ActFin similar, p66
No hay reversión de deterioros
Los deterioros de
ActFin llevados al Costo no deben reversarse, p66
Activos clasificados
como ADPV
Cuando una caída
en el Valor razonable de un ActFin clasificado como ADPV, se ha reconocido en Otro
Resultado Integral (ORI) y, existe evidencia objetiva del deterioro del
Activo (ver ejemplos en párrafo 59), la pérdida acumulada reconocida en ORI debe
reclasificarse del Patrimonio a Resultados,
mediante un Ajuste reclasificador, aún si el ActFin no se ha desreconocido,
p67
La pérdida
acumulada que se reclasifique del Patrimonio a Resultados, debe ser la
diferencia entre (1) el Costo de adquisición (neto de pagos del principal y
amortizaciones, lógicamente) y (2) el Valor razonable corriente, menos
cualquier pérdida por deterioro reconocida previamente en Resultados por ese
ActFin, p68
Inversión en acciones - No hay reversión de
deterioros
Las pérdidas por
deterioro reconocidas en Resultados por una inversión en acciones, clasificada
como ADPV, no debe reversarse vía Resultados, p69
Instrumentos de deuda – Sí hay reversión de
deterioros
Si en un periodo
posterior, aumenta el Valor razonable de un instrumento de deuda clasificado
como ADPV, y el aumento puede relacionarse objetivamente con un evento que
ocurrió después que se reconoció el deterioro en Resultados, el deterioro debe
reversarse en Resultados, p70
* *
* *
COBERTURAS
La sección de
Coberturas de la NIC 39, va desde el párrafo 71 al párrafo al párrafo 102 se
encuentra en un post separado. Ver nuestro post NIC 39, Contabilidad de
Coberturas.
Instrumentos de
cobertura
Instrumentos que califican, p72
Designación de Instrumentos de
cobertura, p74
Partidas
coberturadas
Partidas que califican, p78
Designación de partidas
financieras como Partidas coberturadas, p81
Designación de partidas no-financieras
como Partidas coberturadas, p82
Designación de grupos de
partidas, como Partidas coberturadas, p83
Contabilidad de
Coberturas, p85
Coberturas de valor razonable,
p89
Coberturas de flujos de efectivo,
p95
Coberturas de Inversión neta,
p102
* * * *
FECHA EFECTIVA Y
TRANSICIÓN
1 de enero de
2005.
FIN
de NIC 39
A continuación Sinopsis del Apéndice A
Apéndice A
Guía para aplicación
El Apéndice A es parte integral de NIC 39
Alcance, AG1 a AG4A
Este apartado es
una ampliación de los párrafos 2 a 7 del cuerpo de la NIC 39
Definiciones, AG4B a AG4K
Este apartado es
una ampliación de los párrafos 8 y 9 del cuerpo de la NIC 39
·
Designación
a VRVR
·
Tasa de
interés efectiva
·
Derivados
·
Costos
de transacciones
·
ActFin y
PasFin Mantenidos para negociar
·
IMHV
·
P&CC
Derivados alojados, AG27 a AG33B
Este apartado es
una ampliación de los párrafos 10 a 13 del cuerpo de la NIC 39
·
Instrumentos
que contienen derivados alojados
Reconocimiento y
desreconocimiento, AG34 a
AG63
Este apartado es
una ampliación de los párrafos 14 a 42 del cuerpo de la NIC 39
·
Reconocimiento
inicial
·
Desreconocimiento
de un ActFin
·
Transferencias
que reúnen condiciones para desreconocimiento
·
Transferencias
que no reúnen condiciones para desreconocimiento
·
Continúa
el Involucramiento en activos transferidos
·
Aplicable
a todas las transferencias
·
Ejemplos
·
Compra o
Venta de manera regular, de un ActFin
·
Desreconocimiento
de un PasFin
Medición, AG64 a AG93
Este apartado es
una ampliación de los párrafos 43 a 70 del cuerpo de la NIC 39
·
Medición
inicial de ActFin’s y PasFin’s
·
Medición
posterior de ActFin’s
·
Mercado
no activo: Acciones
·
Ganancias
y pérdidas (Gains and losses)
·
Deterioro
e incobrabilidad de ActFin’s
ActFin
al Costo amortizado (párrafos 63 a 65)
Sobre la tasa de descuento, pAG84:
Para fines de
determinar el deterioro de un ActFin al costo amortizado, NIC 39 contempla el
descuento de los flujos de efectivo (de un préstamo por cobrar, una cuenta por
cobrar o una IMHV), usando las tasas de descuento originales del ActFin. Ver
mayores precisiones en el texto original, párrafo AG84
Como una alternativa
práctica, el deterioro de un ActFin (que está al costo amortizado) puede
medirse al Valor razonable, usando un precio de mercado observable, pAG84
Sobre garantías
En los casos de ActFin
con colateral, el cálculo del valor presente de los flujos de efectivo futuros (FE-Futuros)
estimados, tomará en cuenta los flujos de efectivo provenientes de ejecutar el colateral (foreclosure), menos, los costos de obtener
y vender el colateral (independientemente de si el foreclosure es probable o no), pAG84
Universo sujeto de evaluación
El proceso para
estimar el deterioro considerará todas las exposiciones crediticias, no sólo
las de baja calidad crediticia. Por ejemplo, si una entidad usa un sistema
interno de calificación crediticia, el sistema recogerá todas las
calificaciones crediticias, no sólo las que reflejan un deterioro severo de
crédito, pAG85
Estimaciones y Cortes
El proceso para
estimar la pérdida por deterioro puede resultar en un solo importe o en un
rango de importes posibles. En este último caso, la pérdida a reconocer será la
mejor estimación dentro del rango, teniendo en cuenta toda la información relevante
disponible antes de que los EF se emitan, sobre condiciones existentes al final del período (es decir no se analiza información sobre condiciones que surgieron
después del final del periodo), pAG86
Agrupaciones para evaluaciones colectivas
A efectos de una
evaluación colectiva del deterioro, los ActFins se agruparán según características similares de riesgo crediticio,
que sean indicativas de la capacidad de los deudores de pagar los importes
adeudados (de acuerdo con los términos contractuales), pAG87
Por ejemplo, tipo
de activo, industria, ubicación geográfica, el tipo de colateral, status de
vencimiento y otros factores relevantes, pAG87
Sin embargo, las
probabilidades de pérdida y otras estadísticas de pérdidas, difieren a nivel de
grupo entre (a) activos que han sido evaluados individualmente por deterioro y
que se encontró que no estaban deteriorados y (b) activos que no han sido
evaluados individualmente por deterioro, y que pueden requerir un importe
diferente por deterioro. Por lo tanto, si una entidad no tiene un grupo de
activos con similares características de riesgo, no efectuará la evaluación
adicional, pAG87 (se refiere al párrafo 64).
Filtración de pérdidas evaluadas
individualmente
El Grupo que se
evalúa colectivamente se determina de la siguiente manera: pAG88
·
Un Grupo
contiene activos que Individualmente son importantes + activos que Individualmente
no son importantes
·
Tan
pronto como se disponga de información que identifique específicamente las
pérdidas en activos deteriorados individualmente[*], esos activos se remueven del grupo.
·
El Grupo
así rebajado será el que se evaluará colectivamente, y puede contener activos
que individualmente son importantes + activos que individualmente no son
importantes
[*]
Ver párrafo 64
Experiencia histórica (propia o prestada)
Los flujos de
efectivo futuros (FE-Futuros) de un grupo de ActFin que se evalúan
colectivamente, se estiman basados en la experiencia histórica de pérdida de
activos con características de riesgos crediticios similares a las del grupo,
pAG89
Las entidades que
no tienen experiencia en pérdidas o experiencia insuficiente, usarán la
experiencia de entidades pares, para grupos de ActFin que sean comparables,
pAG89
La experiencia histórica no es estática
La experiencia
histórica de pérdidas, se ajustará basado en datos observables actuales, para
reflejar los efectos de las condiciones corrientes que no existían en los
períodos en los que se basa la experiencia histórica de pérdidas. De manera
similar debe eliminarse los efectos de las condiciones de los períodos históricos
que ya no existen actualmente, pAG89
Actualización de datos para calcular los FE-Futuros
La estimación de cambios
en los FE-Futuros reflejarán y serán consistentes con los cambios en los datos
observables relacionados, de período a período (tales como cambios en tasas de
desempleo, precio de propiedades, precio de commodities, status de pagos, u
otros factores que son indicativos de pérdidas incurridas en el grupo, y su
magnitud) , pAG89
La metodología y
los supuestos usados para estimar los FE-Futuros se revisarán regularmente para
reducir las diferencias entre (1) las estimaciones de
pérdidas y (2) la experiencia real de pérdidas, pAG89
Ejemplo
Como ejemplo de
aplicación del párrafo AG89, una entidad puede determinar, basada en
experiencia histórica, que una de las principales causas de incumplimiento de
los préstamos con tarjeta de crédito es el fallecimiento del prestatario. En
este caso, la entidad puede observar que la tasa de mortalidad no cambia de un
año a otro, pAG90
Sin embargo,
algunos de los prestatarios del grupo de préstamos de tarjetas de crédito, pueden haber fallecido en el año, lo que
indicaría que se ha producido una pérdida por deterioro en dichos préstamos,
aunque al final del año la entidad aún no sabe qué prestatarios específicos han
fallecido, pAG90
En ese caso:
pAG90
·
Sería
apropiado reconocer una pérdida por deterioro para pérdidas incurridas, pero aún
no reportadas
·
Pero, no
sería apropiado reconocer una pérdida por deterioro por fallecimientos que se
espera que ocurran en períodos futuros, debido a que el evento de pérdida necesario (la muerte del prestatario) aún no se
habría producido.
Aplicar la experiencia y/o tasas a los grupos
comparables
Cuando se usan tasas
de pérdidas históricas al estimar los FE-Futuros, es importante que la
información sobre tasas de pérdidas históricas se apliquen a los grupos, definidos
consistentemente con los grupos para los cuales se observaron las tasas
históricas, pAG91
Alternativa
Pueden usarse enfoques
basados en fórmulas o métodos estadísticos, para determinar las pérdidas por
deterioro en un grupo de ActFins (para saldo pequeños, por ejemplo), a
condición de que sean consistentes con los requerimientos de los párrafos 63 a 65
y AG87 a AG91, pAG92
Si una entidad
adopta esta facilidad, su modelo contemplará lo siguiente: pAG92
·
El efecto
del valor tiempo del dinero,
·
Considerará
los flujos de efectivo para toda la vida restante de un activo (no sólo el
próximo año)
·
Considerará
la antigüedad de los préstamos dentro del portafolio, y
·
No dará
lugar a un pérdida por deterioro, en la fecha del reconocimiento inicial de un ActFin.
Ingresos
por intereses después del reconocimiento de deterioro
Una vez que se ha
rebajado un ActFin como resultado de una pérdida por deterioro, los ingresos
por intereses posteriores se reconocerán usando la tasa de interés que se usó para
descontar los FE-Futuros (cuando se midió la pérdida por deterioro), pAG93
Coberturas, AG94 a AG132
Este apartado es
una ampliación de los párrafos 71 a 102 del cuerpo de la NIC 39
·
Instrumentos
de cobertura
o
Instrumentos
que califican
·
Partidas
coberturadas
o
Partidas
que califican
·
Designación
de partidas financieras como Partidas coberturadas
·
Designación
de partidas no-financieras como Partidas coberturadas
·
Designación
de grupos de partidas, como Partidas coberturadas
·
Contabilidad
de Coberturas
·
Evaluación
de la eficacia de una cobertura
·
Contabilidad
de Cobertura de Valor razonable, en una Cobertura de Riesgo de interés en un
portafolio.
Apéndice B
Modificaciones
a otros pronunciamientos
El Apéndice B es
parte integral de NIC 39, pero actualmente está en blanco, debido a que desde
su publicación, esas modificaciones fueron incorporadas a las NIIF aplicables
FIN
de Apéndices
A continuación, Sinopsis del material
Ejemplo ilustrativo
Ejemplo ilustrativo de NIC 39
El Ejemplo acompaña, pero no es parte de la NIC 39.
El ejemplo consta de nueve páginas, presenta un caso sobre coberturas, plantea
una situación dada con terminología muy especializada, unas transacciones
propuestas de cobertura y desarrolla los registros contables respectivos.
FIN
de Ejemplo ilustrativo
A continuación, Sinopsis del material
Guía para implementación
La Guía acompaña, pero no es parte de la NIC 39.
La Guía para implementación de NIC 39 está dividida en 7 secciones, y
contiene aproximadamente 100 páginas.
La Guía presenta gran cantidad de casos, muchos de ellos tipo Preguntas y
Respuestas, donde las respuestas en
algunos casos se absuelven en párrafos, pero en otros casos presentan cuadros
ilustrativos, incluyendo casos e instrumentos bastante complejos y especializados.
Las secciones en que está dividida esta guía son las siguientes:
·
Sección
A, Alcance
·
Sección
B, Definiciones
·
Sección
C, Derivados alojados (embedded derivatives)
·
Sección
D, Reconocimiento y Desreconocimiento
·
Sección
E, Medición
·
Sección
F, Coberturas
·
Sección
G, Otros
FIN
Luis R. Espinoza Flores, Derechos Reservados
No hay comentarios:
Publicar un comentario