Main

miércoles, 17 de agosto de 2016

NIC 39 - Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición - Resumen


Ver más Resúmenes en nuestro sitio web NIIFHoy



NIC 39 - Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición

IAS 39 - Financial Instruments: Recognition and Measurement

Vigencia
Enero de 2005 – Diciembre 2017
(Discontinuada por NIIF 9)
Cuerpo de la NIC
-Párrafos 1 al 110, y
-Apéndice A (Guía para aplicación)
Material oficial que no es parte de la NIC
-Ejemplo ilustrativo, y
-Guía para implementación
Versión original
1998
Modificación más reciente
Marzo 2009
Norma asociada
NIIF 7 y 9
NIC 32
CINIIF 9, 16 y 19


Acerca de esta NIC
Parte 1 de 2
Ver parte 2, Contabilidad de coberturas, aquí

El concepto de Instrumentos financieros es tan amplio que los requerimientos están en 3 normas:
Medición y Reconocimiento       NIC 39 / NIIF 9
Revelaciones                                     NIIF 7
Presentación                                     NIC 32

Sobre la NIC 39, actualmente hay 2 versiones:
·         NIC 39 completa (Libro Azul), Vigente
·         NIC 39 recortada (Libro Rojo), aplicable solo si se adopta anticipadamente NIIF 9

La NIIF 9, que entra en vigencia el 1 de enero de 2018, descontinuará la NIC 39-completa y deja como opcional una NIC 39-recortada. La NIC 39-recortada (no contiene los párrafos 10 a 70) podrá seguir aplicándose, aún si una entidad aplica la NIIF 9. Ver más detalles en el párrafo 71 de la NIC 39-recortada (Libro Rojo).

Este resumen sin embargo, trata de la NIC 39-completa (Libro Azul), o simplemente NIC 39.

En la NIC 39 se definen las 4 categorías de Instrumentos financieros:
·         Valor Razonable vía Resultados (VRVR)
·         Inversiones Mantenidas hasta su vencimiento (IMHV)
·         Préstamos & Cuentas por cobrar (P&CC)
·         ActFin disponibles para la venta (ADPV)

Esta NIC 39 define los requerimientos para los Instrumentos financieros:
·         La Medición inicial
·         La Medición posterior de Activos financieros: Valor razonable, Costo amortizado y Costo
·         La Medición posterior de Pasivos financieros: Costo amortizado, Valor razonable, Otras bases como NIC 18 y NIC 37
·         Deterioros (Impairment)

Deterioro e Incobrabilidad de activos financieros – Este asunto se encuentra en los párrafos 58 a 70, también en los párrafos AG84 a AG93 (Guía para aplicación). Dichos párrafos tocan específicamente las pautas para los activos financieros en general, incluyendo la estimación de incobrabilidad.

El párrafo AG92 aclara que cualquiera que sea el modelo que adopte una entidad para estimar el deterioro, éste no debe contemplar reconocer una pérdida por incobrabilidad en el momento del reconocimiento inicial del Activo financiero.

Continuación del involucramiento - Esta NIC 39 tiene un apartado sobre activos financieros transferidos, donde el involucramiento de una entidad no ha cesado sino que continúa, o sea hay una continuación del involucramiento. Ver párrafo 30 de NIC 39 y NIIF 7.

Tomar en cuenta también, que cuando NIC 39 o NIIF 7 hablan de activos “transferidos” se refieren a una venta, titulización o factoring, por ejemplo, pero prefieren usar el término “transferido” o “transferencia” para poder abarcar todas las formas posibles en que una entidad puede desprenderse de, o aprovechar, un activo financiero.

Comentarios acerca de la traducción:
·         Los “embedded derivatives” se traducen como “derivados implícitos” en la traducción oficial de NIC 39, sin embargo, en este resumen preferimos llamarlos “derivados alojados”.
·         También, en esta página preferimos usar el término “desreconocimiento”  con la misma intención que en inglés se usa “derecognition”, es decir, para usar un término que abarque cualquier motivo que conduce a remover de los libros un activo o pasivo (venta, disposición, castigo, condonación, etc.)
·         Disposición – En inglés disposal es un término amplio para referirse a desprenderse de un activo, ya sea por venta, donación, intercambio, u otra forma, con participación activa de la entidad.
·         Neteos – La traducción oficial de NIC 39 para Offset es compensar o compensación. Aquí prefiero traducir como netear o neteo.

La NIC 39 se apoya extensamente en la Guía para aplicación del Apéndice A, haciendo referencia en muchas ocasiones a los párrafos AG de ese Apéndice (AG = Application Guidance). El Apéndice A es tan extenso como el cuerpo de la propia NIC, y en esta página no lo resumimos totalmente, pero al final presentamos una sinopsis como orientación.

Este Resumen está en el mismo orden de la norma, haciendo referencia al párrafo respectivo, por ejemplo el párrafo 20, es p20. Para una mejor comprensión y navegación hemos agregado Títulos en cursiva cuando lo consideramos necesario. Los títulos en bold son los originales de la norma.


INICIO

OBJETIVO DE LA NIC 39
Establecer los principios para el Reconocimiento y Medición de los:  p1
·         Activos Financieros (ActFin)
·         Pasivos Financieros (PasFin)
·         Algunos contratos para comprar o vender partidas No-financieras

*  *  *  *
ALCANCE DE LA NIC 39
Aplica a todas las entidades, para todo tipo de InstFin, excepto:  p2
[a]    Participación en Subsidiarias, Asociadas y Ventures conjuntos, a las cuales les aplica NIIF 10, NIC 27 o NIC 28.
[b]    Para los Derechos y obligaciones según NIC 17, es parcialmente aplicable debido a que algunas disposiciones de esta NIC aplican a:
[i]     Las cuentas por cobrar por arrendamiento, reconocidos por el arrendador;
[ii]    Cuotas por pagar por arrendamiento financiero reconocidas por el arrendatario; y
[iii]   Derivados alojados en contratos de arrendamiento.
[c]    Derechos y Obligaciones de planes de beneficios para empleados, según NIC 19.
[d]    InstFin emitidos por una entidad, que reúnen la definición de un instrumento de patrimonio según NIC 32.
[e]    Derechos y Obligaciones resultantes de un contrato de seguros, según se define en la NIIF 4.
[f]     Eliminada
[g]    Cualquier contrato de futuro que resultará en una combinación de negocios bajo el alcance de NIIF 3.
[h]    Para los compromisos de prestar que se registran según NIC 37, es parcialmente aplicable debido a que algunas disposiciones de esta NIC aplican al desreconocimiento.
[i]     InstFin, contratos y obligaciones según transacciones de Pagos Basados en Acciones, a las cuales les aplica NIIF 2.
[j]     Derecho a recibir el reembolso de desembolsos que una entidad está obligada a hacer para liquidar un pasivo, reconocido según NIC 37.

*  *  *  *
DEFINICIONES

Definición de las 4 categorías de Instrumentos financieros, son:

[1] Valor Razonable vía Resultados (VRVR)
Valor razonable vía resultados (VRVR), se refiere a InstFin que se valorizan a su Valor razonable, y las variaciones en cada cierre se reconocen en los Resultados del periodo (fair value through profit or loss)

Un ActFin o un PasFin expresado a VRVR es un ActFin o PasFin que reúne cualquiera de las siguientes condiciones:  p9
 [a]   La entidad lo ha clasificado como Mantenido para negociar. Un ActFin o PasFin se clasifica como Mantenido para negociar, si: p9
[i]     Se adquiere o se incurre principalmente con el propósito de venderlo o recomprarlo en un plazo cercano.
[ii]    Al momento del reconocimiento inicial del ActFin o PasFin, es parte de un portafolio de InstFin identificables que se gestionan juntos y para los cuales hay evidencia de un patrón reciente de toma de ganancias en plazos cortos, O
[iii]   Es un Derivado.
Pero un Derivado que no se usa para coberturar riesgos, porque a éstos les aplica la Contabilidad de Coberturas.

[aa]  Es una contraprestación contingente para quien tiene la condición de comprador, en una combinación de negocios, a la cual se aplica NIIF 3.

[b]    Al momento de su reconocimiento inicial, la Entidad ha designado el ActFin o PasFin como VRVR.
Una entidad puede designar un InstFin como VRVR, si:
·         Es compatible con el párrafo 11A (Derivados alojados)
·         Porque designándolo como VRVR resulta en una información más relevante, por cualquiera de estos motivos:
[i]        Con una designación a VRVR se elimina o se reduce significativamente una inconsistencia de registro o una inconsistencia de medición (llamados mismatch contables), O
[ii]       Un grupo (de ActFin, PasFin o ambos) se gestiona y su desempeño se evalúa al Valor razonable (VR), de acuerdo con una gestión documentada del riesgo o con una estrategia documentada de inversión. Además, la información de ese grupo al VR, se circula al personal gerencial clave.

La NIIF 7 requiere revelaciones sobre ActFin y PasFin que se han designado a VRVR, y la manera en que se han satisfecho las exigencias de documentación recién mencionadas, p9

Las acciones para las que no existe precios publicados en un mercado activo, y cuyo VR no pueda ser medido confiablemente, no deben designarse a VRVR, p9

La NIIF 13 (Medición del Valor Razonable) define los requerimientos para medición al VR, p9

[2] Inversiones Mantenidas hasta su vencimiento (IMHV)
Las IMHV son ActFin no-derivados con pagos fijos o determinables y, vencimientos fijos, para las que la entidad tiene la intención y capacidad de mantener hasta su vencimiento (Ver párrafos AG16 a AG25 de Apéndice A). No se consideran IMHV:  p9
[a]    Aquellas que al momento de su reconocimiento inicial, la entidad las designa a VRVR,
[b]    Aquellas que la entidad designa como Activos Disponibles para la venta (ADPV), Y
[c]    Aquellas que reúnen la definición de Préstamos & Cuentas por cobrar (P&CC)

Como si fuera una “sanción”, NIC 39 aclara que una entidad no debe clasificar ningún ActFin como mantenido hasta su vencimiento, si en los 2 años anteriores o en el año corriente, no mantuvo hasta su vencimiento inversiones que había clasificado como IMHV, ya sea porque las vendió o las reclasificó a otra categoría de InstFin, p9

Estos casos no caen en la “sanción”:  p9
[a]    Las ventas o reclasificaciones se hacen cerca de su vencimiento o cerca del call date del ActFin, por ejemplo menos de 3 meses de su vencimiento.
[b]    Las ventas o reclasificaciones ocurren después que la entidad cobró casi todo el principal del ActFin, O
[c]    Las ventas o reclasificaciones se atribuyen a un evento aislado, fuera del control de la entidad, no recurrente, que no pudo anticiparse razonablemente.

[3] Préstamos & Cuentas por cobrar (P&CC)
P&CC son ActFin no-derivados con pagos fijos o determinables, para los que no existen precios publicados en un mercado activo, p9

No se consideran P&CC: p9
[a]    Aquellos ActFin que la entidad:
·         Tiene la intención de vender inmediatamente o en un plazo cercano. Estos deben clasificarse como Mantenido para negociar, es decir, se considerarán VRVR.
·         Al momento de su reconocimiento inicial, los designa como VRVR
[b]    Aquellos ActFin que la entidad, al momento de su reconocimiento inicial, los designa como ADPV, O
[c]    Aquellos ActFin por los que la entidad puede no recuperar lo invertido, los cuales deben clasificarse como ADPV.

[4][ ActFin disponibles para la venta (ADPV)
Los ADPV son (a) ActFin que no son derivados que se designan como ADPV, o  (b) no son P&CC, IMHV o ActFin a VRVR, p9

O sea, ADPV es una categoría residual, algo así como los “Otros” del grupo de 4 categorías definidas en NIC 39, p9

*  *  *  *
DEFINICIONES (continuación)
Definición de Contrato de garantía financiera
Un contrato de garantía financiera es un contrato que requiere que el emisor haga pagos específicos para reembolsar al titular por alguna pérdida, debido a que un deudor especificado incumplió un pago, p9

Definiciones relacionadas al Reconocimiento y Medición
Costo amortizado de un ActFin o de un PasFinp9
·         Es el importe al cual el ActFin o el PasFin se miden al momento del reconocimiento inicial, aplicando el método del interés efectivo a cualquier diferencia entre el importe inicial y el importe al vencimiento
·         El costo amortizado se reduce por las amortizaciones del principal (lógicamente), así como también por los  deterioros o incobrables, p9

Método del interés efectivo - Es el método para calcular el Costo amortizado (de un ActFin o de un PasFin), y que permite asignar el ingreso por interés o el gasto por interés, en los periodos respectivos, p9

La tasa de interés efectiva (TIE), es la tasa que descuenta exactamente los pagos o cobranzas  futuros de efectivo, al valor contable neto del ActFin o PasFin, p9

Para calcular la TIE, deben estimarse los flujos de efectivo considerando todas las condiciones contractuales del InstFin, sin considerar en esas estimaciones las pérdidas crediticias, p9

Desreconocimiento - Es la remoción del Estado de Situación Financiera de un ActFin o PasFin previamente reconocido, p9

Valor razonable - Es el precio (a la fecha de medición) que se recibiría por vender un activo o se pagaría para transferir un pasivo, en una transacción ordenada entre Participantes del mercado (ver NIIF 13), p9

Compra o venta de manera regular -Es una compra o venta de un ActFin según un contrato cuyos términos requieren la entrega del activo dentro del plazo generalmente establecido por regulaciones o convención del mercado en cuestión, p9

Costos de transacción - Son los costos incrementales atribuidos directamente a la adquisición, emisión o disposición de un ActFin o PasFin (ver párrafo AG13 en Apéndice A), p9
Costo incremental significa que no se hubiera incurrido, si la entidad no hubiera adquirido, emitido o dispuesto del InstFin, p9


*  *  *  *
DERIVADOS ALOJADOS (Embedded derivatives)
Como mencionamos al inicio de este Resumen, los derivados alojados se traducen como “derivados implícitos” en la traducción oficial de NIC 39.

Un Derivado alojado es un componente de un instrumento híbrido o combinado, que incluye un Contrato anfitrión, que no es un Derivado pero se comporta como tal. Es decir, una parte de los flujos de efectivo de ese instrumento combinado, cambia de una manera similar a un Derivado independiente, p10

Un Derivado alojado genera que los flujos de efectivo del contrato anfitrión puedan modificarse por una tasa de interés, el precio de un InstFin, el precio de un commodity, tipo de cambio, u otra variable, p10

Un Derivado alojado debe separarse del Contrato anfitrión, y contabilizado como un Derivado, si :  p11
[a]    Las características económicas y los riesgos del Derivado alojado y del Contrato anfitrión, no están estrechamente relacionados (Ver párrafos AG30 y AG33).
[b]    Un instrumento separado con las mismas condiciones del Derivado alojado, reuniría la definición de un Derivado, Y
[c]    El instrumento híbrido no se mide al Valor razonable, ni se reconocen esas variaciones en Resultados (en otras palabras, no se separará el derivado alojado que se lleva como VRVR).

Si el Derivado alojado se separa, [lo que quede en] el Contrato anfitrión, se registrará usando las NIIF aplicables (incluyendo esta NIC 39), según los términos del contrato, p11

*  *  *  *
RECONOCIMIENTO Y DESRECONOCIMIENTO
Reconocimiento inicial
Una entidad debe reconocer un ActFin o un PasFin en el Estado de Situación Financiera, solo cuando, la entidad se convierte en parte de las condiciones contractuales del instrumento (ver párrafo 38), p14

Desreconocimiento de un ActFin
(Más adelante hay un apartado para Desreconocimiento de un PasFin)

En la práctica, el desreconocimiento de un ActFin puede ser algo sencillo, por ejemplo, cuando se cobra una factura o cuando se venden acciones, se está desreconociendo un ActFin. Pero este apartado de NIC 39, contempla casos especializados o complejos, en donde el desreconocimiento puede no ser claro, por eso todas las precauciones que se resumen a continuación.

Los requerimientos de Desreconocimiento se aplican a nivel de EF consolidados (en el caso que la entidad prepare EF consolidados), p15

Antes de evaluar si es apropiado el desreconocimiento y en qué medida, una entidad determina de la siguiente manera si los párrafos 17 a 23 debieran aplicarse a un ActFin entero o a una parte de un ActFin: p16

[a]    Los párrafos 17 a 23 se aplicarán a parte de un ActFin (o grupo de ActFin), solamente si reúne 3 condiciones:
[i]     La parte bajo evaluación comprende únicamente flujos de efectivo de un ActFin identificados específicamente.
[ii]    La parte bajo evaluación comprende únicamente una parte proporcional (tipo prorrata) del flujo de efectivo de un ActFin (o grupo de ActFin).
[iii]   La parte bajo evaluación comprende únicamente una parte proporcional (tipo prorrata) de un flujo de efectivo específico de un ActFin (o grupo de ActFin).

[b]    Los párrafos 17 a 23 se aplicarán al ActFin entero (o grupos de ActFin), en los demás casos, distintos a los descritos en  [a].

Cuándo se desreconoce un ActFin
Una entidad debe desreconocer un ActFin, solo si:  p17
[a]    Expiran los derechos contractuales de recibir el flujo de efectivo del ActFin, O
[b]    Transfiere el ActFin con las pautas definidas en los párrafos 18 y 19, y la transferencia califica como desreconocimiento según las pautas del párrafo 20 (Evaluación de si la entidad retiene los Riesgos & Recompensas)
(Ver párrafo 38, venta regular de ActFin)

Cuándo se considera que hay Transferencia de un ActFin
Una entidad transfiere un ActFin en cualquiera de estos 2 casos:  p18
[a]    Transfiere sus derechos contractuales de recibir el flujo de efectivo respectivo, O
[b]    Retiene los derechos contractuales de recibir el flujo de efectivo respectivo, PERO asume una obligación de pagar ese flujo de efectivo a uno o más perceptores, en un acuerdo que reúne las condiciones del párrafo 19 (ver abajo).

Cuando una entidad retiene los derechos contractuales de recibir el flujo de efectivo del ActFin (el activo original), pero asume una obligación de pagar ese flujo de efectivo a uno o más perceptores (los perceptores eventuales), entonces la entidad trata esa transacción como una transferencia de ActFin, solamente si se reúnen las siguientes 3 condiciones:  p19
[a]    La entidad no tiene obligación de pagar a los Perceptores eventuales, excepto si cobra importes equivalentes del activo original.
[b]    El contrato de transferencia prohíbe a la entidad, vender o dar en garantía el Activo original.
[c]    La entidad tiene la obligación de entregar los flujos de efectivo que cobra por cuenta de los Perceptores eventuales, sin demoras importantes.
           
Evaluación de si la entidad retiene los Riesgos & Recompensas
Cuando una entidad transfiere un ActFin, debe evaluar la medida en la que retiene los Riesgos & Recompensas de poseer el ActFin. Se pueden dar estos escenarios:  p20
[a]    Si la entidad transfiere sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas de poseer el ActFin, debe desreconocerlo, y reconocer por separado cualquier activo o pasivo que surge de la transferencia [1].
[b]    Si la entidad retiene sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas de poseer el ActFin, debe continuar reconociéndolo [2].
[c]    Si la entidad no transfiere ni retiene sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas de poseer el ActFin, entonces la entidad debe determinar si retiene el Control del ActFin. Se pueden dar estos escenarios:
[i]     Si la entidad no ha retenido el control, debe  desreconocer el ActFin y reconocer por separado cualquier activo o pasivo que surge de la transferencia [1].
[ii]    Si la entidad sí ha retenido el control, debe  continuar reconociendo el ActFin, en la medida de su involucramiento en el ActFin. Ver apartado “Continúa el Involucramiento en los activos transferidos” en párrafo 30 [3].

[1] Ver párrafo 24 /  [2] Ver párrafo 29 /  [3] Ver párrafo 30

A menudo resultará obvio si una entidad ha transferido o retenido sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas de la posesión y no habrá necesidad de realizar ningún cálculo. En otros casos, será necesario calcular y comparar la exposición de la entidad a la variabilidad en el valor presente de los flujos de efectivo netos, antes y después de la transferencia, p22

*  *  *  *
RECONOCIMIENTO Y DESRECONOCIMIENTO (cont.)
Desreconocimiento de un ActFin (cont.)
Transferencias que califican para ser desreconocidas
[Este apartado aplica a los casos descritos líneas arriba, en párrafos 20(a) y 20(c)(i) ]

Cuando la entidad presta un servicio de mantenimiento a un ActFin transferido
Si una entidad transfiere un ActFin entero, pero retiene el derecho de prestar el servicio de mantenimiento del activo, por un honorario, debe reconocer (1) un activo por mantenimiento o un (2) pasivo por ese contrato de mantenimiento, p24.
 
Si el honorario a recibir no compensará adecuadamente el servicio que prestará la entidad, debe reconocerse un pasivo por la obligación de prestar el servicio, al Valor razonable, p24

Si el honorario a recibir compensa más que adecuadamente el servicio que prestará la entidad, debe reconocerse un activo por el derecho de prestar el servicio, por un importe determinado en base a la asignación del valor contable del ActFin explicado abajo en párrafo 27, p24

Si como resultado de una transferencia, se desreconoce un ActFin entero, pero como consecuencia la entidad obtiene un nuevo ActFin o asume un nuevo PasFin, o un pasivo por servicio de mantenimiento, entonces la entidad debe reconocer el nuevo ActFin, PasFin o pasivo por el servicio de mantenimiento, al Valor razonable, p25

Tratamiento contable del desreconocimiento de un ActFin
Al momento del desreconocimiento de un ActFin entero, la diferencia entre los siguientes importes, debe reconocerse en Resultados: p26
[a]    El valor contable, Y
[b]    La suma de:
[i]     La contraprestación recibida (incluyendo cualquier nuevo ActFin, menos cualquier nuevo PasFin asumido), Y
[ii]    Cualquier ganancia o pérdida acumulada que había sido reconocida en Otro Resultado integral (siguiendo las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas en párrafo 55b).

Tratamiento contable del desreconocimiento de parte de un ActFin
Si el activo transferido es parte de una ActFin más grande, y la parte transferida califica para desreconocimiento entero, entonces el valor contable del ActFin más grande, debe asignarse entre: la parte que continúa siendo reconocida y la parte que se está desreconociendo, basado en sus valores razonables relativos, a la fecha de la transferencia, p27

Para este fin, cualquier activo por el derecho de prestar el servicio, debe tratarse como la parte que continúa siendo reconocida, p27

La diferencia entre los siguientes importes, debe reconocerse en Resultados: p27
[a]    El valor contable asignado a la parte desreconocida, Y
[b]    La suma de:
[i]     La contraprestación recibida por la parte desreconocida (incluyendo cualquier nuevo ActFin, menos cualquier nuevo PasFin asumido), Y
[ii]    Cualquier ganancia o pérdida acumulada, que había sido reconocida en Otro Resultado integral (siguiendo las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, en párrafo 55b).

*  *  *  *  *
RECONOCIMIENTO Y DESRECONOCIMIENTO (cont.)
Desreconocimiento de un ActFin (cont.)
Transferencias que no califican para ser desreconocidas
[Este apartado aplica al caso descrito líneas arriba, en párrafo 20(b) ]

Si una transferencia no resulta en desreconocimiento porque la entidad ha retenido sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas de poseer el activo, la entidad debe continuar reconociendo el activo transferido enteramente, y debe reconocer un PasFin por la contraprestación recibida, p29
En periodos posteriores, la entidad debe reconocer cualquier ingreso por el activo transferido, y cualquier gasto incurrido por el PasFin, p29

Continúa el Involucramiento en los activos transferidos
[Este apartado aplica al caso descrito líneas arriba, en párrafo 20(c)(ii) ]

Si una entidad no transfiere ni retiene sustancialmente todos los Riesgos & Recompensas del activo transferido, y además retiene el Control del activo transferido, entonces la entidad continúa reconociendo el activo transferido, en la misma medida que continúe su involucramiento, p30

Medida en que la entidad continua involucrada en el activo transferido, es aquella en la cual está expuesta a los cambios en el valor del activo transferido. Por ejemplo, en una garantía sobre un activo transferido, la medida del involucramiento es el menor entre: (i) el importe del activo y (ii)  la contraprestación recibida, el máximo importe que podrían exigirle a la entidad que devuelva (“el importe garantizado”), p30

La entidad debe continuar reconociendo los ingresos del activo transferido en la medida que continúa su involucramiento, y debe reconocer cualquier gasto incurrido por algún pasivo asociado, p32

Para propósitos de mediciones subsecuentes, los cambios reconocidos en el Valor razonable del activo transferido y algún pasivo asociado, son contabilizados según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas (párrafo 55), y no deben ser neteados, p33

Si la entidad continúa involucrada en solo una parte del ActFin, el valor contable del ActFin, debe asignarse entre: la parte que continúa reconociendo, porque continúa su involucramiento, Y la parte desreconocida, basado en sus Valores razonables relativos, a la fecha de la transferencia, p34

Tratamiento contable
La diferencia entre [a] y [b], debe reconocerse en Resultados: p34
[a]    El valor contable asignado a la parte desreconocida, Y
[b]    La suma de:
[i]     La contraprestación recibida por la parte desreconocida, Y
[ii]    Cualquier ganancia o pérdida acumulada, que había sido reconocida en Otro Resultado integral, según la pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo 55(b)

Aplicable a todas las transferencias de ActFin
Neteos
Si un activo transferido continúa siendo reconocido, el activo y el pasivo asociado, no deben netearse (offset), p36
Del mismo modo, la entidad no debe netear ningún ingreso que surge del activo transferido, con ningún gasto incurrido por el pasivo asociado (ver NIC 32, párrafo 42), p36

Colaterales
Si la transferente entrega a la transferida colaterales que no son en efectivo (por ejemplo, bonos o acciones), la contabilización del colateral para la transferente y la transferida depende de si (1) la transferida tiene derecho de vender o poder usar el colateral como garantía, y, si (2) la transferente tiene incumplimientos, p37

La transferente y la transferida deben contabilizar el colateral de la siguiente manera: p37
[a]    Si la transferida tiene el derecho por contrato o uso, de vender o poder usar el colateral como garantía, entonces la transferente debe reclasificar ese activo en su estado de situación financiera en un rubro separado de activo. Por ejemplo, activos prestados, instrumentos en garantía.
[b]    Si la transferida vende el colateral que recibió en garantía, debe reconocer la venta y un pasivo al Valor razonable, por su obligación de devolver el colateral.
[c]    Si la transferente incumple el contrato, y ya no tiene derecho a recuperar el colateral, debe desreconocer el colateral, y la transferida debe reconocer el colateral como activo suyo, inicialmente medido a valor razonable, o, si ya vendió el colateral, desreconocer la obligación de devolverlo.
[d]    Excepto por lo señalado en [c], el transferente debe continuar arrastrando el colateral como activo suyo, y la transferida no debe reconocer el colateral como un activo.

*  *  *  *
RECONOCIMIENTO Y DESRECONOCIMIENTO (cont.)
Compra o Venta de manera regular, de un ActFin
Una Compra o Venta de manera regular de ActFin’s debe reconocerse y desreconocerse, usando (1) la Contabilización de la Fecha de negociación o (2) la Contabilización de la Fecha de liquidación (Guía para aplicación en Apéndice A, párrafos AG53–AG56), p38

Las 2 alternativas mencionadas se explican en la Guía para aplicación, párrafos AG53 a AG56:
·         Fecha de negociación – Es la fecha en que la entidad se compromete a comprar o vender un activo.
·         Fecha de liquidación – Es el día en que el activo es entregado a/por la entidad.

Desreconocimiento de un PasFin
(Líneas arriba hay un apartado para desreconocimiento de ActFin)

Una entidad debe remover de su Estado de Situación Financiera un PasFin (o parte de un PasFin), únicamente cuando se ha extinguido, es decir, cuando la obligación especificada en el contrato se ha pagado, revocado o expirado (discharged or cancelled or expires), p39

·         Un intercambio de instrumentos de deuda entre un prestamista y un prestatario, cambiando sustancialmente las condiciones originales, debe contabilizarse como extinción del PasFin original, y el reconocimiento de un nuevo PasFin, p40
·         Una modificación sustancial de las condiciones de un PasFin existente, o a una parte de él, debe contabilizarse como una extinción del PasFin original y el reconocimiento de un nuevo PasFin, p40

Tratamiento contable
La diferencia entre (1) el valor contable de un PasFin (o parte de él), extinguido o transferido a terceros, y (2) la contraprestación pagada, debe reconocerse en Resultados, p41

Recompra parcial de un PasFin
Si una entidad recompra parte de un PasFin, debe asignar el valor contable del PasFin existente, entre la parte que continúa siendo reconocida, y la parte que se desreconoce, basada en el Valor razonable relativo de dichas partes a la fecha de la recompra, p42

La diferencia entre los siguientes importes, debe reconocerse en Resultados: p42
[a]    El valor contable asignado a la parte desreconocida, Y
[b]    La contraprestación pagada por la parte desreconocida

*  *  *  *
MEDICIÓN
Medición Inicial de ActFin’s y PasFin’s
En el reconocimiento inicial, un ActFin o un PasFin deben medirse de la siguiente manera:  p43
·         Los ActFin y los PasFin designados a VRVR (Valor razonable vía Resultados): Al Valor Razonable
·         El resto de ActFin y PasFin: Se miden al Valor Razonable  +  Costo de Transacción

Sin embargo, si en el momento del reconocimiento inicial, el Valor razonable del ActFin o del PasFin es diferente del precio de la transacción, la entidad debe aplicar la orientación del párrafo AG76, p43A

Si una entidad usa la Fecha de liquidación, para contabilizar un activo que posteriormente se medirá al Costo o al Costo Amortizado, entonces, el activo se reconoce inicialmente a su Valor razonable en la Fecha de negociación, p44

Fecha de Negociación y Fecha de Liquidación se definen en los párrafos AG53-AG56:
Fecha de negociación – Es la fecha en que la entidad se compromete a comprar o vender un activo.
Fecha de liquidación – Es el día en que el activo es entregado a/por la entidad

*  *  *  *
MEDICIÓN (cont.)
Medición posterior de Activos Financieros
Después del reconocimiento inicial, las siguientes 4 categorías se miden como sigue.
La NIC 39 aclara que las siguientes categorías se usan para fines de medición y reconocimiento en Resultados, pero la entidad puede usar otras descripciones en sus EF: p45 y p46

[a]    ActFin al VRVR (Valor razonable vía resultados)
          Se miden al Valor razonable
          Aplica para derivados o No-Derivados

[b]    IMHV (Inversiones mantenidas hasta su vencimiento)
          Se miden al Costo amortizado, usando el método del interés efectivo

[c]    P&CC (Préstamos & Cuentas por cobrar)
          Se miden al Costo amortizado, usando el método del interés efectivo

[d]    ADPV (ActFin disponibles para la venta)
          Se miden al Valor razonable
          Se miden al Costo en los casos de acciones que no tienen precios publicados en un mercado activo y su Valor razonable tampoco puede medirse confiablemente, p46(c)

Inversiones en acciones
Las inversiones en acciones, por sus características solo pueden clasificarse como  VRVR o ADPV (lógicamente, no pueden clasificarse como IMHV ni P&CC, porque una acción no tiene vencimiento ni pagos determinables).

Pero en el caso de acciones que no tienen precios publicados en un mercado activo, y, su Valor razonable tampoco puede medirse confiablemente, deben medirse al Costo (es decir, se descarta clasificarlo como VRVR) (ver AG80 y AG81), p46(c).

Activos financieros que se usan para coberturar riesgos
Los ActFin que se han designado como Instrumentos de cobertura, se miden con un juego de reglas especial: Contabilidad de coberturas (párrafos 89-102), p46

Deterioro
Todos los ActFin’s, excepto a los medidos a VRVR, están sujetos a revisión por deterioro de acuerdo con los párrafos 58-70 y AG84-AG93, p46

*  *  *  *
MEDICIÓN (cont.)
Medición posterior de Pasivos Financieros
Después del reconocimiento inicial, una entidad debe medir todos los PasFin’s al Costo amortizado, usando el método del interés efectivo, excepto en estos casos:  p47

[a]    PasFin a VRVR
          Se miden al Valor razonable
          Aplica para derivados o No-Derivados

[b]    PasFin que surgen de una transferencia de ActFin
          Se miden según el apartado de transferencias. Ver arriba párrafos 29 a 31.

[c]    Contratos de garantía financiera
          Se miden al mayor entre estos dos valores:
[i]     El importe determinado según NIC 37, Y
[ii]    El importe reconocido inicialmente (ver párrafo 43), y, de ser aplicable, menos las amortizaciones acumuladas reconocidas según NIC 18.

[d]    Compromisos para proveer un préstamo a una tasa de interés por debajo del mercado
Se miden al mayor entre estos dos valores:           
[i]     El importe determinado según NIC 37
[ii]    El importe reconocido inicialmente (ver párrafo 43), y, de ser aplicable, menos las amortizaciones acumuladas reconocidas según NIC 18.

Pasivos financieros que son Partidas coberturadas
Los PasFin designados como Partidas coberturadas, se miden con un juego de reglas especial: Contabilidad de coberturas (párrafos 89-102), p47

*  *  *  *
MEDICIÓN (cont.)
Reclasificaciones
La normatividad sobre Reclasificaciones de la NIC 39 está más orientada a restringir las reclasificaciones que a permitirlas. En el texto es frecuente encontrar “una entidad no debe”.

Una entidad: p50
[a]    No debe reclasificar un derivado fuera de la categoría VRVR,
[b]    No debe reclasificar ningún InstFin fuera de la categoría VRVR, si en el momento del reconocimiento inicial fue designado por la entidad como VRVR, Y
[c]    Puede reclasificar un ActFin fuera de VRVR, si:
·         Ya no mantiene ese ActFin con la intención de venderlo o recomprarlo en un plazo cercano, y
·         Reúne los requerimientos de lo que se considera raros casos en que se produce una reclasificación, explicados en párrafos 50B o 50D.

Además, una entidad no debe reclasificar ningún InstFin dentro de la categoría VRVR, después del reconocimiento inicial, p50

Cambios en circunstancias vs Reclasificaciones
Los siguientes son Cambios en circunstancias, o sea no son Reclasificación de categorías: p50A
[a]    Un derivado que previamente fue un Instrumento de Cobertura designado y efectivo (de Flujo de Efectivo o de Inversión neta en un negocio en el extranjero), pero que deja de calificar para tal función.
[b]    Un derivado se convierte en un Instrumento de Cobertura designado y efectivo (en este caso lógicamente, empezará a aplicarse la Contabilidad de Coberturas).
[c]    En una compañía de seguros, reclasificación de ActFin’s cuando cambia sus políticas contables, según el párrafo 45 de NIIF 4.

Raros casos en que se produce una reclasificación
Reclasificar un ActFin fuera de la categoría VRVR, es una rara circunstancia, p50B
Pero NIC 39 no da ejemplos de cuáles pueden ser esos casos.

Reclasificación fuera de VRVR
Pero, si se dan esas raras circunstancias en que un ActFin sale de la categoría VRVR, debe observarse lo siguiente:  p50C
·         El ActFin debe reclasificarse al Valor razonable del día de la reclasificación.
·         El Valor razonable del día de la reclasificación de ese ActFin, se convierte en su nuevo Costo o Costo amortizado.
·         Cualquier ganancia o pérdida que se reconoció en Resultados, no debe reversarse

Reclasificación de VRVR a P&CC
Cuando la reclasificación es porque el ActFin reúne la definición de P&CC:
·         Puede reclasificarse fuera de VRVR, si la entidad tiene la intención y capacidad de mantener el ActFin en un futuro previsible, o hasta su vencimiento, p50D
·         La reclasificación debe hacerse al Valor razonable de la fecha de reclasificación, p50F
·         Cualquier ganancia o pérdida que ya fue reconocida en Resultados, no debe reversarse, p50F
·         El Valor razonable se convierte en el nuevo Costo amortizado, p50F

Reclasificación de ADPV a P&CC
Un ActFin clasificado como ADPV, que haya reunido la definición de P&CC:
·         Puede reclasificarse fuera de la categoría ADPV a la categoría P&CC, si la entidad tiene la intención y capacidad de mantener el ActFin en un futuro previsible, o hasta su vencimiento, p50E
·         La reclasificación debe hacerse al Valor razonable de la fecha de reclasificación, p50F
·         El Valor razonable se convierte en el nuevo Costo amortizado, p50F
·         Cualquier ganancia o pérdida que fue reconocida en Otro Resultado integral (según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo 55b), debe contabilizarse según las reglas en párrafo 54, p50F

Párrafos aplicables a IMHV
Si, como resultado de un cambio en la intención o capacidad, ya no es apropiado clasificar una inversión como IMHV, debe reclasificarse como ADPV, y medida a su Valor razonable, y la diferencia entre el Valor contable y el Valor razonable debe contabilizarse según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo 55b, p51

Sanción
Si se incumplen los requerimientos de las IMHV (párrafo 9), debido a ventas o reclasificaciones, entonces el saldo restante de IMHV debe reclasificarse como ADPV. La diferencia entre el valor contable y el valor razonable debe contabilizarse según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo 55b, p52

La Información para medición confiable ya está disponible
Si una medición confiable ya está disponible para un ActFin o un PasFin, donde previamente no estaba disponible, y se requiere que el Activo o Pasivo se mida a Valor razonable (ver párrafos 46(c) y 47), el Activo o Pasivo  debe entonces volver a ser medido, esta vez a Valor razonable, y la diferencia entre el Valor contable y ese Valor razonable, debe contabilizarse según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, párrafo 55, p53

Casos en que llevar al Costo o Costo amortizado es más apropiado
Si debido a los siguiente casos, resulta más apropiado llevar un ActFin o un PasFin al Costo o Costo amortizado en reemplazo del Valor razonable, entonces el Valor razonable se convierte en el nuevo Costo o Costo amortizado del ActFin o del PasFin: p54
·         Como resultado de un cambio en la intención o capacidad
·         En la rara circunstancia que una medición confiable a valor razonable ya no esté disponible (ver párrafos 46(c) y 47)
·         Porque en el caso de una IMHV, han transcurrido los 2 años de “sanción” establecidos en el párrafo 9.
Cualquier previa ganancia o pérdida en el activo, que se reconoció en Otro Resultado Integral (según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas del párrafo 55b), deberá contabilizarse según las pautas del párrafo 54 (que no resumimos aquí).

*  *  *  *
MEDICIÓN (cont.)
Ganancias y Pérdidas (gains and losses)
Reconocimiento de los cambios en los Valores razonables
Una ganancia o pérdida que surge de cambios en el Valor razonable de un ActFin o de un PasFin debe reconocerse de la siguiente manera (para coberturas, aplica Contabilidad de coberturas): p55
[a]    Para los clasificados como VRVR – Las ganancias o pérdidas por cambios en el Valor razonable, deben reconocerse en Resultados.
[b]    Para los clasificados como ADPV -
·      Las ganancias o pérdidas por cambios en el Valor razonable, deben reconocerse en Otro Resultado Integral (hasta que el ActFin se desreconozca)
·      Las pérdidas por deterioro, en Resultados (ver párrafos 67 a 70)
·      Las diferencias en cambio, en Resultados (ver AG83)

Cuando se desreconoce un ADPV, la ganancia o pérdida acumulada, previamente reconocida en ORI, debe reclasificarse de Patrimonio a Resultados vía Ajuste reclasificador (ver explicación de ajustes reclasificadores en párrafo 93 de NIC 1).

Intereses y Dividendos
Los intereses calculados de un ADPV usando el método del interés efectivo, se reconocen en Resultados (ver NIC 18).
Los dividendos de acciones en ADPV se reconocen en Resultados, cuando el derecho a recibir el pago se ha establecido (ver NIC 18).

InstFin que se llevan al Costo amortizado
Para los ActFin y los PasFin que se llevan al Costo amortizado (ver pautas en párrafos 46 y 47), se reconoce en Resultados la ganancia o pérdida cuando el ActFin o PasFin es desreconocido, o deteriorado, y también a través del proceso de amortización, p56
Sin embargo, para los ActFin o PasFin que están en calidad de Partidas coberturadas, la contabilización de las ganancias o pérdidas se hace usando las reglas de la Contabilidad de coberturas, p56

Cambios entre la Fecha de Negociación y Fecha de Contabilización
Para activos que se llevan al Costo o al Costo amortizado
Si una entidad reconoce los ActFin usando la contabilización de la Fecha de liquidación, cualquier cambio en el Valor razonable entre la Fecha de negociación y la Fecha de liquidación, no se reconoce si se trata de activos que se llevan al Costo o al Costo amortizado, p57

Cambios entre la Fecha de Negociación y Fecha de Contabilización
Para activos que se llevan al Valor razonable
En cambio, para activos que se llevan al Valor razonable, el cambio en el Valor razonable  debe reconocerse en Resultados o en Otro Resultado Integral, según las pautas generales del apartado Ganancias y Pérdidas, del párrafo 55.

*  *  *  *
MEDICIÓN (cont.)
Deterioro e Incobrabilidad de ActFin’s

Al final de cada periodo de reporte, una entidad debe evaluar si existe evidencia objetiva de que algún ActFin o un Grupo de ActFin, esté deteriorado, p58
Si esa evidencia existe, para determinar la pérdida por deterioro, la entidad debe aplicar los siguientes párrafos: p58
·         Para ActFin’s llevados al Costo amortizado, párrafo 63
·         Para ActFin’s llevados al Costo, párrafo 66
·         Para ADPV, párrafo 67

Existe deterioro en un ActFin o en un grupo de ActFin, únicamente si:  p59
·         Hay evidencia objetiva de deterioro como resultado de uno o más eventos ocurridos después del reconocimiento inicial, al que NIC 39 llama el “Evento de pérdida”, Y
·         El impacto de ese Evento (o eventos) puede medirse confiablemente

Ejemplos de Eventos de pérdida:  p59
[a]    Dificultades financieras importantes del emisor o deudor
[b]    Incumplimiento del contrato, tales como impagos o retrasos, ya sea por intereses o principal
[c]    El prestamista, por razones económicas o legales relacionadas con las dificultades económicas del deudor, le otorga facilidades que no hubiera considerado en otras circunstancias.
[d]    Se va haciendo probable que el deudor entrará en bancarrota o en otra reorganización financiera.
[e]    La desaparición de un mercado activo para el ActFin, debido a dificultades económicas, O
[f]     Data observable que indica que existe una disminución medible en los flujos de efectivo estimados, para un grupo de ActFin [*], desde el reconocimiento inicial de esos Activos, a pesar de que la disminución no puede todavía ser identificada con los ActFin individuales de ese grupo. En este concepto se incluye:
[i]     Cambios adversos en los pagos de los deudores del grupo de ActFin. Por ejemplo, aumento en la cantidad de pagos atrasados o un aumento en la cantidad de tarjetas de crédito que han alcanzado su límite de crédito, y por eso están pagando el mínimo importe mensual, O
[ii]    Condiciones económicas locales o nacionales, que se correlacionan con impagos. Por ejemplo, aumento en la tasa de desempleo, disminución en la venta de propiedades con hipoteca, disminución en el precio del petróleo (en el caso de préstamos a empresas de petróleo), o cambios adversos en la industria de los deudores.

[*] Este descripción usualmente se corresponde con las carteras de facturas por cobrar con gran número de clientes. Por eso se hace mención a los activos individuales.

No son evidencia de deterioro, p60
·         La desaparición de un mercado activo, debido a que los InstFin de una entidad ya no se negocian públicamente, no es evidencia de deterioro.
·         Una degradación en el rating crediticio, no es evidencia de deterioro por sí mismo, pero podría serlo si se considera con otra información disponible.
·         La caída en el Valor razonable por debajo del Costo o Costo amortizado de un ActFin, no es necesariamente evidencia de deterioro. Por ejemplo, el caso del Valor razonable de un bono, que cae por efecto de un aumento en la tasa libre de riesgo.

Son evidencia de deterioro, p61
·         Se considera evidencia objetiva de deterioro de acciones, la información sobre cambios importantes con efecto adverso, ocurridos en el entorno tecnológico, de mercado, económico o legal, en el que opera el emisor, que puedan indicar que el costo de esa inversión en acciones puede no recuperarse.
·         También es evidencia objetiva de deterioro, una caída importante o prolongada en el Valor razonable, por debajo del Costo de una inversión en acciones.

Uso del juicio, p62
·         En algunos casos puede haber limitaciones en la información observable requerida para estimar la pérdida por deterioro de un ActFin, o la información observable ya no es relevante para las circunstancias actuales. Por ejemplo, el caso de un deudor con dificultades financieras, en donde hay poca información histórica disponible de deudores similares. En tales casos, la estimación de la pérdida por deterioro depende del juicio de la entidad.
·         El uso del juicio también es aplicable cuando la entidad debe ajustar información observable [*] a un grupo de ActFin, para reflejar las circunstancias actuales (ver párrafo AG89 en la Guía para aplicación del Apéndice A)

[*] Ver NIIF 13, sobre “ajuste de información observable”. El juicio que hay que aplicar es por supuesto el de los expertos de la entidad. En el caso de una cartera con gran cantidad de clientes, será por ejemplo, el responsable de créditos y cobranzas.

*  *  *  *
MEDICIÓN (cont.)
Deterioro e Incobrabilidad de ActFin’s (cont.)
ActFin llevados al Costo amortizado

Cálculo del deterioro
Si hay evidencia objetiva que existe una pérdida por deterioro en P&CC  o en IMHV, que se llevan al Costo amortizado, la pérdida se determina como la diferencia entre (1) el valor contable y (2) el Valor presente de los flujos de efectivo estimados, descontados a la tasa efectiva de interés original del ActFin, p63

Registro del deterioro
El valor contable del Activo, debe reducirse, ya sea directamente al saldo o a través de una cuenta de valuación (allowance account), y debe reconocerse en Resultados, p63

Evaluación individual vs Evaluación colectiva
Una entidad primero evalúa si existe evidencia objetiva de deterioro (1) individualmente para ActFin que son importantes individualmente, y (2) individualmente o colectivamente para ActFin que individualmente no son importantes (ver párrafo 59), p64

Evaluación individual y colectiva
Si una entidad determina que no existe evidencia objetiva de deterioro para un ActFin evaluado individualmente, sea importante o no, incluye ese activo en un grupo de ActFin con características similares de crédito y los evalúa colectivamente por deterioro, p64
[Ver también párrafo AG87]

Solo evaluación individual
Los activos que son evaluados individualmente por deterioro, y para los cuales se reconoce una pérdida o se continúa reconociendo una pérdida por deterioro, no se incluyen en una evaluación colectiva de deterioro, p64

Reversión de deterioros
Si en un periodo posterior, la pérdida disminuye, y la disminución puede relacionarse objetivamente con un evento que ocurrió después que se reconoció el deterioro (por ejemplo, una mejora en el rating crediticio del deudor), la pérdida por deterioro reconocida previamente, debe reversarse, p65

Esa reversión no debe resultar en un valor contable del ActFin por encima del valor que hubiera tenido a la fecha de la reversión, si no se hubiera reconocido un deterioro, p65

La reversión debe reconocerse en Resultados, p65

*  *  *  *
MEDICIÓN (cont.)
Deterioro e Incobrabilidad de ActFin’s (cont.)
ActFin llevados al Costo
Cuando exista evidencia objetiva de deterioro: p66
·         En acciones que no tienen precios publicados en un mercado activo, y las acciones no se llevan a Valor razonable porque no puede estimarse confiablemente, O
·         En un Activo derivado que está ligado a esa acción, que además debe liquidarse mediante la entrega de esa acción,
La pérdida por deterioro es la diferencia entre (1) el Valor contable del ActFin y (2) el Valor presente de los flujos de efectivo estimados, descontados a la tasa de retorno del mercado para un ActFin similar, p66

No hay reversión de deterioros
Los deterioros de ActFin llevados al Costo no deben reversarse, p66

Activos clasificados como ADPV
Cuando una caída en el Valor razonable de un ActFin clasificado como ADPV, se ha reconocido en Otro Resultado Integral (ORI) y, existe evidencia objetiva del deterioro del Activo (ver ejemplos en párrafo 59), la pérdida acumulada reconocida en ORI debe reclasificarse del Patrimonio a Resultados, mediante un Ajuste reclasificador, aún si el ActFin no se ha desreconocido, p67

La pérdida acumulada que se reclasifique del Patrimonio a Resultados, debe ser la diferencia entre (1) el Costo de adquisición (neto de pagos del principal y amortizaciones, lógicamente) y (2) el Valor razonable corriente, menos cualquier pérdida por deterioro reconocida previamente en Resultados por ese ActFin, p68

Inversión en acciones - No hay reversión de deterioros
Las pérdidas por deterioro reconocidas en Resultados por una inversión en acciones, clasificada como ADPV, no debe reversarse vía Resultados, p69

Instrumentos de deuda – Sí hay reversión de deterioros
Si en un periodo posterior, aumenta el Valor razonable de un instrumento de deuda clasificado como ADPV, y el aumento puede relacionarse objetivamente con un evento que ocurrió después que se reconoció el deterioro en Resultados, el deterioro debe reversarse en Resultados, p70

*  *  *  *
COBERTURAS
La sección de Coberturas de la NIC 39, va desde el párrafo 71 al párrafo al párrafo 102 se encuentra en un post separado. Ver nuestro post NIC 39, Contabilidad de Coberturas.

Instrumentos de cobertura
                Instrumentos que califican, p72
                Designación de Instrumentos de cobertura, p74
Partidas coberturadas
                Partidas que califican, p78
                Designación de partidas financieras como Partidas coberturadas, p81
                Designación de partidas no-financieras como Partidas coberturadas, p82
                Designación de grupos de partidas, como Partidas coberturadas, p83
Contabilidad de Coberturas, p85
                Coberturas de valor razonable, p89
                Coberturas de flujos de efectivo, p95
                Coberturas de Inversión neta, p102

*  *  *  *
FECHA EFECTIVA Y TRANSICIÓN
1 de enero de 2005.

FIN de NIC 39

A continuación Sinopsis del Apéndice A

Apéndice A
Guía para aplicación
El Apéndice A es parte integral de NIC 39


Alcance, AG1 a AG4A
Este apartado es una ampliación de los párrafos 2 a 7 del cuerpo de la NIC 39

Definiciones, AG4B a AG4K
Este apartado es una ampliación de los párrafos 8 y 9 del cuerpo de la NIC 39
·         Designación a VRVR
·         Tasa de interés efectiva
·         Derivados
·         Costos de transacciones
·         ActFin y PasFin Mantenidos para negociar
·         IMHV
·         P&CC

Derivados alojados, AG27 a AG33B
Este apartado es una ampliación de los párrafos 10 a 13 del cuerpo de la NIC 39
·         Instrumentos que contienen derivados alojados

Reconocimiento y desreconocimiento, AG34 a AG63
Este apartado es una ampliación de los párrafos 14 a 42 del cuerpo de la NIC 39
·         Reconocimiento inicial
·         Desreconocimiento de un ActFin
·         Transferencias que reúnen condiciones para desreconocimiento
·         Transferencias que no reúnen condiciones para desreconocimiento
·         Continúa el Involucramiento en activos transferidos
·         Aplicable a todas las transferencias
·         Ejemplos
·         Compra o Venta de manera regular, de un ActFin
·         Desreconocimiento de un PasFin

Medición, AG64 a AG93
Este apartado es una ampliación de los párrafos 43 a 70 del cuerpo de la NIC 39
·           Medición inicial de ActFin’s y PasFin’s
·           Medición posterior de ActFin’s
·           Mercado no activo: Acciones
·           Ganancias y pérdidas (Gains and losses)
·           Deterioro e incobrabilidad de ActFin’s
ActFin al Costo amortizado (párrafos 63 a 65)

Sobre la tasa de descuento, pAG84:
Para fines de determinar el deterioro de un ActFin al costo amortizado, NIC 39 contempla el descuento de los flujos de efectivo (de un préstamo por cobrar, una cuenta por cobrar o una IMHV), usando las tasas de descuento originales del ActFin. Ver mayores precisiones en el texto original, párrafo AG84

Como una alternativa práctica, el deterioro de un ActFin (que está al costo amortizado) puede medirse al Valor razonable, usando un precio de mercado observable, pAG84

Sobre garantías
En los casos de ActFin con colateral, el cálculo del valor presente de los flujos de efectivo futuros (FE-Futuros) estimados, tomará en cuenta los flujos de efectivo provenientes de ejecutar el colateral (foreclosure), menos, los costos de obtener y vender el colateral (independientemente de si el foreclosure es probable o no), pAG84

Universo sujeto de evaluación
El proceso para estimar el deterioro considerará todas las exposiciones crediticias, no sólo las de baja calidad crediticia. Por ejemplo, si una entidad usa un sistema interno de calificación crediticia, el sistema recogerá todas las calificaciones crediticias, no sólo las que reflejan un deterioro severo de crédito, pAG85

Estimaciones y Cortes
El proceso para estimar la pérdida por deterioro puede resultar en un solo importe o en un rango de importes posibles. En este último caso, la pérdida a reconocer será la mejor estimación dentro del rango, teniendo en cuenta toda la información relevante disponible antes de que los EF se emitan, sobre condiciones existentes al final del período (es decir no se analiza información sobre condiciones que surgieron después del final del periodo), pAG86

Agrupaciones para evaluaciones colectivas
A efectos de una evaluación colectiva del deterioro, los ActFins se agruparán según  características similares de riesgo crediticio, que sean indicativas de la capacidad de los deudores de pagar los importes adeudados (de acuerdo con los términos contractuales), pAG87

Por ejemplo, tipo de activo, industria, ubicación geográfica, el tipo de colateral, status de vencimiento y otros factores relevantes, pAG87

Sin embargo, las probabilidades de pérdida y otras estadísticas de pérdidas, difieren a nivel de grupo entre (a) activos que han sido evaluados individualmente por deterioro y que se encontró que no estaban deteriorados y (b) activos que no han sido evaluados individualmente por deterioro, y que pueden requerir un importe diferente por deterioro. Por lo tanto, si una entidad no tiene un grupo de activos con similares características de riesgo, no efectuará la evaluación adicional, pAG87 (se refiere al párrafo 64).

Filtración de pérdidas evaluadas individualmente
El Grupo que se evalúa colectivamente se determina de la siguiente manera: pAG88
·         Un Grupo contiene activos que Individualmente son importantes + activos que Individualmente no son importantes
·         Tan pronto como se disponga de información que identifique específicamente las pérdidas en activos deteriorados individualmente[*], esos activos se remueven del grupo.
·         El Grupo así rebajado será el que se evaluará colectivamente, y puede contener activos que individualmente son importantes + activos que individualmente no son importantes
[*] Ver párrafo 64

Experiencia histórica (propia o prestada)
Los flujos de efectivo futuros (FE-Futuros) de un grupo de ActFin que se evalúan colectivamente, se estiman basados en la experiencia histórica de pérdida de activos con características de riesgos crediticios similares a las del grupo, pAG89

Las entidades que no tienen experiencia en pérdidas o experiencia insuficiente, usarán la experiencia de entidades pares, para grupos de ActFin que sean comparables, pAG89

La experiencia histórica no es estática
La experiencia histórica de pérdidas, se ajustará basado en datos observables actuales, para reflejar los efectos de las condiciones corrientes que no existían en los períodos en los que se basa la experiencia histórica de pérdidas. De manera similar debe eliminarse los efectos de las condiciones de los períodos históricos que ya no existen actualmente, pAG89

Actualización de datos para calcular los FE-Futuros
La estimación de cambios en los FE-Futuros reflejarán y serán consistentes con los cambios en los datos observables relacionados, de período a período (tales como cambios en tasas de desempleo, precio de propiedades, precio de commodities, status de pagos, u otros factores que son indicativos de pérdidas incurridas en el grupo, y su magnitud) , pAG89

La metodología y los supuestos usados para estimar los FE-Futuros se revisarán regularmente para reducir las diferencias entre (1) las estimaciones de pérdidas y (2) la experiencia real de pérdidas, pAG89

Ejemplo
Como ejemplo de aplicación del párrafo AG89, una entidad puede determinar, basada en experiencia histórica, que una de las principales causas de incumplimiento de los préstamos con tarjeta de crédito es el fallecimiento del prestatario. En este caso, la entidad puede observar que la tasa de mortalidad no cambia de un año a otro, pAG90

Sin embargo, algunos de los prestatarios del grupo de préstamos de tarjetas de crédito,  pueden haber fallecido en el año, lo que indicaría que se ha producido una pérdida por deterioro en dichos préstamos, aunque al final del año la entidad aún no sabe qué prestatarios específicos han fallecido, pAG90

En ese caso: pAG90
·      Sería apropiado reconocer una pérdida por deterioro para pérdidas incurridas, pero aún no reportadas
·      Pero, no sería apropiado reconocer una pérdida por deterioro por fallecimientos que se espera que ocurran en períodos futuros, debido a que el evento de pérdida necesario (la muerte del prestatario) aún no se habría producido.

Aplicar la experiencia y/o tasas a los grupos comparables
Cuando se usan tasas de pérdidas históricas al estimar los FE-Futuros, es importante que la información sobre tasas de pérdidas históricas se apliquen a los grupos, definidos consistentemente con los grupos para los cuales se observaron las tasas históricas, pAG91

Alternativa
Pueden usarse enfoques basados ​​en fórmulas o métodos estadísticos, para determinar las pérdidas por deterioro en un grupo de ActFins (para saldo pequeños, por ejemplo), a condición de que sean consistentes con los requerimientos de los párrafos 63 a 65 y AG87 a AG91, pAG92

Si una entidad adopta esta facilidad, su modelo contemplará lo siguiente: pAG92
·      El efecto del valor tiempo del dinero,
·      Considerará los flujos de efectivo para toda la vida restante de un activo (no sólo el próximo año)
·      Considerará la antigüedad de los préstamos dentro del portafolio, y
·      No dará lugar a un pérdida por deterioro, en la fecha del reconocimiento inicial de un ActFin.

Ingresos por intereses después del reconocimiento de deterioro
Una vez que se ha rebajado un ActFin como resultado de una pérdida por deterioro, los ingresos por intereses posteriores se reconocerán usando la tasa de interés que se usó para descontar los FE-Futuros (cuando se midió la pérdida por deterioro), pAG93

Coberturas, AG94 a AG132
Este apartado es una ampliación de los párrafos 71 a 102 del cuerpo de la NIC 39
·         Instrumentos de cobertura
o   Instrumentos que califican
·         Partidas coberturadas
o   Partidas que califican
·         Designación de partidas financieras como Partidas coberturadas
·         Designación de partidas no-financieras como Partidas coberturadas
·         Designación de grupos de partidas, como Partidas coberturadas
·         Contabilidad de Coberturas
·         Evaluación de la eficacia de una cobertura
·         Contabilidad de Cobertura de Valor razonable, en una Cobertura de Riesgo de interés en un portafolio.

Apéndice B
Modificaciones a otros pronunciamientos

El Apéndice B es parte integral de NIC 39, pero actualmente está en blanco, debido a que desde su publicación, esas modificaciones fueron incorporadas a las NIIF aplicables


FIN de Apéndices

A continuación, Sinopsis del material
Ejemplo ilustrativo

Ejemplo ilustrativo de NIC 39

El Ejemplo acompaña, pero no es parte de la NIC 39.
El ejemplo consta de nueve páginas, presenta un caso sobre coberturas, plantea una situación dada con terminología muy especializada, unas transacciones propuestas de cobertura y desarrolla los registros contables respectivos.

FIN de Ejemplo ilustrativo

A continuación, Sinopsis del material
Guía para implementación


La Guía acompaña, pero no es parte de la NIC 39.

La Guía para implementación de NIC 39 está dividida en 7 secciones, y contiene aproximadamente 100 páginas.
La Guía presenta gran cantidad de casos, muchos de ellos tipo Preguntas y Respuestas,  donde las respuestas en algunos casos se absuelven en párrafos, pero en otros casos presentan cuadros ilustrativos, incluyendo casos e instrumentos bastante complejos y especializados.

Las secciones en que está dividida esta guía son las siguientes:
·         Sección A, Alcance
·         Sección B, Definiciones
·         Sección C, Derivados alojados (embedded derivatives)
·         Sección D, Reconocimiento y Desreconocimiento
·         Sección E, Medición
·         Sección F, Coberturas
·         Sección G, Otros



FIN

Ver más Resúmenes en nuestro sitio web NIIFHoy


Luis R. Espinoza Flores, Derechos Reservados





No hay comentarios:

Publicar un comentario

Crosscol