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domingo, 31 de julio de 2016

NIC 24 - Información a Revelar sobre Partes Relacionadas - Resumen

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NIC 24 - Información a Revelar sobre Partes Relacionadas

IAS 24 - Related Party Disclosures

Vigencia
Enero de 2011
Cuerpo de la NIC
Párrafos 1 al 29
Material oficial que no es parte de la NIC

Ejemplos ilustrativos
Versión original
1984
Modificación más reciente
2009
Normas asociadas
NIIFs 10, 11 y 12,
NICs 27 y 28


Acerca de esta NIC

En esta NIC no hay requerimientos de medición o reconocimiento. Se trata de requerimientos de revelaciones en los estados financieros de las relaciones que existen con Partes Relacionadas. Se puede decir que la NIC 24 tiene 2 partes, la primera en la que se explica cuándo se considera que existe una Parte Relacionada (entidad legal o persona física), y una segunda parte con los requerimientos propios de revelación.

Hay un apartado especial para entidades relacionadas con el Gobierno.

Los requerimientos de revelación de esta NIC 24, son adicionales a los requerimientos de NIIF 12 y NIC 27.

Los siguientes conceptos se usan en esta NIC 24, pero no están definidos en la misma, sino en otras NIIFs:
·         Control – Ver NIIF 10 (párrafo 5 y Apéndice A)
·         Control conjunto – Ver NIIF 11 (párrafo 7 y Apéndice A)
·         Influencia significativa – Ver NIC 28 (párrafo 7)


Este Resumen está en el mismo orden de la norma, haciendo referencia al párrafo respectivo, por ejemplo el párrafo 20, es p20. Asimismo, para una mejor comprensión y navegación hemos agregado Títulos en cursiva cuando lo consideramos necesario.


INICIO


OBJETIVO DE NIC 24
El objetivo de NIC 24 es asegurar que los EF contengan las revelaciones necesarias para enfocar la atención sobre la posibilidad de que la situación financiera y los resultados, puedan estar  afectados por la existencia de Partes Relacionadas y por transacciones, saldos y compromisos, con esas partes, p1


ALCANCE DE NIC 24
 Esta NIC debe aplicarse para:  p2
[a]    Identificación de las relaciones y transacciones con Partes Relacionadas;
[b]    Identificación de los saldos, incluyendo compromisos, entre una entidad y sus Partes Relacionadas;
[c]    Identificación de circunstancias en las que se requiere revelación en notas de los partidas identificadas en [a] y [b]; Y
[d]    Determinación de la información a revelar sobre dichas partidas.

 *  *  *  *
PROPÓSITO DE LAS REVELACIONES SOBRE PARTES RELACIONADAS
Una entidad tiene la capacidad de afectar las políticas financieras y operativas de la entidad en la que participa (investee) a través del (1) Control, (2) Control conjunto o (3) Influencia significativa, p5

La relación entre Partes Relacionadas podría tener un efecto en los resultados y en la posición financiera de una entidad, porque las Partes Relacionadas pueden realizar transacciones que terceros no harían. Por ejemplo, una entidad que vende bienes a su Principal al costo, podría no vender en esos términos a otro cliente, p6

Los resultados y la posición financiera de una entidad pueden verse afectados por la relación con una Parte Relacionada, incluso si no ocurren transacciones. La mera existencia de la relación puede ser suficiente para afectar las transacciones de la entidad con otras partes, p7

Por ejemplo, una subsidiaria puede rescindir las relaciones con un socio comercial, debido a que su Principal adquiere una co-subsidiaria que se dedica al mismo negocio que ese socio comercial, p7

Por estas razones, el conocimiento de las operaciones de la entidad, de sus saldos, incluyendo compromisos y relaciones con Partes Relacionadas pueden afectar la evaluación que los usuarios de los EF hagan de sus operaciones, incluyendo las evaluaciones de riesgos y oportunidades de la entidad, p8

*  *  *  *
DEFINICIONES
Parte RelacionadaEs una persona o entidad que está relacionada con la entidad que reporta (en esta NIC 24 se le llama la Entidad reportadora, ER), p9

[a]    Personas
Una persona o un familiar cercano de esa persona está relacionada con la Entidad reportadora (ER), si esa persona:
[i]     Tiene control o control conjunto de la ER;
[ii]    Tiene influencia significativa sobre la ER; o
[iii]   Es un miembro del personal gerencial clave de la ER o de una Principal de la ER.

[b]    Entidades
Una entidad está relacionada con una ER si ocurre lo siguiente:
[i]     Esa entidad y la ER son miembros del mismo grupo (o sea que cada Principal, subsidiaria y co-subsidiarias están vinculadas a las demás).
[ii]    Una es asociada o venture conjunto de la otra (o asociada o venture conjunto de un miembro de un grupo del que la otra entidad es miembro).
[iii]   Ambas entidades son ventures conjuntos de la misma tercera parte.
[iv]   Una de las entidades es un venture conjunto de una tercera entidad y la otra entidad es asociada de la tercera entidad.
[v]    Esa entidad es un plan de beneficios post-empleo para el beneficio de los empleados de la ER o de una entidad relacionada con la ER. Si la ER misma es el plan de beneficios, los empleadores patrocinadores también están relacionados con la ER.
[vi]   Esa entidad es controlada o controlada conjuntamente por una persona identificada en [a].
[vii]  Una persona identificada en [a] (i) tiene una influencia significativa sobre esa entidad o es un miembro del personal gerencial clave de esa entidad (o de una Principal de esa entidad).
[viii] Esa entidad, o cualquier miembro de un grupo del que es parte, proporciona servicios de personal gerencial clave a la ER o a la Principal de la ER.

Transacción con Parte RelacionadaEs una transferencia de recursos, servicios u obligaciones entre una ER y una Parte Relacionada, con independencia de si existe un precio, p9

Familiares cercanos de una personaSon aquellos familiares de los que puede esperarse que influyan en, o sean influidos por, esa persona en sus funciones (dealings) con la entidad, e incluyen: p9
[a]    Los hijos y cónyuge (o pareja) de esa persona;
[b]    Los hijos del cónyuge (o de la pareja) de esa persona; y
[c]    Dependientes de esa persona, o dependientes del cónyuge (o de la pareja) de esa persona.

Remuneraciones (Compensation) - Incluye todos los beneficios a los empleados (según se define en NIC 19) incluyendo los beneficios de los empleados a los que se aplica la NIIF 2.
Las remuneraciones incluyen: p9
[a]    Los beneficios a empleados de corto plazo y beneficios no-monetarios (alojamiento, automóviles, etc.) para los empleados actuales;
[b]    Beneficios post-empleo, tales como pensiones y atención médica post-empleo;
[c]    Otros beneficios de largo plazo a empleados;
[d]    Los beneficios por cese; y
[e]    Pagos basados ​​en acciones.

Personal clave gerencial - Son aquellas personas que tienen autoridad y responsabilidad para planificar, dirigir y controlar las actividades de la entidad, directa o indirectamente, incluyendo cualquier director (sea o no ejecutivo) de esa entidad, p9

Gobierno - Es el Gobierno, las agencias gubernamentales y organismos similares, ya sean locales, nacionales o internacionales, p9

Entidad relacionada con el gobierno - Es una entidad que está controlada, controlada conjuntamente o Influenciada significativamente por un gobierno, p9

Otras
Aplican a NIC 24 otras definiciones que se encuentran en NIIF 10, NIIF 11 y NIC 28:
·         Control
·         Entidad de inversión
·         Control conjunto
·         Influencia significativa

Sustancia sobre forma
Una relación con Partes Relacionadas, se basa en la sustancia de la relación y no simplemente en su forma legal, p10

No son Partes Relacionadas para esta NIC 24, p11
[a]    Dos entidades, simplemente porque tienen en común un director u otro miembro del personal gerencial clave, O porque un miembro del personal gerencial clave de una entidad tiene influencia significativa sobre la otra entidad.
[b]    Dos inversores en un venture conjunto, simplemente porque comparten el control conjunto de un venture conjunto.
[c]    Tampoco se consideran a las siguientes: (*)
[i]     Los que proporcionan financiamiento
[ii]    Los sindicatos,
[iii]   Los servicios públicos, y
[iv]   Departamentos y agencias de un gobierno que no controla, ni tiene control conjunto o influencia significativa en la ER,
[d]    Un cliente, proveedor, franquiciador, distribuidor o agente, con los que la entidad realice un volumen significativo de transacciones.(*)

(*) NIC 24 hace la aclaración sobre [c] y [d] debido a que esas entidades en algún momento pueden tener algún impacto en la ER, que pueda confundirse con “influencia significativa”

Caso de Asociadas y Ventures conjuntos
Se considera parte vinculada:
Para una asociada, incluye las subsidiarias de la asociada
Para un venture conjunto, incluye las subsidiarias del venture conjunto.
De esta manera, por ejemplo, la subsidiaria de una asociada y el inversor que tiene la influencia significativa en la asociada, son relacionadas entre sí, p12

*  *  *  *
REVELACIONES
Aplicable a todas las entidades
Principal y Subsidiarias
Las relaciones entre una Principal y sus subsidiarias deben ser reveladas con independencia de si se han producido transacciones entre ellos, p13

Información de la Principal
Una entidad debe revelar el nombre de su Principal y también el nombre de la parte que por encima tiene el control final, p13
Si ni la Principal ni la parte que tiene el control final, emiten EF consolidados disponibles para uso público, debe revelarse el nombre de la principal inmediata superior que sí publique EF, p13 y p16

Los requerimientos de revelaciones de NIC 24 son adicionales a los de NIC 27 y NIIF 12, p15

Personal gerencial clave
Una entidad debe revelar la compensación del personal gerencial clave, total y para cada una de las siguientes categorías: p17
[a]    Los beneficios de corto plazo como empleados;
[b]    Beneficios post-empleo;
[c]    Otros beneficios de largo plazo;
[d]    Beneficios de cese; y
[e]    Pagos basados ​​en acciones.
Estos requerimientos no son necesarios cuando una entidad provee los servicios de personal gerencial clave, p17

Transacciones, Saldos y Tipo de relación con Partes Relacionadas
Si una entidad ha realizado transacciones con Partes Relacionadas durante los períodos cubiertos por los EF, debe revelar: p18 [*]
·         La naturaleza de la relación con la Parte Relacionada
·         Información sobre esas transacciones y saldos, incluyendo compromisos

La información mínima debe incluir: p18
(ver además párrafo 19: esta información debe estar por cada categoría de Parte Relacionada)
[a]    El importe de las transacciones;
[b]    El importe de los saldos, incluyendo compromisos, y:
[i]     Los plazos y condiciones, incluyendo si están garantizados, así como la naturaleza de la contraprestación para su liquidación; y
[ii]    Detalles de cualquier garantía otorgada o recibida;
[c]    Provisiones para deudas de dudoso cobro; y
[d]    El gasto reconocido durante el periodo relativo a las deudas de dudoso cobro con Partes Relacionadas.

[*] Ver más orientación en párrafo B20 de NIIF 12



También debe revelarse el gasto por servicios de personal gerencial clave proporcionados por una entidad separada, p18A

Las revelaciones requeridas en el párrafo 18 (ver arriba) se debe hacerse por cada categoría de Parte Relacionada: p19
[a]    La Principal;
[b]    Entidades con control conjunto o influencia significativa sobre la entidad;
[c]    Subsidiarias;
[d]    Asociados;
[e]    Venture conjuntos en los que la entidad es inversor en el venture;
[f]     Personal gerencial clave de la entidad o de su Principal; y
[g]    Otras Partes Relacionadas.

La NIC 24 destaca que el requerimiento por categoría, es una extensión de lo requerido por NIC 1 (párrafo 78b), p20

Ejemplos de transacciones a revelar:  p21
[a]    Compras o ventas de bienes (terminados o no);
[b]    Compras o ventas de inmuebles y otros activos;
[c]    Prestación o recepción de servicios;
[d]    Arrendamientos;
[e]    Transferencias de investigación y desarrollo;
[f]     Transferencias según acuerdos de licencia;
[g]    Transferencias según acuerdos de financiación (incluyendo préstamos y aportaciones de capital en efectivo o especie);
[h]    Garantías o colaterales;
[i]     Compromisos de hacer si se produce un evento en particular o no se produce en el futuro, incluyendo contractos en curso (registrados o no); y
[j]     Liquidación de pasivos a nombre de la entidad o, por la entidad en nombre de esa Parte Relacionada.

*  *  *  *
REVELACIONES (continuación)
Entidades relacionadas con el Gobierno
Cuando una entidad está relacionada con el Gobierno, no tiene que revelar todas las transacciones, saldos o compromisos, sino los más significativos, p25 y p26
Lo mismo aplica para sus transacciones con otra entidad donde el mismo Gobierno tiene control, control conjunto o influencia significativa, en la ER y en esa otra entidad, p25

Por las transacciones que individualmente no son significativas, debe hacer una indicación cualitativa o cuantitativa, p26 [b] (ii) y p27

 *  *  *  *
FECHA DE VIGENCIA Y TRANSICIÓN
 1 de enero de 2011

DEROGACIÓN DE LA NIC 24 (2003)
 Esta versión 2009 sustituyó a la NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas (versión 2003).

APÉNDICE
En blanco. Según NIC 24, el contenido se incorporó en la NIIF 8

FIN de NIC 24

A continuación
Ejemplos ilustrativos

Los Ejemplos Ilustrativos acompañan, pero no son parte de NIC 24
Los Ejemplos Ilustrativos constan de aproximadamente 5 páginas, en las que se desarrolla los siguientes temas, con gráficos ilustrativos y textos:
·         La exención parcial para entidades relacionadas con el gobierno (ver párrafo 26); 
Ejemplo 1 - Exención de divulgación (párrafo 25)
·         Cómo se aplicaría la definición de “Parte Relacionada” en determinadas circunstancias.
Ejemplo 2 - Asociadas y subsidiarias
Ejemplo 3 - Personal gerencial clave
Ejemplo 4 - Persona como inversor
Ejemplo 5 – Familiares cercanos como tenedores de inversiones
Ejemplo 6 - Entidad con control conjunto
En los ejemplos, las referencias a "estados financieros" se refieren a los Individuales, Separados o Consolidado.
FIN

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Luis R. Espinoza Flores, Derechos Reservados



miércoles, 27 de julio de 2016

NIIF 5 - Activos No-Corrientes mantenidos para la venta y Operaciones discontinuadas - Resumen

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NIIF 5 - Activos No-Corrientes mantenidos para la venta y Operaciones descontinuadas

IFRS 5 - Non-current Assets Held for Sale and Discontinued Operations


Vigencia
Enero de 2005
Cuerpo de la NIIF
-Párrafos 1 al 45 y
-Apéndices A a C
(Apéndice B es Suplemento para aplicación)
Material oficial que no es parte de la NIIF

Guía para implementación
Versión original
2004
Última modificación
Marzo 2004
Norma asociada
CINIIF 17



Acerca de esta NIIF

La NIIF 5 se refiere a los requerimientos cuando existan planes de (1) Ventas o (2) Distribución a propietarios, para:
·         Activos no-corrientes, o
·         Grupos para disposición (formados por activos y pasivos pertenecientes a una o más Unidades generadoras de efectivo)

Entonces, esos Activos no-corrientes o Grupos para disposición, se clasificarán como corrientes, en estos rubros (párrafos 6 y 12A):
·         Mantenidos para la venta (MpVenta)
·         Mantenidos para Distribución (MpDistribución)

Los Grupos para disposición pueden ser:
·         Operaciones descontinuadas (una línea de negocio separada y de gran magnitud. Ver párrafo 32)
·         Otras Operaciones

En otras palabras, el rubro “Operaciones descontinuadas” del Estado de resultados integral, no es para cualquier Grupo para disposición, sino para aquellos que reúnan las características de “Operaciones descontinuadas” del párrafo 32. Ver también párrafo 37.

Los activos no-corrientes o Grupos para disposición, que se han clasificado como MpVenta o MpDistribución, se medirán al menor de estos dos importes (párrafo 1 y 5A):
·         Valor contable
·         Valor razonable, menos costos de comercialización (con excepciones detalladas en el párrafo 5)

Además, debe detenerse la depreciación o amortización de los activos (párrafo 25)

Los rubros MpVenta y MpDistribución pueden estar en los activos y/o pasivos corrientes. En efecto, debido a que los Grupos para disposición, pueden contener pasivos, éstos no se presentan netos con los activos, sino que deben mostrarse separados del resto de pasivos (párrafo 38).
Ver Definiciones en el Apéndice A

Este Resumen está en el mismo orden de la norma, haciendo referencia al párrafo respectivo, por ejemplo el párrafo 20, es p20. Para una mejor comprensión y navegación hemos agregado Títulos en cursiva cuando lo consideramos necesario. Los títulos en bold son los originales de la norma.


INICIO

OBJETIVO DE LA NIIF 5
La NIIF 5 requiere lo siguiente:  p1
[a1]  Que los activos que reúnan los criterios para clasificarse como Mantenidos para la venta (MpVenta) se midan al menor entre:
·         Valor contable
·         Valor razonable, menos costos de comercialización (costs to sell)
[a2]  Dejar de depreciar dichos activos
[b1] Que los activos que reúnan los criterios para clasificarse como MpVenta, se presenten por separado en el balance general y
[b2] Que los resultados de las Operaciones descontinuadas se presenten separadas en el Estado de Resultado Integral

Ver párrafo 32 y 37, sobre la identificación de una Operación descontinuada

ALCANCE DE LA NIIF 5
Los Requerimientos de Clasificación y Presentación aplican a: p2
·         A los Activos No-Corrientes
·         A todos los Grupos para disposición (disposal groups)

Los Requerimientos de Medición aplican a: p2
·         A Activos No-Corrientes
·         A todos los Grupos para disposición (GpDisposición), excepto los siguientes activos que se miden según sus NICs o NIIFs: p5
[a]    Activos por impuestos diferidos, NIC 12
[b]   Activos procedentes de beneficios a los empleados, NIC 19
[c]    Activos financieros dentro del alcance de NIC 39
[d]   Activos No-Corrientes que se contabilicen según el modelo del Valor razonable de NIC 40
[e]   Activos No-Corrientes que se miden al valor razonable menos los costos de comercialización, según NIC 41
[f]    Derechos contractuales procedentes de contratos de seguros, NIIF 4

Grupos para disposición
Los GpDisposición pueden incluir cualquier activo o pasivo, incluyendo activos corrientes, pasivos corrientes, incluyendo los activos que mantienen sus criterios de Medición originales y no los de esta NIIF 5 (especificado en párrafo 2, líneas arriba), p4

Si un Activo No-Corriente sujeto a los requerimientos de medición de esta NIIF 5 es parte de un GpDisposición, los requerimientos de medición de esta NIIF se aplicarán al grupo en su conjunto, de manera que el grupo se mide al menor entre (1) su Valor contable y (2) su Valor razonable menos los costos de comercialización. Los requerimientos de medición para  los activos y pasivos individuales dentro de un GpDisposición se presentan más adelante en los párrafos 18, 19 y 23, p4

Unidades generadoras de efectivo
Algunos GpDisposición pueden estar formados por un grupo de Unidades Generadoras de Efectivo (UGE), por una UGE simple o por parte de una UGE, p4

Mantenido para Distribución
A los Activos No-corrientes o GpDisposición, clasificados como Mantenidos para Distribución a los propietarios (MpDistribución), se les aplica los mismos requerimientos que los Mantenidos para la venta (MpVenta), p5A

 *  *  *  *  *
CLASIFICACIÓN COMO MpVENTA O COMO MpDISTRIBUCION

Los Activo No-Corrientes o GpDisposición, deben clasificarse como MpVenta si su Valor contable se recuperará principalmente a través de una venta y no por su uso continuado, p6

Para esa clasificación también se requiere lo siguiente :  p7
·         El activo o GpDisposición debe estar disponible para la venta inmediata en su condición actual, sujeto a los términos usuales y habituales para la venta de tales activos o GpDisposición, Y
·         Su venta debe ser altamente probable.
[Significa que si una entidad planea dedicar recursos a mejorar el activo para venderlo a un mejor precio, no puede clasificarlo como MpVenta todavía, porque el párrafo 7 dice “venta inmediata en su condición actual”]

Para que la venta sea altamente probable:  p8
·         El nivel apropiado de la administración debe estar comprometido con un plan para vender el activo o GpDisposición, Y
·         Debe haberse iniciado un programa activo para encontrar un comprador y completar ese plan.
·         El activo o GpDisposición debe promocionarse activamente para venderse a un precio que es razonable en relación con su Valor razonable actual
·         Existen expectativas de que la venta se completará en 1 año, a partir de la fecha de clasificación, salvo extensiones normadas en el párrafo 9, y
·         Las acciones requeridas para completar el plan, debieran indicar que es improbable que éste se cambie significativamente o que el plan se cancelará

La probabilidad de aprobación por los accionistas (si se requiere en la jurisdicción), debiera ser considerada como parte de la evaluación de si la venta es altamente probable, p8

Ventas que implican pérdida de control en una subsidiaria
Si un plan de venta implica la pérdida de control de una subsidiaria, debe clasificarse todos los activos y pasivos de esa subsidiaria como MpVenta, cuando se reúnen los criterios establecidos líneas arriba en los párrafos 6 a 8, con independencia de si se retendrá una participación no-controladora en la antes subsidiaria, después de la venta, p8A

Cuando se supera el plazo de un año
Una extensión del período requerido para completar una venta no impide que un activo o GpDisposición sea clasificado como MpVenta, si: p9
·         El retraso está causado por hechos o circunstancias fuera del control de la entidad, Y
·         Hay evidencia de que la entidad mantiene su compromiso en el plan para vender el activo o GpDisposición.

El Apéndice B presenta los criterios a reunir en este caso, p9

Intercambio de activos no-corrientes
Los intercambios de Activos No-Corrientes por otros Activos No-Corrientes, se consideran venta cuando el intercambio tiene sustancia comercial, según los criterios de NIC 16, p10

Activos No-Corrientes o GpDisposición, adquiridos para vender p11
Cuando se adquiera un Activo No-Corriente o GpDisposición, exclusivamente con vistas a su venta, deben clasificarse como MpVenta en la fecha de adquisición, sólo si:
·         Se cumple el requisito de 1 año del párrafo 8 (con la extensión permitida en el párrafo 9), Y
·         Es altamente probable que cualquier otro criterio de los párrafos 7 y 8 que no se cumplen en esa fecha, se cumplirán dentro de un corto período después de la adquisición (usualmente tres meses).

Si los criterios no se cumplen al final del periodo
Si se cumplen los criterios de los párrafos 7 y 8 después del período del reporte, no debe clasificarse un Activo No-Corriente o GpDisposición como MpVenta en los EF, p12

Sin embargo, cuando se cumplen dichos criterios después del período del reporte, pero antes de la Fecha de autorización para emisión, debe revelarse en notas la información requerida en párrafos 41 (a), (b) y (d), p12

Mantenido para Distribución
Un Activo No-Corriente o GpDisposición se clasifica como MpDistrib a los propietarios, cuando la entidad se compromete a distribuir el Activo o GpDisposición a los propietarios, p12A

Para efectuar la clasificación, los activos deben estar disponibles para su distribución inmediata en su condición actual y la distribución debe ser altamente probable, p12A

Ver nuestro comentario en párrafo 7 líneas arriba.

Distribución altamente probable
Para que la distribución sea altamente probable: p12A
·         Deben haberse iniciado las acciones  de distribución y debe esperarse que se complete en 1 año a partir de la fecha de clasificación
·         Las acciones requeridas para completar la distribución debieran indicar que es improbable que ésta se cambie significativamente o que la distribución se cancelará

La probabilidad de aprobación por los accionistas (si se requiere en la jurisdicción), debiera ser considerada como parte de la evaluación de si la distribución es altamente probable, p12A

*  *  *  *  *
CLASIFICACIÓN COMO MpVENTA O COMO MpDISTRIBUCION (continuación)
Activos No-Corrientes que serán abandonados
Un Activo No-Corriente o GpDisposición que será abandonado no debe clasificarse como MpVenta, p13

Esto se debe a que su valor contable se recuperará fundamentalmente a través de su uso continuo, p13

Caso de GpDisposición que será abandonado
Sin embargo, si el GpDisposición que será abandonado reúne los criterios de una Operación descontinuada (párrafo 32), sus resultados y flujos de efectivo deben presentarse como Operaciones descontinuadas, en la fecha en que dejan de usarse (ver requerimientos de revelación en párrafos 33 y 34), p13

Los Activos No-Corrientes o GpDisposición que serán abandonados incluyen los Activos No-Corrientes o GpDisposición que se van a usar hasta el final de su vida económica y los que van a ser clausurados y no vendidos, p13

Un Activo No-Corriente que ha quedado temporalmente fuera de uso, no debe contabilizarse como abandonado, p14

*  *  *  *  *
MEDICIÓN DE LOS CLASIFICADOS COMO MpVENTA y MpDISTRIBUCION

[Según párrafo 5A, los requerimientos de medición aplican a los MpVenta y MpDistribución]

Medición
Los Activo No-Corrientes o GpDisposición clasificados como MpVenta, deben medirse al menor entre: p15
·         Su Valor contable y
·         Su Valor razonable menos los costos de comercialización

Los Activos No-Corriente o GpDisposición clasificados como MpDistribución, deben medirse al menor entre: p15A
·         Su Valor contable y
·         Su Valor razonable menos los costos de distribución

Costos de comercialización al Valor presente
Cuando se espera que la venta ocurra después de 1 año, los Costos de comercialización deben medirse a su Valor presente. Los incrementos posteriores en el Valor presente de los Costos de comercialización que surgen por el paso del tiempo, se presentarán en Resultados como costo financiero, p17

Medición previa a la Clasificación
Inmediatamente antes de la Clasificación inicial del Activo o GpDisposición como MpVenta, el Valor contable del activo (o todos los activos y pasivos del GpDisposición) deben estar medidos según sus NIIF aplicables, p18

Activos que se llevan NIIFs aplicables – Mediciones posteriores
En el caso de activos y pasivos, dentro de un GpDisposición, a las que les siguen aplicando sus NIIF respectivas (ver párrafo 2), cuando se hagan mediciones posteriores del GpDisposición, lógicamente deberán estar actualizadas según sus NIIF respectivas, p19

Reconocimiento de las Pérdidas por deterioro y Reversiones
La medición a Valor razonable (menos costos de comercialización), requerida por NIIF 5, se registra como una Pérdida por deterioro, si no fue reconocida antes al aplicar el párrafo 19 (ver líneas arriba), p20

Ganancias en la medición a valor razonable - Activos
Cuando ocurra un incremento en el Valor razonable del Activo, menos costos de comercialización, debe reconocerse una Ganancia, pero cuidando que no supere alguna Pérdida por deterioro acumulada que haya sido reconocida ya sea de acuerdo con NIIF 5 o previamente, de acuerdo con NIC 36, p21

Ganancias en la medición a valor razonable - GpDisposición
La ganancia por incrementos posteriores en el Valor razonable menos los costos de comercialización, de un GpDisposición, debe reconocerse:  p22
[a]    En la medida en que no ha sido reconocida al aplicar el párrafo 19 (ver líneas arriba);
[b]    Pero que no exceda la Pérdida por deterioro acumulada reconocida, ya sea de acuerdo con NIIF 5 o previamente según NIC 36, en los Activos No-Corrientes que están dentro del alcance de los requerimientos de medición de NIIF 5.

GpDisposición - Asignación de la pérdida o ganancia a cada activo y pasivo
La Pérdida por deterioro (o cualquier Ganancia posterior) reconocida para un GpDisposición debe reducir (o aumentar) el Valor contable de los Activos No-Corrientes dentro del Grupo, que están dentro del alcance de los requerimientos de medición de NIIF 5, en el orden de distribución establecido en NIC 36 (párrafos 104 y 122), p23

Activo No-Corriente o GpDisposición – Ganancias o Pérdidas existentes a la fecha de la venta
Una ganancia o pérdida no reconocidos previo a la fecha de la venta de un Activo No-Corriente o GpDisposición, debe reconocerse en la fecha del desreconocimiento, p24

Los requerimientos para el desreconocimiento se establecen en:  p24
[a]    Los párrafos 67-72 de NIC 16 , Y
[b]    Los párrafos 112-117 de NIC 38

Interrupción de depreciación o amortización
El Activo No-Corriente no debe depreciarse (o amortizarse), mientras esté clasificado como MpVenta, ya sea solo o como parte de un GpDisposición, p25

Intereses y otros
Los intereses y otros gastos atribuibles a los pasivos del GpDisposición clasificado como MpVenta, se seguirán reconociendo, p25

Cambios al Plan de venta o al Plan de distribución para propietarios
Si se ha clasificado un Activo o GpDisposición como MpVenta o MpDistribución, pero ya no reúne los criterios de los párrafos 7-9 y del párrafo 12A, respectivamente, debe cesar la clasificación como MpVenta o MpDistribución, según corresponda, p26
Adicionalmente, debe seguirse la orientación de los párrafos 27 a 29, para contabilizar estos cambios (excepto para los casos descrito en el párrafo 26A), p26 [*]

Si una entidad reclasifica un activo (o GpDisposición) directamente, de MpVenta a MpDistribución, o directamente, de MpDistribución a MpVenta, entonces el cambio en la clasificación se considerará una continuación del plan original de disposición.
En ese caso debe observarse lo siguiente: p26A [*]
[a]    No seguir los párrafos 27 a 29 para contabilizar el cambio, sino que debe aplicarse los requerimientos de clasificación, presentación y medición de NIIF 5, que sean aplicables al nuevo método de disposición.
[b]    El activo no-corriente (o GpDisposición) deben medirse según el párrafo 15 (cuando se reclasifiquen como MpVenta) o según el párrafo 15A (cuando se reclasifiquen a MpDistribución) y, reconocerá la reducción o aumento en el Valor razonable (menos costos de comercialización/distribución), según los párrafos 20 a 25.
[c]    No debe cambiarse la fecha de clasificación (ver párrafos 8 y 12A). Esto no impedirá una extensión del período requerido para completar una venta o distribución (si se cumplen las condiciones del párrafo 9).

[*] Este párrafo es aplicable a partir de 2016

Medición cuando cesa la clasificación como MpVenta
El Activo No-Corriente (o GpDisposición) que cesa de ser clasificado como MpVenta o como MpDistribución  (o cesa de ser incluido en un GpDisposición), se debe medir al menor entre:  p27
[a]    Su Valor contable antes de que fuera clasificado como MpVenta o como MpDistribución, ajustado por cualquier depreciación, amortización o revaluación que se hubiera reconocido si el activo o GpDisposición no hubiera sido clasificado como MpVenta o como MpDistribución, Y
[b]    Su importe recuperable a la fecha de la decisión de no vender o no distribuir.

Tratamiento de los ajustes cuando cesa la clasificación
Los ajustes originados por el cese de clasificación, se deben presentar en las Operaciones continuas, en el periodo en el que ya no se reúnen los criterios de clasificación (párrafos 7 a 9, o 12A, según aplique), p28

Tratamiento de los ajustes cuando cesa la clasificación
La entidad debe enmendar (IASB dice “amend” y no “restate”) los EF de los periodos desde la Clasificación, si el GpDisposición o Activo No-Corriente que cesa su clasificación es una Subsidiaria, Operación conjunta, Venture conjunto o Asociada, p28

Los ajustes originados por el cese de clasificación, se deben presentar en las Operaciones continuas, p28

Remoción de un activo o pasivo de un GpDisposición
Si una entidad remueve un activo o pasivo individual de un GpDisposición clasificado como MpVenta, los restantes activos y pasivos del GpDisposición, deben continuar midiéndose como Grupo sólo si éste reúne los criterios de los párrafos 7 a 9 (párrafo 12A en el caso de MpDistribución), p29
Si no se cumple con esos párrafos, deberá pasarse a bases individuales: p29
·         Los Activos no-Corrientes que califican como MpVenta o MpDistribución, deben medirse al Valor razonable, menos Costos de comercialización/distribución
·         Los activos no-corrientes que no califican como MpVenta o MpDistribución, deban cesar de clasificarse así, siguiendo el párrafo 26.

*  *  *  *  *
PRESENTACIÓN Y REVELACIONES EN NOTAS

Una entidad debe presentar y revelar información que permita a los usuarios de los EF evaluar los efectos financieros de (1) las operaciones descontinuadas y (2) disposiciones de Activos No-Corrientes o GpDisposición.

Presentación de operaciones descontinuadas
Un Componente-de-una-entidad comprende operaciones y flujos de efectivo que pueden distinguirse claramente del resto de la entidad, para fines operativos y de información financiera, en otras palabras, una unidad generadora de efectivo, p31

Una Operación descontinuada es un componente de una entidad que o (1) ha sido dispuesta (efecto en Resultados) o (2) se ha clasificado como MpVenta. Además:  p32
[a]    Representa una Línea de negocios separada y de gran magnitud (*) o un Área geográfica de operaciones separada y de gran magnitud,
[b]    Es parte de un único plan coordinado para disponer de una Línea de negocios separada y de gran magnitud o de una Área geográfica de operaciones separada y de gran magnitud, O
[c]    Es una subsidiaria adquirida exclusivamente con la finalidad de revenderla.

(*) “separate major line of business”

Una entidad debe revelar:  p33
[a]    En el Estado de Resultado Integral, un único importe que comprenda:
[i]     El Resultado después de impuestos por Operaciones descontinuadas, Y
[ii]    La ganancia o pérdida después de impuestos reconocida por (1) las mediciones a Valor razonable menos costos de comercialización (2) la disposición de activos o GpDisposición que constituyan la operación descontinuada.
[b]    Respecto de [a] líneas arriba, el análisis de:
[i]     Los revenues, gastos y resultados antes de impuestos, de las Operaciones descontinuadas;
[ii]    El gasto por impuesto a las ganancias requerido en NIC 12 (párrafo 81h)
[iii]   La ganancia o pérdida reconocida (1) por la medición a Valor razonable menos costos de comercialización o (2) por la disposición del activo o GpDisposición que constituyan la Operación descontinuada; y
[iv]   El gasto por impuesto a las ganancias requerido en NIC 12 (párrafo 81h)

El análisis puede presentarse en las notas o en el mismo Estado de Resultado Integral

Si se presenta en el Estado de Resultado Integral debe presentarse en una sección identificada con Operaciones descontinuadas, es decir, separado de las Operaciones continuas

No se requiere el análisis de los GpDisposición que fueron subsidiarias recientemente adquiridas, que reunieron los criterios para ser clasificados como MpVenta en la fecha de adquisición (ver párrafo 11)

[c]    Los flujos netos de efectivo atribuibles a las actividades operativas, de inversión y de financiamiento de las Operaciones descontinuadas.
Estas revelaciones pueden ser en notas o en los estados financieros.
No se requiere la revelación de los GpDisposición que fueron subsidiarias recientemente adquiridas, que reunieron los criterios para ser clasificados como MpVenta en la fecha de adquisición (ver párrafo 11).

[d]    Los ingresos por Operaciones continuas y Operaciones descontinuadas atribuibles a los propietarios de la Matriz. Estas revelaciones podrían presentarse en las notas o en el mismo Estado de Resultado Integral

Los requerimientos mencionados para Operaciones descontinuadas (párrafo 33), deben ser comparativos, por lo que la información del año anterior debe ser re-presentada(*) para que las revelaciones se refieran a operaciones que están descontinuadas al cierre del periodo más reciente, p34
(*) IASB usa el término “re-present”. Probablemente no usa “restate” (reexpresar), debido a que “restate” está reservado para corregir errores de periodos pasados.

Revelaciones cuando cesa la clasificación como MpVenta
Cuando cesa la clasificación de un componente como MpVenta, los resultados operativos del componente previamente presentado en Operaciones descontinuadas deben ser reclasificados e incluidos en ingresos de Operaciones continuas para todos los períodos presentados. Los importes de períodos anteriores deben describirse como “re-presentados”, p36
(*) IASB usa el término “re-present”. Probablemente no usa “restate” (reexpresar), debido a que “restate” está reservado para corregir errores de periodos pasados. El texto oficial en español dice “Se mencionará expresamente que los importes relativos a los periodos anteriores han sido objeto de una nueva presentación”

Pérdida de control de subsidiaria
En el caso de un plan de venta que implique pérdida de control de una subsidiaria, aplica las revelaciones de los párrafos 33-36, cuando la subsidiaria sea un GpDisposición que cumpla con la definición de operación descontinuada del párrafo 32, p36A

Ganancias o pérdidas relacionadas con Operaciones continuas
Cualquier ganancia o pérdida (gain or loss) por las mediciones requeridas para Activos No-Corriente o GpDisposición que no reúnen la definición de una Operación descontinuada, se incluirán en los Resultados de Actividades continuadas, p37

Presentación de un Activo No-corriente o GpDisposición
[Según párrafo 5A, los requerimientos de medición aplican a los MpVenta y MpDistribución]

Presentación de los Activos No-Corrientes y
de los Activos de un GpDisposición
Los Activos No-Corrientes clasificados como MpVenta y los activos de un GpDisposición clasificado como MpVenta, deben presentarse separado de otros activos en el Estado de situación financiera, p38

Presentación de los Pasivos de un GpDisposición
Los pasivos de un GpDisposición clasificado como MpVenta, deben presentarse separado de otros pasivos en el Estado de situación financiera. O sea, no netear activos con pasivos de un GpDisposición, p38

Para las clases más significativas de activos y pasivos clasificadas como MpVenta
Las clases más significativas de activos y pasivos clasificados como MpVenta deben revelarse por separado, ya sea en el Estado de situación financiera o en notas, p38
Este requerimiento no es necesario si se trata de una subsidiaria, p39

Efectos en Otro resultado integral
Los ingresos o gastos acumulados reconocidos en Otro Resultado Integral relativos a un Activo No-Corriente o GpDisposición clasificados como MpVenta, deben presentarse por separado, p38

No hay que reclasificar o re-presentar cifras cuando ocurre una Clasificación como MpVenta
No se debe reclasificar o re-presentar importes de periodos anteriores para reflejar la clasificación en el Estado de situación financiera en el periodo más reciente presentado, p40
O sea, la clasificación es prospectiva.

Revelaciones adicionales
Debe revelarse la siguiente información en el periodo en que un Activo No-Corriente o GpDisposición haya sido clasificado como MpVenta o vendido:  p41
[a]    Una descripción del Activo No-Corriente o GpDisposición;
[b]    Una descripción de los hechos y circunstancias de la venta, o lo que conduce a la disposición esperada, y la manera y calendario esperados de la disposición;
[c]    La ganancia o pérdida (gain or loss) reconocida según párrafos 20-22 y, si no se presenta por separado en el Estado de Resultado Integral, el rubro del Estado de Resultado Integral que incluye esa ganancia o pérdida;
[d]    Si aplica, el segmento dentro del cual se presenta el Activo No-Corriente o GpDisposición, según NIIF 8

Revelaciones cuando cesa la clasificación como MpVenta
Debe incluirse una descripción de los hechos y circunstancias que condujeron a la decisión y, el efecto de la misma en los resultados operativos durante el período y períodos previos presentados, p42

*  *  *  *  *
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Aquí se señala las pautas para adopción de NIIF 5, que entró en vigencia en 2005. Pero debido a la antigüedad de las fechas, consideramos que este apartado difícilmente será aplicado en la actualidad por alguna entidad, p43

VIGENCIA
1 Enero 2005, p44


DEROGACIÓN DE NIC 35
NIIF 5 reemplazó a la NIC 35 Operaciones en Descontinuación, p45


FIN de NIIF 5

A continuación Sinopsis de Apéndices A, B y C

Apéndice A
Definiciones de términos
Este Apéndice A es parte integrante de NIIF 5


Unidad generadora de efectivo – Una UGE es el grupo identificable más pequeño de activos que genera entradas de efectivo, que son claramente independientes de las entradas de efectivo de otros activos o grupos de activos.

Componente de una entidad – Son las Operaciones y flujos de efectivo que pueden distinguirse claramente, operativamente y con fines de información financiera, del resto de la entidad.

Costos de comercialización (costs to sell)  - Son los costos incrementales directamente atribuibles a la disposición de un activo (o GpDisposición), excluidos los costos financieros y el gasto por impuesto a las ganancias.

Activo corriente - Una entidad clasificará un activo como corriente cuando:
[a]    Espera realizar el activo, o tiene la intención de venderlo o consumirlo, en su ciclo normal de operaciones;
[b]    Mantiene el activo principalmente con fines de negociación;
[c]    Espera realizar el activo dentro de los doce meses posteriores al período de reporte; o
[d]    El activo es efectivo o un equivalente de efectivo (definido en NIC 7), a menos que el activo esté restringido de ser intercambiado o usado para liquidar un pasivo, por lo menos doce meses después del período de reporte.

Operación descontinuada- Es un componente de una entidad que o ha sido dispuesto o está clasificado como MpVenta, y:
[a]    Representa una Línea de negocios separada y de gran magnitud o, Área geográfica de operaciones separada y de gran magnitud
[b]    Forma parte de un plan coordinado único para disponer de una Línea de negocios separada y de gran magnitud o, Área geográfica de operaciones separada y de gran magnitud, O
[c]    Es una subsidiaria adquirida exclusivamente con vistas a su reventa

Grupo para disposición - Es un grupo de activos (para ser dispuesto por venta u otro modo, junto como un grupo en una sola transacción), y pasivos directamente asociados con esos activos que serán transferidos en la transacción.
El grupo incluye la plusvalía adquirida en una Combinación de negocios, si el grupo es una UGE a la que se le ha asignado esa Plusvalía (de acuerdo los párrafos 80-87 de NIC 36) o si es una operación dentro de dicha UGE.
Valor razonable – Es el precio que se recibiría por vender un activo o se pagaría por transferir un pasivo, en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de medición (ver NIIF 13)

Compromiso firme de compra – Es un acuerdo con una parte no relacionada, vinculante para ambas partes y, generalmente legalmente exigible, que (a) especifica todos los términos significativos, incluyendo el precio y calendario de las transacciones, y (b) incluye un desincentivo por no-completamiento, que es suficientemente grande para hacer que el completamiento del acuerdo altamente probable.

Altamente probable  - Se refiere a que algo es significativamente más probable que probable.
[hablando de probabilidad, en inglés el adjetivo es “likely” y el sustantivo “probable”. En español, usamos la misma palabra (probable) para el sustantivo y adjetivo. El texto en inglés dice “Significantly more likely than probable”. Ver definición de probable (el sustantivo), líneas abajo]

Activo no-corriente – Es un activo que no cumple con la definición de Activo corriente.

Probable – Se refiere a que algo es más probable que su No-ocurrencia
[en inglés: “More  likely  than not”. Ver explicación líneas arriba para “Altamente probable”]

Valor recuperable  - Es el mayor importe entre (1) el Valor razonable de un activo menos los costos de comercialización y (2) su valor en uso.

Valor en uso  - Es el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados, que se espera se deriven del uso continuado de un activo y, de su disposición al final de su vida útil.
Ver párrafo 30 de NIC 36.



Apéndice B
Suplemento para aplicación

Este Apéndice B es parte integrante de NIIF 5

Extensión del periodo requerido para completar una venta
Como se indica en el párrafo 9, una extensión del período requerido para completar una venta no impide que un activo (o grupo de disposición), sea clasificado como MpVenta, si el retraso (1) es causado por eventos o circunstancias fuera del control de la entidad y (2) hay Evidencia suficiente de que la entidad sigue comprometida con su plan de vender el activo (o grupo de disposición).

Por lo tanto, debe aplicarse una excepción al requisito de un año del párrafo 8, en las siguientes situaciones:
[a]    En la fecha en que la entidad se comprometa con un plan para vender un activo no-corriente (o GpDisposición), razonablemente espera que otros (no un comprador), impongan condiciones a la transferencia del activo (o GpDisposición), que hará que se extienda el período requerido para completar la venta, y:
[i]     Las acciones necesarias para responder a esas condiciones no pueden iniciarse hasta que se obtenga un Compromiso firme de compra y
[ii]    Un Compromiso firme de compra es altamente probable dentro de un año.

[b]    Una entidad obtiene un Compromiso firme de compra y, como resultado, un comprador u otros imponen inesperadamente condiciones sobre la transferencia de un activo no-corriente (o GpDisposición), ya clasificado como MpVenta, que extenderá el período requerido para completar la venta, y:
[i]     Se hayan tomado las medidas oportunas necesarias para responder a esas condiciones, y
[ii]    Se espera resolver favorablemente los factores de demora.

[c]    Durante el período inicial de un año, se presentan circunstancias que antes se consideraban improbables y, como resultado, un activo no-corriente (o GpDisposición) ya clasificado como MpVenta, no se vende al final de ese período, y:
[i]     Durante el período inicial de 1 año, la entidad tomó las medidas necesarias para responder al cambio de circunstancias,
[ii]    El activo no-corriente (o GpDisposición) se está promocionando activamente a un precio que es razonable, dado el cambio en las circunstancias, y
[iii]   Se cumplan los criterios de los párrafos 7 y 8.



Apéndice C
Modificaciones a otras NIIFs
Este Apéndice C es parte integrante de NIIF 5

Actualmente este Apéndice C está en blanco, debido a que desde que se publicó esta NIIF 5, en 2004, las modificaciones que habían en este Apéndice se han incorporado a las NIIF aplicables.

FIN de Apéndices

A continuación Sinopsis de
Guía para implementación

La Guía para implementación no es parte integrante de la NIIF 5 (como sí lo son los Apéndices A, B y C), y por tanto no tiene valor normativo.

Esta guía acompaña, pero no es parte de NIIF 5.

Esta Guía abarca aproximadamente 10 páginas, con casos prácticos, algunos numéricos. A continuación transcribimos los apartados.

·         Disponibilidad para venta inmediata (orientación para el párrafo 7), Ejemplos 1-3
·         Completamiento de la venta esperada dentro de un año (orientación para el párrafo 8), Ejemplo 4
·         Excepciones al criterio de que la venta debiera esperarse que se complete en un año (orientación para el párrafos 8 y B1), Ejemplos 5-7
·         Determinar si un activo ha sido abandonado, Ejemplo 8
·         Presentación de una operación descontinuada que ha sido abandonada, Ejemplo 9
·         Distribución de una pérdida por deterioro de un GpDisposición, Ejemplo 10 (Ejemplos numéricos)
·         Presentación de Operaciones descontinuadas en el Estado de Resultado Integral, Ejemplo 11.
·         Presentación de Activos No Corrientes o GpDisposición clasificados como MpVenta, Ejemplo 12
·         Medición y presentación de subsidiarias adquiridas con miras a su re-venta y clasificadas como MpVenta, Ejemplo 13




FIN

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Luis R. Espinoza Flores, Derechos Reservados





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